Joven Mercedita (1847)

Masnou (1860)

Perico (1900)

Fol. 110

Polacra-goleta de la que eran dueños D. Antonio Gusi, vecino y del comercio de esta plaza, en dos terceras partes, y D. Bernardo Corvetto, (será Corbeto?), piloto de esta matrícula en la tercera parte restante. Arqueado este buque según las instrucciones de la R.O del 18 de diciembre de 1844, resultó tener las dimensiones siguientes: 75 pies de eslora, 26 con 6 pulgadas de manga de construcción, 21 con 2 de idem arqueo y 9 con 6 de puntal, midiendo 102 toneladas. La señal distintiva, H.T.W.J.

Formóse su asiento el 6 de febrero de 1847, en virtud de escritura actuada en la Escribanía de Marina de la Provincia de Palamós el 4 de enero anterior y que fué protocolarizada en la de esta Provincia el 5 de febrero, constando en dicha escritura que este barco fué construido en el astillero de aquella villa por el maestro José Moixó y en precio de 1,700 pesos fuertes.

Según escritura actuada en la Escribanía de Marina de la Provincia de Barcelona el 28 de abril de 1860 los armadores de este buque lo vendieron a D. Pedro Maristany y Casals piloto de esta matrícula por el precio de 2,800 duros y deseando su nuevo dueño que en lo sucesivo se denomine "Masnou": anotóse el 1º de mayo siguiente.

Una nota del 5 de mayo de 1860 dice que, previo el correspondiente permiso, este barco fué aparejado de queche.

Por escritura que autorizó el notario de esta ciudad D. Montserrat Corominas, el 20 de noviembre de 1860 y que se protocolizó en esta Escribania de Marina el 2 de agosto de 1862, constó que el dueño de este buque vendió 5,5/14 en que estaba dividido el valor de este barco, a D. Antonio Compte y Simó, vecino de Sants, por el precio de 1,451 duros y 13 reales vellón: se anotó el 4 de agosto de 1862.

Según escritura otorgada en la Escribanía de Marina de esta Provincia, el 5 de agosto de 1862 D. Antonio Compte y Simó vendió los 5,5/14 que tenia en la propiedad de este buque a D. Francisco Olivé y Alsina, de este comercio, por el precio conjunto de 3,200 pesos fuertes: se anotó aqui el 24 de julio de 1863.

Con el correspondiente permiso este barco fué arqueado por el maestro mayor de carpinteros de esta matrícula y resultó medir 90 toneladas líquidas o para carga, según nota del 24 de julio de 1863.

Por escritura otorgada en esta Escribanía de Marina el 28 de enero de 1865, constó que este buque lo vendieron sus armadores a D. Buenaventura Matas y Garriga, veicno de esta y su comercio, por el precio de 3,000 pesos fuertes: anotado el 1º de febrero.

Según escritura actuada en la misma oficina de Marina el 10 de febrero de 1865, este barco fué vendido por su armador a los Srs. "Pons y CIª", de este comercio, por el precio de 6,000 pesos fuertes: se anotó el 11.

D. Pedro Pons y Maristany, en calidad de gerente de la razón social " Pons y CIª" vendió a D. Francisco Casals y Oliver, 2º piloto de la matrícula de Masnou, 10,5/14 a los Srs. "Ribas y Sitjá", del comercio de Vigo, los 3,5/14 restantes, por el precio conjunto de 12,000 escudos: lo cual constó en la escritura otorgada el 11 de diciembre de 1869 en la Escribanía de Marina de esta Provincia: anotóse el 16.

Por escritura actuada en la predicha oficina de Marina el 9 de agosto de 1872, D. Francisco Casals, en nombre propio, y D. Agustín Prats, en calidad de apoderado de los Srs. "Ribas y Sitjá" del comercio de Vigo, vendieron del valor de este cheque a D. Francisco Rosés y Olivé, 1º piloto de esta matrícula 9/14 y a la razón social "Baldomero Roig y CIª" del comercio de esta plaza los 5/14 restantes, por el precio de 13,000 pesetas: se anotó el 17 de agosto.

Arqueado este buque con sujeción a las normas establecidas por el decreto del 2 de diciembre de 1874 se le asignaron: 21,20 metros de eslora, 6,30 de manga y 2,67 de puntal con 78,32 toneladas de registro total, y 74,40 de registro neto: se anotó el 7 de marzo de 1878.

Según escritura que autorizó el notario de esta ciudad D. Antonio de Domenech en 26 de abril de 1879 D. Francisco Rosés y Olivé y D. José Raventós y Robert, en calidad de apoderado de la sociedad "Baldomero, Roig y CIª" vendieron este buque a D. Vicente Ferrer y Garriga de este comercio, por el precio de 9,030 pesetas adquiriéndolo en publica subasta, se anotó el 1º de mayo de 1879.

En méritos de escritura que se otorgó el 23 de diciembre de 1899 ante el Notario de esta capital D. José Umbert y Soler, D. Vicente Ferrer y Garriga vendió este barco a D. Antonio Ballester y Albentosa, vecino y del comercio de esta ciudad, por la cantidad de 2,500 pesetas: se archivó testimonio de esta escritura en esta dependencia de Marina y se anotó el 20 de enero de 1900.

Una nota del 26 de enero de 1900 dice: con el correspondiente permiso del Excmo. S. Comandante de Marina se verificaron obras de reparación en este buque, habiendose invertido en jornales y materiales la suma de 3,268 pesetas.

Reconocido este barco por la Comisión competente que para ello se nombró, este buque resultó que podía navegar durante el tiempo reglamentario.

Otra nota del 25 de octubre de 1900 manifiesta que el Excmo. Sr. Capitán General de este departamento y en comunicación nº 1047 de fecha 20 de dicho mes accedió a lo solicitado por el armador de este buque y que por lo tanto Llevase este en lo sucesivo el nombre de "Perico".

El 6 de febrero de 1901 se anotó como por R.O. del 13 de diciembre de 1900 le fué asignada a este barco la señal distintiva J.D.B.K.

Una nota del 18 de junio de 1904 dice que con oficio del Juzgado de Instrucción de esta Comandancia de Marina, de fecha 16, se recibió para su archivo el rol de navegación que pertenecía a este buque; el cual naufragó en las costas de Marruecos el 27 de enero de 1902, dándosele por lo tanto de traja esta matrícula y en la Marina Nacional.

El 4 de diciembre de 1908 se consignó aquí una nota manifestando que el Excm. Sr. Comandante General del Departamento de Cartagena en Decreto del 25 de noviembre del mismo año, recaído en el expediente de naufragio de este barco y deconformidad con el dictamen emitido por el Sr. Auditor, tuvo a bien confirmar el acuerdo de la Junta de Capitanes, de no haber lugar a la formación de causa y disponiendo el archivo del expediente en esta Dependencia.