Fol 92
Laúd de tráfico que se anotó como propio de D. Pedro Vergés y Roig, en calidad de gerente de la razón social "Vergés Hermanos" establecida en la villa del Puerto de la Selva [Port de la Selva] (Provincia de Gerona).
Sus dimensiones: 67 pies de eslora total, 20,5 de manga de construcción, 18,5 de idem de arqueo y 7 de puntal, con 59 toneladas con total cabida, 48 para carga 7 para cámaras y 4 pañoles y carboneras.
Lo construyó en Blanes Ramon Vieta y era su valor 1.200 escudos (?)
Formóse su asiento el 19 de mayo de 1868 en virtud de título de propiedad actuado en esta Escribanía de Maria el día anterior.
En escritura de rescinción de contrato de sociedad otorgada por el Sr. Pedro Verges Roig y su hermano Sebastián ante D. Juan Mojuelo (?) notario de la villa de Llançà, en 23 de enero de 1869, D. Pedro Vergés Roig hipotecó especialmente para seguridad del pago de 1300 escudos que debe entregar a su dicho hermano D. Sebastián por todo el mes de septiembre de este año el buque de este asiento y este documento fue protocolizado en la Escribanía de marina de esta Provincia el 8 de mayo de 1869 anotándose aquí el 13.
Según auto dictado por el juez de 1ª Instancia de Distrito de las Afueras en 24 de diciembrede 1869, a instancias de la razón social "J.B. Lasalle Hermanos" tiénese por embargado este buque que pertenece a D Pedro Vergés para el caso de incumplimiento del convenio transcrito del mismo documento por la cantidad de 2.696,922 escudos: anotado el 13 de enero de 1870.
Una nota de 22 de febrero de 1870 hace constar el embargo de este buque decretado por el Juez de 1ª Instancia del Distrito del Pino y por auto de 15 de dicho mes y comunicado en oficio del 21, a consecuencia del pleito promovidopor D Sebastián Vergés contra su hermano D. Pedro
Por otra nota de 12 de abril 1870 consta la cancelación del embargo trabado el 24 de diciembre de 1869, registrado antes y ésto en virtud de providencia del Sr. Juez de 1ª Instancia del Distrito de las Afueras, de fecha 11 marzo 1870.
Por providencia del Sr. Juez del Distrito del Pino y de fecha 29 mayo 1875 quedó levantado el embargo sobre este buque que se había trabado a instancias de D. Sebastián Vergés: anotóse el 8 de junio siguiente.
Según Escritura autorizada por D José Sayrols y Pontes, notario de esta ciudad, el 24 de mayo de 1875 y que fue protocolizada en esta Escribanía de Marina el 3 de junio siguiente, D. Sebastián Vergés firmó carta de pago a favor de su hermano D. Pedro de la cantidad de 6.000 pesetas, las cuales sirvieron al nombrado D. Sebastián en total pago de la parte que podía corresponderle en las pertenencias y existencias de la disuelta sociedad "Vergés Hermanos", según lo convenido por dichos señores en la escritura que otorgaron ante D Juan Majueles (?) notario con residencia en Llançà, el 23 de enero de 1869 y también protocolizada en la dicha Escribanía el 8 de mayo del propio año, quedando en consecuencia cancelada y sin efecto alguno la hipoteca constituida en la misma escritura sobre este laúd: se anotó el 25 de junio de 1875.
Por escritura otorgada en la Escribanía de esta Provincia el 8 de julio de 1875 D. Pedro Vergés i Roig vendió la propiedad de este laud por mitad a D Joaquin Cardona y Botella, patrón del Grao de Valencia y a D Juan Bautista Carles Burgos, del comercio y vecino de Valencia por 15.000 pesetas: se anotó el 12 de julio.
Por haber pasado a ocupar el folio 2 de la 1ª Lista de embarcaciones de la matrícula de Valencia, según oficio del Excmo Sr Capitán General del Departamento de Cartagena, de fecha 17 de mayo 1876, se le dió de baja aquí el día 22 de los dichos mes y año.