1967 y ss - Fronteras Seguras y Reconocidas y Retirada de Territorios Ocupados (Consejo de Seguridad Resolución 242 de 22 nov)
La CS Res 242 fue aprobada por unanimidad el 22 nov 1967; su primer borrador se propuso el 7 de nov; los principales artífices de su redacción fueron los británicos, entonces con Harold Wilson de Primer Ministro y Lord Caradon como su embajador en NNUU. Es una resolución muy citada, era el proyecto de paz de la ONU para Oriente Medio (sic) tras la Guerra de los Seis días.
La resolución se adopta al amparo del Capítulo VI (Arreglo Pacífico de Controversias) de la Carta de NNUU y, por ello, tiene el carácter de mera recomendación y no es una resolución vinculante al no haberse adoptado al amparo del Capítulo VII (Acción en caso de amenazas a la paz, quebrantamientos de la paz o actos de agresión), como así lo declara Boutros Boutros Ghali, Secretario General de NNUU, el 19 de marzo de 1992 (UN Press Release SG/SM/4718, pág. 11) y se aclara en una declaración que se hace el día siguiente (DPI del 20 de marzo de 1992):
“[las] resoluciones no basadas en el Capítulo VII son no vinculantes. Para su información, la CS Res 242 (1967) no está basada en el Capítulo VII de la Carta... la resolución no puede ejecutarse al no haber sido adoptada al amparo del Capítulo VII."
No obstante, su peso legal aumenta de alguna manera al haber sido aceptada por las partes implicadas y por la posterior CS Res 338, aunque tampoco ésta es vinculante.
La Resolución dice así:
"El Consejo de Seguridad,
Expresando su constante preocupación por la grave situación en Oriente Medio,
Insistiendo en la inadmisibilidad de la adquisición de territorio por medio de la guerra y en la necesidad de trabajar por una paz justa y duradera, en la que todos los Estados de la zona puedan vivir con seguridad,
Insistiendo además en que todos los Estados Miembros, al aceptar la Carta de las Naciones Unidas, han contraído el compromiso de actuar de conformidad con el Artículo 2 de la Carta,
Afirma que el acatamiento de los principios de la Carta requiere que se establezca una paz justa y duradera en el Oriente Medio, la cual incluya la aplicación de los dos principios siguientes:
a) Retiro de las fuerzas armadas israelíes de territorios que ocuparon durante el reciente conflicto;
b) Terminación de todas las situaciones de beligerancia o alegaciones de su existencia, y respeto y reconocimiento de la soberanía, integridad territorial e independencia política de todos los Estados de la zona y su derecho a vivir en paz dentro de fronteras seguras y reconocidas y libres de amenazas o actos de fuerza;
2. Afirma además la necesidad de:
a) Garantizar la libertad de navegación por las vías internacionales de navegación de la zona;
b) Lograr una solución justa del problema de los refugiados;
c) Garantizar la inviolabilidad territorial e independencia política de todos los Estados de la zona, adoptando medidas que incluyan la creación de zonas desmilitarizadas;
3. Pide al Secretario General que designe un Representante Especial que marche al Oriente Medio, para establecer y mantener contactos con los Estados interesados a fin de promover un acuerdo y de ayudar en los esfuerzos para lograr una solución pacífica y aceptada, de acuerdo con las disposiciones y principios de la presente resolución;
4. Pide al Secretario General que informe lo antes posible al Consejo de Seguridad sobre el progreso de los esfuerzos del Representante Especial.
Aprobada por unanimidad en la 1382ª sesión."
Declaraciones de los intervinientes aclarando el significado de la Resolución.
Es de destacar que la frase casi inicial del preámbulo ("Insistiendo en la inadmisibilidad de la adquisición de territorio por medio de la guerra") difiere del borrador inicial en el que junto a la inadmisibilidad de "adquisición de territorio" se añadía la de la "ocupación militar", por lo que es indudable y generalmente reconocido que el CS no considera la ocupación militar israelí del territorio como ilegítima al ser consecuencia de su autodefensa y hallarse pendiente una paz definitiva entre las partes en conflicto; y ello al margen de que diversos autores consideran que los derechos israelíes sobre Judea, Samaria y Gaza, en general, exceden los de mera ocupación al carecer los mismos de titulares en el momento en que tiene lugar la acción militar que les da el control de los mismos.
