Jurisdicción, Competencia, Obligaciones, Notificaciones, Pruebas, Reconocimientos y Ejecuciones internacionales
Sucesiones en la Unión Europea
Ver Certificado Sucesorio Europeo (Competencia, Ley aplicable, Ejecución, Títulos y otros)
Privilegios e Inmunidades de Estados Extranjeros y Organizaciones Internacionales
Ley Orgánica 16/2015, de 27 de octubre, sobre privilegios e inmunidades de los Estados extranjeros, las Organizaciones Internacionales con sede u oficina en España y las Conferencias y Reuniones internacionales celebradas en España
Asuntos civiles y mercantiles
Cooperación jurídica internacional en materia civil
Ley 29/2015, de 30 de julio, de cooperación jurídica internacional en materia civil (L 29/2015
Proyecto de Ley de cooperación jurídica internacional en materia civil (24 abril 2015)
Anteproyecto de Cooperación jurídica internacional en materia civil (julio 2014)
Comentario básico de la Ley tras su entrada en vigor, con atención a la regulación del exeqátur.
Elección de Foro en la Unión Europea
Convenio sobre acuerdos de elección de foro (UE Decisión 397/2009)
Marco Comunitario
Marco comunitario para facilitar la cooperación judicial en materia civil (UE Reg 743/2002)
Bruselas I bis o Bruselas I refundido
Reglamento (UE) nº 1215/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de diciembre de 2012 relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil (refundición) (UE Reg 1214/2012) - Comentario
Es aplicable a partir del 10 de enero de 2015, con excepción de los artículos 75 y 76, que son aplicables a partir del 10 de enero de 2014
Deroga el UE Reg 44/2001
las normas de competencia judicial del UE Reg 1214/2012 son aplicables desde el 10 de enero de 2015 para las nuevas demandas;
para el reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales y otros títulos ejecutivos judiciales y extrajudiciales extranjeros, el UE Reg 1214/2012 solo se aplicará a las solicitudes relativas a resoluciones extranjeras dictadas en procedimientos judiciales iniciados con posterioridad al 10 de enero de 2015;
si deseamos ejecutar una sentencia extranjera de fecha posterior pero dictada en procedimiento iniciado antes de esa fecha, habrá que seguir utilizando la el UE Reg 44/2001 o, en su caso, el UE Reg 805/2004 sobre título ejecutivo europeo para créditos no impugnados;
para el reconocimiento y ejecución de documentos públicos con fuerza ejecutiva y transacciones judiciales, el UE Reg 1214/2012 puede aplicarse a los documentos que hayan sido formalizados o registrados, o las transacciones que hayan sido aprobadas o celebradas, a partir del 10 de enero de 2015.
están excluidas, entre otras:
las acciones relativas a “acta iure imperii”, esto es, quedan fuera las acciones de responsabilidad patrimonial (civil) frente a las AAPP;
los regímenes matrimoniales, ya excluidos antes, y los relativos a relaciones con efectos semejantes al matrimonio,
las acciones en materia de alimentos, sujetas al UE Reg 4/2009.
El UE Reglamento de Ejecución2015/281 modifica sus Anexos I y II
Bruselas I- Competencia judicial, reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil (derogado)
Bruselas I- Competencia judicial, reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil en la UE (UE Reg 44/2001)
Derogado por el UE Reg 1214/2012
Modif sus Anexos I-IV (UE Reg 263/2015)
Modif sus Anexos I-IV (UE Reg 156/2012)
Modif de su Anexos I, II y III (UE Reg 416/2010)
Modificación de sus anexos I, II y IV (UE Reg 280/2009)
Ventajas prácticas del Reglamento 44/2001 con respecto al Convenio de Bruselas de 1968
La entrada en vigor del Reglamento Comunitario 44/2001
Estudio sobre su aplicación práctica (Yolanda Dutrey)
Convenio UE-AELC
Convenio UE-AELC, de Lugano 2007 relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil (Lugano, 30 oct 2007)
Entró en vigor entre la UE y la Confederación Suiza el 1 de enero de 2011 y entre la UE e Islandia el 1 de mayo 2011
entra en vigor el 1 ene 2010 para la UE, Noruega y Dinamarca
Informe sobre el convenio de Fausto Pocar - Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad de Milán (UE Informe explicativo - 2009/C 319/01)
