La opinión del Doctor Cesar Blas Pérez Colman

En su oportunidad, la Comisión conoció del estudio realizado por el eminente investigador: como una muestra de respeto a sus méritos, transcribimos, aquí, íntegro, el texto de la nota que le pasara al señor Intendente Municipal:

"Paraná, 18 de Noviembre de 1936.

Señor don Pedro Jurado. - Presidente de la Municipalidad. - Gualeguaychú.

Distinguido señor y amigo:

Cumplo con mi promesa de expresarle los motivos que me determinan a opinar que la Capilla primitiva de Gualeguaychú, estuvo ubicada al sur de la ciudad, probablemente entre los Arroyos Sarandí y del Cura. Fúndome en los antecedentes que paso a anunciar, en la forma más breve que me sea posible.

TIERRAS QUE CONSTITUÍAN EL PARTIDO DE GUALEGUAYCHÚ

En el informe elevado desde Gualeguay por don Tomás de Rocamora al Virrey Vértiz, en fecha 11 de Agosto de 1782, se describen las subdivisiones administrativas del litoral uruguayo, bajo las, dominaciones de Partidos de Gualeguay chico o Gualeguaychú y del Arroyo de la China. El primero ocupaba la parte occidental y meridional de la región, y el segundo se extendía entre los Ríos Gualeguaychú y Uruguay hasta dar por su límite Norte, con lo que llama "Rocamora '' los puestos medios de Misiones.''

El Partido de Gualeguaychú comprendía los campos situados al Oeste de este Río, desde sus nacientes a su desembocadura, para continuar hacia el Sur hasta debajo, del Ñancay, siendo su límite Oeste el Gualeguay. Dentro del Partido estaban encerrados parte de los actuales Departamentos Villaguay, Colón, Uruguay y todo el Gualeguaychú.

Nótese que Rocamora no explotó los campos de Villaguay, por lo que no los tuvo en cuenta al calcular la extensión del Partido, en cuyo centro, dice, estaba situada la Capilla.

PARTIDO DEL ARROYO DE LA CHINA 

Este Partido se extendía entre el Gualeguaychú y el Uruguay, hasta lindar por el Norte con "los puestos medios de Misiones, "Su línea occidental la constituía el curso del Gualeguaychú. Dentro de su territorio, corrían los Arroyos Cupalén, Osuna, Tala, China, Vera, Cordobés, Perucho y Palmar, según la expresa mención do Rocamora.

UBICACIÓN DE LA CAPILLA DE GUALEGUAYCHÚ 

Ya dijimos que en su oficio del 11 de Agosto de 1782, Rocamora expresa que la Capilla de Gualeguaychú estaba situada en el centro del Partido.

Refiriéndose a lo mismo, en el Oficio dirigido por Rocamora al Virrey en 20 de Octubre de 1783, le dice que fundó el pueblo, en un terreno distante de la antigua Capilla poco más de legua. Por tanto, la parte céntrica del Partido debía estar, según Rocamora, a una legua o poco más de la nueva Villa.

Si se tiene presente que el curso del Río Gualeguaychú establecía el límite entre ambos Partidos, es lógico concluir que la Capilla debió estar, al Sud o en su defecto al Oeste de dicho Río, porque de otro modo hubiera ocupado un terreno situado dentro del Partido del Arroyo de la China.

En mi opinión, el Templo fundador estuvo ubicado al Sur de la Villa y no al Oeste de la misma. Fúndome en las siguientes consideraciones:

a) El núcleo más importante del vecindario del Partido, se había radicado al Sur del Río Gualeguaychú, para extenderse hasta bajo el curso del Ñancay.

Entre las familias pobladoras, que en su mayoría fueron fundadoras de Gualeguaychú, pueden mencionarse las de José Luis Collantes, Agustín José de León, José Elias Peñalva, Carlos Fernández, Salvador y María Feliciana González, Venerato y Valentín González. Aniceto Lacarra, Francisco de Nievas, Ignacio Navarro, Andrés de Nievas, Juana Josefa de León, José Borrajo, Andrés Evo, José Asensio Aguilar, Feliciana González, Salvador González, Fernando Vela, Braulio Galiano, Juan de la Cruz Carmona, Juan Esteban Diaz, Juan Ignacia Fleitas, Santiago Gutiérrez, Ciriaco Lamas, Martina Godoy, José Gutiérrez, Ramón de Landa, Nicolás Gómez, Benito Frutos, José Vázquez, etc.

