Petrona, la Esclava Morena

Por Delia Leticia Reynoso de Ramos

La esclavitud, forma de sumisión social impuesta desde los orígenes de la humanidad,  fue  introducida  en América  por  los  europeos  –como  tantas otras pautas culturales– a partir de la Conquista.

La región del Plata, como parte del imperio colonial español, no escapó a esa  injusta estructura social y si bien, después de  la Revolución de Mayo, la Asamblea de 1813 decretó la “libertad de vientres”, hasta la sanción de 1853 existió  la esclavitud en esta  región –y de hecho, en Gualeguaychú–, con el consecuente comercio de esclavos, del que también fueron víctimas las mujeres.

Las operaciones se hacían con escritura y eran “bienes hereditarios”. 

Los alcaldes fijaban precios por medio de tasadores de acuerdo con la edad, el sexo, el estado de salud, la dentadura, las cualidades y los defectos de la “pieza de transacción”. De manera que las mujeres de color o mestizas eran objeto de este injusto sistema social, quizá, con un trato más benévolo que en otros imperios coloniales de América. 

En una nota titulada “La forzada servidumbre del negro o el fatal designio del hombre blanco” –Cuadernos Nº 51 del diario El Argentino–, Nati Sarrot documenta y relata la venta de la esclava morena Petrona. 

Su investigación –que muestra esa faceta de las costumbres heredadas de la tradición y de la organización colonial– permite conocer las alternativas de la vida de esta mujer en lo que hace a los derechos sobre su persona.

Este es el relato:

Con fecha 8 de agosto de 1851, obra en el Libro del Registro de la Propiedad del Inmueble de Gualeguaychú, la escritura de venta de una morena, de Santiago Bullo a Manuel Gianello, llamada Petrona.

La pequeña historia se puede reconstruir por su partida de bautizo adjunta: “Fue cedida en Santo Domingo de Soriano en venta perfecta, el 13/10/1838, a doña Clemencia Paredes. Entonces la morena tenía 15 años.

Petrona Marcelina nació el 19 de septiembre de 1823 y era hija de la esclava Rudecinda y de don Patricio Gadea… Fueron sus padrinos José María Ramos y Bárbara Riquelme. Extendió el certificado de bautizo el presbítero Fermín Fernández, teniente cura de la Parroquia de Santo Domingo de Soriano, en fecha 8 de junio de 1824.

Cuando la esclava pasó a poder del italiano Bullo no consta en libros, pero sí cuando pasa a pertenecer a Manuel Gianello, con 28 años de edad, sin defectos ni enfermedades conocidas, contra el pago de 28 pesos, un precio seguramente acordado, ya que  la cotización de  la pieza era más alta.

Por vía materna Petrona heredó  la esclavitud. Así lo marcaba  la  legislación, aunque el padre fuera blanco. 

La documentación y  la  legislación posibilitan  conocer  las  condiciones  comerciales y  legales, no sus sentimientos y aspiraciones como ser humano, pero –como caso testigo– ilustran y permiten imaginar el drama de tantas otras mujeres que,  como ella, en aquellos  tiempos nacían privadas de  su libertad; tiempos felizmente superados con las disposiciones constitucionales de 1853… 

“En la Nación Argentina no hay esclavos: los pocos que hoy existen quedan  libres desde  la  jura de esta  constitución  (…). Y  los esclavos que  se introduzcan quedan  libres por el solo hecho de pisar el territorio de  la República Argentina (art. 15)”. 

Sin embargo, y no obstante esta disposición constitucional en los tiempos inmediatos, muchas de las esclavas que pasaron a la condición de libres, por necesidad o por propia voluntad, continuaron sirviendo en las casas de sus amos. Pero, desde 1853, aunque limitadas por sus condiciones culturales y materiales, tuvieron la posibilidad de decidir sobre su propio destino. 

Fuentes

Sarrot García, Nati, “La forzada servidumbre del negro o el fatal designio del hombre blanco”, en diario El Argentino, Colección Cuadernos, Nº  51, Gualeguaychú, 6 de noviembre de 1994. 

Constitución de la Nación Argentina.

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