este Convenio sustituye al Convenio de Lugano de 16 sep 1988
Versión anterior del Convenio (Lugano, 30 oct 2007)
Traslado de documentos judiciales y extrajudiciales en materia civil y mercantil
Notificación y traslado en los Estados miembros de documentos judiciales y extrajudiciales en materia civil o mercantil en la UE (UE Reg 1393/2007)
Obtención de Pruebas en materia civil y mercantil
Obtención de pruebas en materia civil y mercantil - cooperación entre los órganos jurisdiccionales de los Estados miembros (Reg 1206/2001) - Comentario
Convention on the Taking of Evidence Abroad in Civil or Commercial Matters (La Haya 18 mar 1970; en españa, BOE núm. 203, de 25 de agosto de 1987)
Red Judicial Europea en materia civil y mercantil (UE Decisión 470/2001)- Su Modif (UE Decisión 568/2009)
Valor de una sentencia a efectos probatorios
SAP Asturias 28 sep 2007 - "... la STS de 18-3-87 ha declarado: Si bien es cierto que para que la cosa juzgada material pueda ser invocada con éxito en otro proceso es necesario que concurran las tres identidades, subjetiva, objetiva y causal a tenor de lo dispuesto en el articulo 1252 del Código Civil, no es menos cierto que toda sentencia firme, con independencia de tales efectos de cosa juzgada, produce otros accesorios o indirectos, entre los cuales debe destacarse el de constituir en un ulterior proceso un medio de prueba de los hechos en ella contemplados y valorados y que fueron determinantes de su parte dispositiva, medio de prueba cualificado, aun cuando deba ponderarse en unión de los demás elementos de convicción aportados al juicio". En análogo sentido se pronunció igualmente la STS de 20-12-86."
Orden Europea de Retención de Cuentas (cobro transfronterizo de deudas en materia civil y mercantil)
Reglamento (UE) n° 655/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, por el que se establece el procedimiento relativo a la orden europea de retención de cuentas a fin de simplificar el cobro transfronterizo de deudas en materia civil y mercantil (UE Reg 655/2014)
Circulación de documentos públicos en la UE
Ver los arts. 8-12 CC
Sobre poderes extranjeros en España
Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se facilita la libertad de circulación de los ciudadanos y de las empresas, simplificando la aceptación de determinados documentos públicos en la Unión Europea,
Reglamento (UE) n° 1024/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012 , relativo a la cooperación administrativa a través del Sistema de Información del Mercado Interior
Separaciones y Divorcios - Obligaciones matrimoniales y Responsabilidad parental (alimentos, ...)
Unión Europea
Bruselas II - Competencia, reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial y responsabilidad parental sobre hijos comunes en la UE
Bruselas II - Competencia, reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial y responsabilidad parental sobre hijos comunes en la UE (UE Reg 2201/2003)
Fiscalía Instr 1/04 sobre reclamación internacional de alimentos
Estudio sobre su aplicación práctica (Flora Calvo)
deroga UE Reg 1347/2000 desde el 1 mar 2005)
STJUE-2ª de 1 oct 2014 (asunto C-436/2013) - La competencia en materia de responsabilidad parental, prorrogada en favor de un órgano jurisdiccional de un Estado miembro ante quien los titulares de la responsabilidad parental han incoado de común acuerdo un procedimiento, se extingue al recaer una resolución firme en el marco de dicho procedimiento.
Procedimiento para la negociación y la celebración de acuerdos entre Estados miembros y terceros países sobre la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial, de responsabilidad parental y de obligaciones de alimentos, y sobre la ley aplicable en materia de obligaciones de alimentos (UE Reg 664/2009; su corr.err.)
Separación y Divorcio - Cooperación internacional reforzada en la UE
Cooperación reforzada en el ámbito de la ley aplicable al divorcio y a la separación judicial (UE Reg 1259/2010)
Autoriza una cooperación reforzada en el ámbito de la ley aplicable al divorcio y a la separación legal (UE Decisión 405/2010 de 12 jul; su corr.err.)
