Disposición Transitoria - LSC
Disposición transitoria.
Disposición transitoria.
Se suspende, hasta el 31 de diciembre de 2014, la aplicación de lo dispuesto en el artículo 348 bis de esta Ley.
Introducida por la Ley 1/2012
Se suspende, hasta el 31 de diciembre de 2014, la aplicación de lo dispuesto en el artículo 348 bis de esta Ley.
Introducida por la Ley 1/2012