Artículo 53. Normas sobre retención, transmisión y obligaciones formales relativas a activos financieros y otros valores mobiliarios.

LIRnR

La SAN-3ª-2ª 411/2016 de 29 de septiembre de 2016 (Rec. 167/2014, ECLI: ES:AN:2016:3726) (comentario) da la razón al Fondo con sede en Londres y sostiene que no solo es discriminatorio que se le retuviera un 15% por los dividendos pagados (la legislación ya cambió en 2010 corrigiendo esto) sino los dividendos desde que se le practicaron las retenciones.

"...ordenando el pago de los intereses de demora de las cantidades retenidas cuya devolución se reconoce en la Resolución recurrida, desde que se realizó el ingreso indebido hasta que se ordene el pago de dicha devolución."