LA LEY APLICABLE A LA SEPARACIÓN JUDICIAL Y AL DIVORCIO EN DEFECTO DE ELECCIÓN DE LEY POR LOS CÓNYUGES. ANÁLISIS DEL AR.-UE Reg 1259/2010 (Javier Carrascosa, enero 2012)
Alimentos en la UE
Competencia, ley aplicable, reconocimiento y ejecución de resoluciones y cooperación en materia de obligaciones de alimentos (UE Reg 4/2009)
Se sustituyen sus anexos I a VII (UE Reglamento de Ejecución2015/228)
Intención del Reino Unido de aceptar el Reg 4/2009 (UE Decisión 8 jun 2009 - 2009/451/CE)
Se establecen los anexos X y XI del UE Reg 4/2009 (UE Reg ejec. 1142/2011)
Cuando los dos cónyuges poseen doble nacionalidad de los mismos dos estados miembros
STJCE 16 jul 2009 (Asunto C-168/08) - Decisión prejudicial - Cooperación judicial en materia civil — UE Reg 2201/2003 — Artículo 64 — Disposiciones transitorias — Aplicación a una resolución judicial de un Estado miembro que se adhirió a la UE en 2004 — Artículo 3, apartado 1 — Competencia en materia de divorcio — Puntos de conexión pertinentes — Residencia habitual — Nacionalidad — Cónyuges que residen en Francia y que tienen ambos las nacionalidades francesa y húngara — Interpretación del artículo 2 del UE Reg 1347/2000, relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial y de responsabilidad parental sobre los hijos comunes, y de los artículos 3 y 64 del UE Reg 2001/2003 que deroga aquél — Condiciones de reconocimiento de una sentencia de divorcio — Factores de conexión pertinentes: ¿Domicilio o nacionalidad de las partes? Fallo 1) Cuando el tribunal del Estado miembro requerido deba verificar, en aplicación del artículo 64, apartado 4, del Reg 2201/2003 si el tribunal del Estado miembro de origen de una resolución judicial habría sido competente en virtud del artículo 3, apartado 1, letra b), del mismo Reglamento, esta última disposición se opone a que el tribunal del Estado miembro requerido considere que son nacionales únicamente del Estado miembro requerido unos cónyuges que poseen ambos tanto la nacionalidad de dicho Estado como la nacionalidad del Estado miembro de origen. Dicho tribunal deberá, por el contrario, tener en cuenta el hecho de que los cónyuges poseen igualmente la nacionalidad del Estado miembro de origen y que, por lo tanto, los tribunales de este último podrían haber sido competentes para conocer del litigio. 2) Cuando cada uno de los cónyuges posea la nacionalidad de dos mismos Estados miembros, el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reg 2201/2003 se opone a que se excluya la competencia de los tribunales de uno de dichos Estados miembros por el mero hecho de que el demandante carezca de otros puntos de conexión con dicho Estado. Antes al contrario, los tribunales de los Estados miembros cuya nacionalidad posean los cónyuges son competentes en virtud de la citada disposición, pudiendo estos últimos elegir libremente el tribunal del Estado miembro ante el que se sustanciará el litigio.
Responsabilidad parental y Alimentos - Internacional
Convenio sobre cobro internacional de alimentos para los niños y otros miembros de la familia (La Haya 23 nov 2007)
Decisión sobre su aprobación (UE Decisión 432/2011)
Decisión sobre su firma (UE Decisión 220/2011)
Convenio relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento, la ejecución y la cooperación en materia de responsabilidad parental y de medidas de protección de los niños (La Haya, 19 octubre 1996) - Instrumento de Ratificación
Reclamación internacional de alimentos y otras responsabilidades parentales
Responsabilidad parental internacional
h4>Convention on Jurisdiction, Applicable Law, Recognition, Enforcement and Co-operation in Respect of Parental Responsibility and Measures for the Protection of Children (La Haya, 19 oct 1996)
España lo firmó el 1 abr 2003. pero no me consta que lo haya ratificado - OJO, no se aplica a la reclamación de alimentos) - Comentario de la UE<(div>
Reclamación internacional de alimentos
Reclamación internacional de alimentos (Fiscalía Instr 1/2004)
Convention on the law applicable to maintenance obligations towards children (La Haya 24 oct 1956, ratificado por España el 27 mar 1974)
Convention concerning the recognition and enforcement of decisions relating to maintenance obligations towards children (La Haya, 15 abr 1958, ratificado por España el 11 sep 1973)
Convenio referente al reconocimiento y a la ejecución de las resoluciones relativas a las obligaciones alimenticias (La Haya, 2 oct 1973)
BOE 12 ago 1987 - Enlace a la página oficial en inglés del Convenio
Convention of 23 November 2007 on the International Recovery of Child Support and Other Forms of Family Maintenance (La Haya, 23 nov 2007)
Aún no ha entrado en vigor ni ha sido ratificado por España - Adhesión de la Comunidad Europea al Protocolo de La Haya, de 23 de noviembre de 2007, sobre la Ley aplicable a las obligaciones alimenticias (UE Decisión 30 nov 2009 - 2009/941/CE)
Protocol of 23 November 2007 on the Law Applicable to Maintenance Obligations (La Haya, 23 nov 2007)
Aún no ha entrado en vigor ni ha sido ratificado por España
Roma I - Obligaciones contractuales
Roma II - Obligaciones extracontractuales
Título ejecutivo europeo
Título ejecutivo europeo para créditos no impugnados (UE Reg 805/2004)