Plan Nacional de Servicios Especiales de Salvamento de la Vida Humana en la Mar y de la Lucha contra la Contaminación del Medio Marino para el periodo 2010/2018, que será objeto de revisión en el año 2013, con efecto a partir del 2014, en base al escenario presupuestario en esa fecha (DGMM Res 5 oct 2010 que publica el CM Acuerdo de 20 ago 2010)
Equipos de evaluación ante emergencias marítimas (Orden FOM/93/2008)
Principios fundamentales que rigen la investigación de accidentes en el sector del transporte marítimo (UE Dir 18/2009)
Reglamento interno del marco de cooperación permanente establecido por los Estados miembros en colaboración con la Comisión de conformidad con el art.10 UE Dir 18/2009 (UE Reg Ejec 651/2011)
modifica las UE Dir 35/1999 y UE Dir 59/2002)
Metodología común para la investigación de siniestros e incidentes marítimos adoptado conforme al art.5.4 UE Dir 18/2009 (UE Reg 1286/2011)
Responsabilidad de los transportistas de pasajeros por mar en caso de accidente (UE Reg 392/2009)
Seguros marítimos
Seguro de los propietarios de buques para las reclamaciones de Derecho marítimo (UE Dir 20/2009)
Seguro de los propietarios de los buques civiles para reclamaciones de derecho marítimo (RD 1616/2011)
RC del Consignatario marítimo (TS 927/2007 de 26 nov: Unificación de doctrina - Se aparta de la STS 266/2006 de 22 mar y confirma la STS 1316/2006 de 20 dic que recupera la doctrina más tradicional)- Comentario a la sentencia (Rodrigo López)
Es una responsabilidad legal, según resulta de los arts. 73.2 LPEyMM, 586 CCom y 3 LTM, y directa que legitima al titular de la mercancía dañada para dirigirse contra el consignatario (representante) con independencia de su relación interna con el representado (naviero) y del caracter ocasional o permanente de tal relación. Responsabilidad recogida en la Ley de Transporte Marítimo de mercancías de 22 dic 1949 (LTM) y en la Ley de Puertos de Estado y de la Marina Mercante (LPEyMM) (L 27/1992). La responsabilidad atribuida al representante del porteador que actúa en nombre de éste es aplicable al consignatario, en cuanto representante de aquél, en relación con la mercancía transportada.Menciona también la Ley de Contrato de Agencia(L 12/1992), y analiza los conceptos de naviero, portador y consignatario.