Gastos no deducibles - Art. 15 LIS 2014 (14 y Disp. Trans. 38ª LIS 2004)

LIS 2014

LIS 2014 - Artículo 15 - Gastos no deducibles

Intereses de demora

STS-3ª-2ª 150/2021 de 8 de febrero (Rec. 3071/2019 - ECLI:ES:TS:2021:433)

"los intereses de demora, sean los que se exijan en la liquidación practicada en un procedimiento de comprobación, sean los devengados por la suspensión de la ejecución del acto administrativo impugnado, tienen la consideración de gasto fiscalmente deducible, atendida su naturaleza jurídica, con el alcance y límites que se han expuesto en este fundamento de derecho [FD 3º]."

La deducibilidad en el Impuesto sobre Sociedadesde los intereses de demora tributarios (AEDAF, 2016)

Art.15.1.e) Donativos y Liberalidades

STS-3ª-2ª 458/2021 de 30 de marzo (Rec. 3454/2019 - ECLI:ES:TS:2021:1233)

"[E]l art. 14.1.e) del Real Decreto Legislativo 4/2004, debe interpretarse en el sentido de que los gastos acreditados y contabilizados no son deducibles cuando constituyan donativos y liberalidades, entendiéndose por tales las disposiciones de significado económico, susceptibles de contabilizarse, realizadas a título gratuito; serán, sin embargo deducibles, aquellas disposiciones -que conceptualmente tengan la consideración de gasto contable y contabilizado- a título gratuito realizadas por relaciones públicas con clientes o proveedores, las que con arreglo a los usos y costumbres se efectúen con respecto al personal de la empresa y las realizadas para promocionar, directa o indirectamente, la venta de bienes y prestación de servicios, y todas aquellas que no comprendidas expresamente en esta enumeración respondan a la misma estructura y estén correlacionadas con la actividad empresarial dirigidas a mejorar el resultado empresarial, directa o indirectamente, de presente o de futuro, siempre que no tengan como destinatarios a socios o partícipes."

LIS 2004

LIS 2004 - Artículo 14 - Gastos no deducibles

LIS 2004 - Disp. Trans. 38ª, en relación con el art. 14.1.i - Gastos derivados de relaciones laborales o mercantiles extinguidas con anterioridad a 1 de enero de 2013