CAPÍTULO II. Determinación de la cuota líquida estatal (y Deducciones estatales) - arts. 67-70 y Disps. Ads. 29ª y 38ª y Trans. 15ª-16ª, 18ª, 20ª-21ª, 28ª y 30ª LIRPF y 54-60bis y Disps. Trans. 3ª y 9ª-12ª RIRPF
LIRPF 2006
Artículo 67. Cuota líquida estatal.
Artículo 69. Límites de determinadas deducciones.
Artículo 70. Comprobación de la situación patrimonial.
DISPOSICIONES ADICIONALES
Disp. Ad. 29ª. Deducción por obras de mejora en la vivienda.
Disp. Ad. 38ª. Aplicación de determinados incentivos fiscales.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Disp. Trans. 15ª. Deducción por alquiler de la vivienda habitual.
Disp. Trans. 18ª. Deducción por inversión en vivienda habitual.
Disp. Trans. 28ª. Acciones o participaciones adquiridas con el saldo de cuentas ahorro-empresa.
RIRPF 2007
Artículos 54 a 57 (Se suprimen, con efectos desde 1 de enero de 2013, por el art. 2.1.4 del Real Decreto 960/2013)
Disp. Trans. 10ª. Ampliación del plazo de cuentas vivienda.
Disp. Trans. 12ª. Deducción por inversión en vivienda habitual.
Artículo 58. Rentas obtenidas en Ceuta o Melilla.
Artículo 59. Pérdida del derecho a deducir.
Artículo 60. Procedimiento para la práctica de la deducción por maternidad y su pago anticipado.