Concejo Deliberante: 

Ordenanza Nº 11.819/2013

ORDENANZA Nº 11819/2013. 

EXPTE.Nº 5063/2013-H.C.D. 

VISTO

El aspecto trascendente que determina disponer de un símbolo identificatorio, en el cual se refleje nuestra realidad histórica, y nos posibilite adquirir identidad, arraigo y sentido de pertenencia. Y; 

CONSIDERANDO

Que en la tarea de  intercomunicarnos con nuestro relevante antepasado y su consecuente y necesaria proyección hacia las nuevas generaciones, se torna necesario establecer un espacio popular de reflexión, consenso, pluralidad y participación ciudadana, que conlleve a la creación de un emblema que nos identifique como comunidad, ante la Provincia, el País y el resto del Mundo. 

Que en este aspecto puntual, concebir el impulso de una Bandera propia, no  connotan e implican de modo alguno, situaciones que pudieran vulnerar o de confusión, con los símbolos patrios tradicionales que nos legaran nuestros ilustres próceres. 

Que siendo plenamente conscientes sobre el valor y la significancia de afianzar la identidad ciudadana de sus habitantes, la nueva Bandera debe inexorablemente responder a preceptos históricos y consideraciones particulares que han caracterizado y distinguen a nuestra comunidad en todas sus manifestaciones, económicas, culturales y sociales.  

Que la circunstancia histórica de elegir una Bandera propia, con el propósito que flamee en los Monumentos de la Ciudad, en sus Edificios Públicos, en todos aquellos Actos Escolares u Oficiales, junto a la Bandera Nacional y a la de la Provincia de Entre Ríos, es una tarea de todas y todos, conforme  el carácter de ciudadanos, quienes en definitiva: somos y hacemos la Ciudad. 

Que en función de lo expuesto con anterioridad, este Colegiado Cuerpo juzga procedente manifestarse al respecto, coincidiendo plenamente en la significativa importancia que reviste la disponibilidad de un símbolo o emblema propio de identidad ciudadana, donde se destaquen primordialmente valores auténticos de  su historia, la geografía, el trabajo, la cultura e idiosincrasia ciudadana, que hermane a los habitantes de San José de Gualeguaychú. 

POR ELLO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHÚ, SANCIONA LA SIGUIENTE: 

ORDENANZA Nº 11819/2013 

ART.1°.-CONVOCASE a un Concurso Abierto de Ideas, para componer e instituir  la Bandera Oficial de la Ciudad de San José de Gualeguaychú, símbolo o emblema que presidirá junto a la Bandera Nacional y a la Bandera de la Provincia de Entre Ríos, los diversos actos protocolares que se desarrollen en el ámbito de nuestra Ciudad. 

ART.2°.-DICHO evento cultural tendrá como premisa excluyente, la de seleccionar entre las distintas propuestas ciudadanas, una Bandera Oficial de la Ciudad, que resuma en su contenido nuestra identidad, unidad, solidaridad y el arraigado sentido de pertenencia del pueblo en su conjunto. 

ART.3°.-  FACULTASE al  Departamento Ejecutivo Municipal (D.E.M.)  a conformar una Comisión Organizadora que reglamente de forma integral las Bases de participación en el referenciado  Concurso de Ideas, como así también a  seleccionar a quienes oficiarán de Jurados en el mismo. 

ART.4°.-REMITIR copia de la presente, a la Dirección de General de Asuntos Municipales del Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, y a la Dirección de Comunicación Institucional de la Municipalidad de San José de Gualeguaychú. 

ART. 5°.- COMUNIQUESE, ETC… 

 

Sala de Sesiones. 

San José de Gualeguaychú, 15 de agosto de 2013. 

Carlos Caballier, Presidente – Ignacio Farfán, Secretario. 

Es copia fiel que, Certifico. 

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