Consumidores y Usuarios en las Comunidades Autónomas
Andalucía
Aragón
Asturias
Baleares
Canarias
Cantabria
Agencia Cántabra de Consumo (L 7/2008)
Castilla La Mancha
Castilla y León
Cataluña
Ley del Código de consumo de Cataluña (CAT L 22/2010)
que deroga la L 3/1993
Acuerdo de la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Conflictos de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado en relación con la CAT L 22/2010 (SECT Res 20 abr 2011): "A. El artículo 252.4 de la Ley de Cataluña 22/2010, establece unas obligaciones específicas para un tipo de servicios que la Ley denomina básicos. Únicamente a los prestadores de esos servicios básicos el apartado.2 de dicho precepto exige, en el momento de la contratación, facilitar una dirección física en Cataluña, donde la persona consumidora pueda ser atendida de forma rápida y directa respecto de cualquier queja o reclamación sobre el servicio, siempre que la atención a la persona consumidora no se lleve a cabo en el mismo establecimiento donde se haya contratado. Únicamente también en los contratos de tales servicios básicos, el apartado.3 del mismo artículo exige informar del lugar donde los usuarios pueden tramitar las quejas o reclamaciones ante el prestador del servicio básico y del procedimiento para hacerlo. B. Ambas partes coinciden en apreciar que los servicios básicos que define el artículo 251.2 de Ley de Cataluña 22/2010, de 20 de julio, únicamente podrán quedar sujetos a la obligación establecida en los apartados 2 y 3 del artículo 252.4 de dicha Ley en la medida que se correspondan con los servicios a los que se refieren los artículo 2.2 y 13 de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, de conformidad con los términos previstos en la misma, y sin perjuicio de lo dispuesto en las normas básicas estatales que fijan las condiciones para el acceso a las actividades de servicios y su ejercicio."
Ceuta y Melilla
Extremadura
Galicia
Ley gallega de protección general de las personas consumidoras y usuarias (GAL L 2/2012)
deroga L 12/1984
Madrid
General
Reglamento de la Ley 11/1998 de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid (MAD D 1/2010)
que deroga el Reglamento (MAD D 152/2001)
Impresos normalizados para la formulación de reclamación y denuncia de consumo y solicitud de arbitraje de consumo (Res MAD 9 feb 2009)
Comercio Interior de Madrid (MAD L 16/1999)
Cámara Oficial Comercio e Industria en Madrid (MAD L 10/1999)
Agua
Contenido de la factura por los servicios de abastecimiento y saneamiento de agua (MAD O 1424/2012; su corr.err.)
Protección al Consumidor en la villa de Madrid
Ordenanza de Consumo de la Ciudad de Madrid (AYTO MAD PAM Acuerdo 30 mar 2011) - Su disposición derogatoria dice:
A la entrada en vigor de la presente ordenanza quedará derogada cualquier disposición normativa municipal de igual o inferior rango que se le oponga y, expresamente:
a) De la Ordenanza Municipal de Protección de los Consumidores (AYTO MAD 27 mar 2003), las letras c), d) y f) del artículo 3, la letra b) del artículo 7.1, los artículos 74, 75, 90, 91, 92, 93, 94, 95, 96, 97, 103, 104, 105, 110, 111, 117, 118, el apartado 5 del artículo 123 y el artículo 124.
b) El Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Junta Arbitral de Consumo del Ayuntamiento de Madrid, de 30 de octubre de 1990.
Además, en las disposiciones adicionales se modifican otros artículos de la Ordenanza Municipal de Protección de los Consumidores (AYTO MAD 27 mar 2003)
Ordenanza Municipal de Protección de los Consumidores (AYTO MAD 27 mar 2003)
en parte derogada y en parte modificada por la Ordenanza de Consumo de la Ciudad de Madrid (AYTO MAD PAM Acuerdo 30 mar 2011)
Desde el 1 ene 2005, todas las referencias relativas al "Órgano competente de la Administración Local en materia de Salud y Drogodependencias" se entenderán referidas al "Organismo Autónomo Madrid Salud."
Murcia
Estatuto de los consumidores y ususarios de Murcia (MUR L4/1996)
Su Modif (MUR L 1/2008)
Navarra
País Vasco
Ley de Estatuto de las Personas Consumidoras y Usuarias (VAS L 6/2003)
Su Modif (VAS L 2/2012)
Su Modif por la Ley de segunda modificación de la Ley de la Actividad Comercial (VAS L 7/2008)
Deroga su art. 67 la Creación de Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo (VAS L 9/2007)
La Rioja
Valencia
Ley del Estatuto de los consumidores y usuarios de la Comunitat Valenciana (VAL L 1/2011)
deroga la L 2/1987
deroga el Decreto 188/1987, de 23 de noviembre, del Consell, por el que se creó y regula el Consejo Valenciano de Consumo