Todos los nombrados tenían sus establecimientos y casas, al Sur del Gualeguaychú, hasta dar con las tierras ocupadas por los señores Wright, Ormaechea, etc.

Fuera de dudas, dichas familias promovieron la acción de los sacerdotes de Santo Domingo de Soriano y de las autoridades eclesiásticas de Buenos Aires, a fin de que se atendieran sus necesidades religiosas, mediante el establecimiento de una Capilla pública, que naturalmente debió ser ubicada en un sitio próximo a los domicilios de los interesados.

b) La Capilla no pudo haberse erigido sino al Sur del Río Gualeguaychú, porque en la fecha que ya aparece funcionando, solamente existía vecindario en esos lugares.

c) Obstaba a la fundación de la Capilla al Norte del Río Gualeguaychú, la circunstancia de que desde el curso del mismo hasta el arroyo Tala, las tierras estaban ocupadas por el doctor Pedro García de Zúñiga, que como los demás grandes terratenientes, no permitía la formación de vecindarios, ni de simples pobladores dentro de sus posiciones. Es además inadmisible, que el vecindario de Gualeguaychú, ubicado al Sur de dicho río, erigiera su capilla río por medio.

El doctor García, que era sacerdote, tuvo en su campo una Capilla particular, para su servicio y el de sus peones.

d) Al Norte del Gualeyán y al Oeste del Gualeguaychú, los campos estaban poseídos por don Justo Esteban García de Zúñiga, que en su estancia "La Estrella" tuvo un oratorio privado. Don Justo no permitía intrusos en sus campos, como lo evidencia la expulsión de las familias que se habían situado en las costas del Gato, y que desalojadas se trasladaron a los campos al Sur del Arroyo de la China.

e) Los mencionados pobladores del arroyo de la China, se sirvieron en un principio de la Capilla de Gualeguaychú, hasta que en 1778 solicitaron por intermedio de don León Almirón, el permiso para construir una propia.

Alegaron la considerable distancia que los separaba de la Capilla de Gualeguaychú, que según Almirón era de veinte leguas. Esta aseveración demuestra que la Capilla, estaba al Sur del Gualeguaychú, pues de otro modo la distancia hubiera sido menor que la indicada por Almirón.

f) El Deán del Cabildo Eclesiástico de Buenos Aires, doctor Andújar, en el Auto en que hizo lugar a la petición de Almirón, dice, textualmente:

Por cuanto por parte de don León Almirón, se nos ha presentado que hace dos años que los vecinos de aquel Partido del Arroyo de la China, están careciendo de Auxilio espiritual, por no haber en aquellas inmediaciones Capilla ni Parroquia de donde puedan ser socorridos, pues la de Gualeguaychú, que es la más cercana, dista muchas leguas, habiendo en el medio un caudaloso río que solo puede pasarse a nado.''

Llamo la atención sobre el contenido de este documento público, que como pieza probatoria puede considerarse inobjetable. Las palabras transcriptas, alejan toda duda sobre la situación de la Capilla, y dirimen definitivamente la controversia.

En resumen: Los elementos de convicción que dejo aducidos, demuestran:

1º) Que la Capilla de Gualeguaychú estuvo ubicada dentro del territorio del Partido de su mismo nombre y a una legua o poco más de la villa, según Rocamora.

2º) Que la Capilla, distaba 20 leguas del Arroyo de la China, según Almirón.

3º) Que entre la Capilla y el vecindario del Arroyo de la China, corría por medio el Río Gualeguaychú, según el doctor Andújar.

4º) Que el vecindario de la Capilla de Gualeguaychú tenía sus domicilios al Sur de dicho Río.

Estas conclusiones están corroboradas con otros elementos probatorios publicados por las personas que han contribuido en esa ciudad, al estudio de la cuestión suscitada en el seno de la Comisión designada por la Municipalidad.

Me excuso de referirme a esas probanzas por considerarlo superabundante.

Saludo al señor Presidente y distinguido amigo con las seguridades de mi mayor consideración.

G. B. PEREZ COLMAN                            

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