Jaime. Soberano Segundo
(Fol 309 formalizado el día 26 de octubre 1865 según titulo de propiedad autorizado el 24 del mismo mes en esta Escribanía.
Bergantin goleta que cuando se inscribió aquí se le asignaron las siguientes caracteristicas: 201 pies de eslora total y 70 entre mampara de la bodega, 28 de manga de construcción , 25 de idem arqueo, 178 para carga, 18 para camaras y 18 para pañoles. Fué construido en Blanes.
Otro Arqueo. En el puerto de la Habana fué arqueado con arreglo a las normas del decreto de 2 diciembre de 1874 y resultó medir: 28,20 metros de eslora, 8,25 de manga y 4,07 de puntal, con 199,24 toneladas de arqueo total y 189,26 netas: se anotó en febrero de 1878.
En una nota de 2 de septiembre de 1878 consta que fué carenado este buque y forrado en latón, invirtiendose en ello 6´635 pesetas.
En 22 de marzo de 1864 se dió de baja en este Registro. Por haberse recibido oficio del sr. Consul general de España em Montevideo, fecha de el 12 de febrero, en el que se consignaba que el 24 de octubre de 1883 y ante dicho representante del Estado español, el capitán y armador de este velero, D. Gabriel Olivé y Pla, le vendió a D. Calixto Emezio, de nacionalidad francesa y domiciliado en dicha capital, por la cantidad de 4.000 pesos, y que fué abanderado este velero en la Republica Argentina.
Formóse aquí su asiento en 26 de octubre de 1865 en vista de títulode propiedad y agnición de buena fé otorgado el día 24 de la Escribanía de Marina de Barcelona por D. José Colomé y pagés , constando también que había sido construido este buque en Blanes por el mestre Ramón Vista y Paset, y siendo su total valor 16.450 pesos fuertes. La propiedad de este velero estaba dividida en 23 ½ partes de las cuales 11 y 2,6 a D. José Colomé y Pagés, segundo piloto de Mataró; 6 y 1,6 a D. Gerardo Maristany y Alsina, segundo piloto de esta matrícula, y las 6 partes restantes a “Roig y Hermano”, de este comercio.
Por escritura autorizada en esta Escribanía de Marina el 7 de diciembre de 1866, los predichos armadores alegaron que de resultas de varias reparaciones y mejoras hechas a este buque, su valor en aquel entonces era de 16.800 pesos fuertes, y manifestaron también que su propiedad se hallaba dividida en 24 partes, correspondiendoles 11 ½ , 6.1/2 y 6, respectivamente anotose el 10 de diciembre.
En la antedicha oficina y en 23 de Junio de 1868, D. Gerardo Maristany y Alsina vendió los 6,5/24 que poseía a D. José Colomé y Pagés, segundo piloto de Mataró, por el precio de 4.500 pesos fuertes.
Una nota de 20 de agosto de 1872 dice que por haber quedado disuelta la sociedad “Roig, García y Cª”, en virtud de escritura otorgada en esta Escribanía de Marina el 19 de febrero anterior, D. Gaspar Roig y LLena, D. Bartolomé Roig y Gelpí, D. Joaquín García Vergés, D. José Pardini y Alsina y D. José Raventós y Ros, socios todos de ella, resolvieron dividir entre sí, formando dos grupos, las participaciones que dicha razón social tenía en diferentes buques, y en su consecuencia la cuarta parte que la mencionada sociedad tenía en este bergantín goleta se adjudicó en plena propiedad a D. Baldomero Roig y D. José Raventós.
Por escritura autorizada en 22 de Junio de 1876 por el notario D.Antonio de Domenech, residente en esta capital, Dª Francisca Suñol y Barbeta y sus tres hijas como herederas de su difunto esposo su padre respectivo, D. José Colomé y Pagés y la primera en calidad de madre y administradora de sus hijas, y declararon que de los 18/24 que dicho señor tenía en la propiedad de este velero, había caído en documento privado- - 4’5/24 a “Baldomero, Roig y Cª”, de este comercio , quedando así dueño de este barco la referida señora y sus hijas en 13’5/24, y la citada razón social en 10’5/24: anotado el 28 de junio.
Ante el mismo notario y en 23 de febrero de 1881, D. José Raventós y Robert, en calidad de apoderado de la sociedad “Baldomer o Roig y Cª, en liquidación, vendió los 10’5/24 que esta tenía a D. José Garu y Mas de Xaxart, piloto de esta inscripción, por el precio de 4.775 pesetas: anótese en 25 de febrero.
Una nota de 13 de abril de 1883 manifiesta que las hermanas Dª Jovita, Dª Rosa y Dª Teresa Colomé Suñol como herederas al intestato de sus padres D.José y Dª Francisca, declararon en escritura autorizada por D. Francisco Sanahuja, notario de Masnou, en 19 de marzo anterior, que de las 24 partes en que se hallaba dividida la propiedad de este buque, tan solo eran dueñas de las 5 partes y que las 19 restantes pertenecían a D. José Garu y Mas de Xaxart.- - En igual fecha y ante el mismo notario y las mencionadas hermanas y Dª Jovita en nombre propio y también como apoderada de su esposo D.José Garu y Mas de Xaxart, vendieron este buque a D. Gabriel Olivé y Pla, vecino de Masnou por el precio de 10.000 pesetas.