Inversiones Exteriores
INVERSIONES EXTERIORES
Normas
deroga el Inversiones exteriores (RD 664/1999)
Orden ECM/57/2024, de 29 de enero, por la que se establecen los procedimientos aplicables para las declaraciones de inversiones exteriores
Empresas de servicios de inversión
Lo siguiente NO ESTÁ ACTUALIZADO
¿Cuando una Inversión se considera extranjera?
Se considerará inversión extranjera, a los efectos de la obligación de inscribirse en el Registro de Inversiones Extranjeras, la realización de cualquiera de las siguientes operaciones:
1. Participación en sociedades españolas, quedando englobadas bajo esta modalidad:
La constitución de sociedades.
La suscripción total de acciones o participaciones sociales.
La adquisición de valores que por su naturaleza den derecho a participar en el capital social o por los que se adquieran derechos políticos.
2. La participación en fondos de inversión, inscritos en los Registros de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
3. La adquisición de inmuebles sitos en España cuando el importe total supere los 3.005.060,052 euros. En caso de inversiones procedentes de paraísos fiscales, con independencia de su importe.
4. Constitución o participación en cooperativas, comunidades de bienes o fundaciones, cuando el importe total supere los 3.005.060,052 euros. En caso de inversiones procedentes de paraísos fiscales, con independencia de su importe.
Participación en sociedades españolas.
La constitución y ampliación de la dotación de sucursales.
La suscripción y adquisición de valores negociables representativos de empréstitos emitidos por residentes.
La participación en fondos de inversión.
La adquisición de bienes inmuebles sitos en España.
La constitución, formalización o participación en contratos de cuentas en participación, fundaciones, agrupaciones de interés económico, cooperativas y comunidades de bienes.
Quiénes están obligados a declarar la inversión y su liquidación
Con carácter general, los titulares no residentes de la inversión.
Con carácter especial:
Si se trata de inversiones efectuadas en valores negociables, las empresas de servicios de inversión, entidades de crédito, otras entidades financieras autorizadas, o cuya intervención sea preceptiva para la suscripción o transmisión de valores, o que actúen como depositarias o administradoras de los valores adquiridos.
La sociedad española objeto de la inversión, si se trata de acciones nominativas.
Las sociedades gestoras de fondos de inversión, si se trata de operaciones de inversión con fondos de inversión españoles.
Declaración de inversiones extranjeras en España y su liquidación
Las inversiones extranjeras en España y su liquidación serán declaradas al Registro de Inversiones del Ministerio de Economía y Hacienda, con una finalidad administrativa, estadística o económica, con la excepción de las inversiones que procedan de territorios o países considerados como paraísos fiscales, que deberán ser objeto de declaración previa, salvo, a los efectos que aquí nos interesan, cuando dichas inversiones recaigan sobre valores negociables ya emitidos u ofertados públicamente en un mercado secundario oficial. No es necesario registro especial en Bolsa.
AFORIX - aplicación del Ministerio de Economía para hacer las declaraciones
Modelos de declaración de inversiones exteriores cuando el obligado a declarar es el inversor o la empresa con participación extranjera y que sustituye a las anteriores Resoluciones en esta materia (DGCeI Res 1 jul 2010)
Declaraciones de inversiones exteriores y su liquidación y presentación de memorias anuales y de expedientes de autorización (O 28 may 2001)
Declaración de inversiones exteriores cuando el obligado a declarar es el inversor o la empresa con participación extranjera (Res 21 feb 2002)
Modelos impresos de declaración a la nueva Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE-2009) - Modifica la Res 21 feb 2002 (DGCeI Res 17 mar 2009)
Modelos D-4: Memoria anual relativa al desarrollo de la inversión en sociedades españolas con participación extranjera en su capital y sucursales y D-8: Memoria anual relativa al desarrollo de la Inversión en el exterior (DGCeI Res 18 jun 2009, que modifica la Res 3 abr 2008)
Fondo para inversiones en el exterior y el Fondo para operaciones de inversión exterior de PYMEs
Real Decreto 1226/2006, de 27 de octubre, por el que se regulan las actividades y el funcionamiento del Fondo para inversiones en el exterior y el Fondo para operaciones de inversión en el exterior de la pequeña y mediana empresa (RD 1226/2006) - Su modif (RD 862/2010)