Honor de los Abogados

STS 10 jun 2010 (Rec. 1320/2007) - No constituye ataque ilegítimo al derecho al honor del letrado el contenido vertido en un escrito de protesta al Colegio de Abogados sobre su actuación profesional  - No existe vulneración del derecho al honor puesto que la denuncia responde y obedece a una defensa de intereses de quien se cree ofendido y elige la vía legítima de denuncia de los hechos que estima delictivos o disciplinarios al objeto de poder ser sancionados. Se actúa dentro del marco del derecho a la libertad de expresión, al existir una situación de conflicto que legitima su intervención, en defensa de unos intereses que se estimaban conculcados. El criterio subjetivo de la persona que se siente ofendida prevalezca sobre una consideración objetiva.