EEUU rechazó, a través de su entonces embajador ante NNUU, el magistrado del Tribunal Supremo de EEUU Arthur Goldberg, la petición soviética (ver puntos 117 y ss del doc S.PV/1832 (OR)) para que el texto de la resolución incluyera la frase "refugiados árabes", por lo que el texto final se limitó a referirse a los 'refugiados', sin calificarlos por su origen, esto es, amparando tanto a los refugiados árabes como a los judíos, y otros.
Así, Arthur Goldberg, que fue esencial en la redacción de esta CS Res 242, ha dicho al respecto: “Destaca en la CS Res 242 la ausencia de cualquier referencia a los palestinos, un estado palestino en la Ribera Occidental o la OLP. La resolución aborda el objetivo de ‘lograr un acuerdo justo para el problema de los refugiados.’ Esta dicción se refiere presuntamente tanto a los refugiados árabes como a los judíos, pues en número semejante ambos abandonaron sus casas como resultado de varias guerras….”
La CS Res 242 reconoce el derecho de Israel "a vivir en paz dentro de fronteras seguras y reconocidas y libres de amenza o actos de fuerza" y le impone la retirada de territorios ocupados durante la guerra de 1967 a cambio de "la terminación de todo reclamo y beligerancia, y el respeto y reconocimiento de la soberanía y la integridad territorial y la independencia política de cada Estado de la región, y su derecho a vivir en paz dentro de fronteras reconocidas y seguras, libres de amenazas y actos de fuerza ". La Resolución se basaba en tres ideas:
1- "retiro de las fuerzas armadas israelíes de los terrenos que ocuparon durante el reciente conflicto" [la Guerra de los Seis Días]
la versión en inglés de la resolución (que es la oficial y única vinculante) no dice que hayan de retirarse de "los" territorios, pues carece de ese artículo determinado que sí está en las versiones oficiosas en español y francés, lo cual ha dado luego mucho juego; dice la versión en inglés: "Withdrawal of Israel armed forces from territories occupied in the recent conflict" .
El texto en inglés se corresponde exactamente con el proyecto de resolución que hace el gobierno británico (la propuesta inglesa, S/8247: su traducción al español no es precisa, pues añade un 'todas', antes de 'fuerzas armadas', que no aparece en el origen inglés, pero sí es correcta al no añadir el artículo 'los' antes de territorios).
Hubo otros cuatro proyectos de resolución que finalmente no se sometieron a votación, al renunciar a ellas sus proponentes (ver en pág. 8): la S/8227, de India, Nigeria y Mali, - en español; la S/8229, de EEUU - en español; la S/8236, de la URSS - en español; y la S/8253, también de la URSS - en español.
Durante los debates, expresamente se rechazaron diversos intentos de incluir los términos "all" y "the" y "some" antes de "territories". Uno de los redactores de la resolución aprobada pone en su sitio el asunto:
"Cinco meses y medio de vehemente diplomacia pública durante 1967 dejaron perfectamente claro lo que la ausencia del artículo determinado 'los' de la Resolución 242 significa. Resoluciones ingeniosamente redactadas que pedían retiradas de 'todos' los territorios fueron derrotadas en el Consejo de Seguridad y en la Asamblea General. Portavoz tras portavoz fueron explícitos al afirmar que Israel no debía ser obligado a volver a las 'frágiles' y 'vulnerables' Líneas de Demarcación de los Armisticios, sino que debía retirarse una vez alcanzada la paz a lo que la resolución 242 llamó fronteras 'seguras y reconocidas', acordadas por las partes."
El propio Presidente Kosiguin intenta tal introducción y así lo expone en su carta del 20 de octubre de 1967 al Presidente Johnson de EEUU:
"Esto puede y debe hacerse mediante la rápida adopción, digamos, en el Consejo de Seguridad de una resolución que fué debatida al final de la sesión de Emergencia de la Asamblea General de NNUU y que prevé la retirada de tropas sin demora de los territorios ocupados a las posiciones de 5 de junio de 1967, reconociendo al tiempo el principio de la existencia nacional independiente de todos los estados en esa zona y su derecho a vivir en paz y seguridad."
En su respuesta del 23 de octubre, Johnson le llega a decir a Kosiguin:
"... nos ha sorprendido que sus representantes en Nueva York hayan estado haciendo circular a las delegaciones de la corriente Asamblea General borradores, cuyos textos no son conformes con los acordados en la Sesión de Emergencia. (...) en un contexto de paz ningún estado tiene justificación ni para negarse a retirar sus fuerzas del territorio de otro estado..."
No se ha de olvidar que el territorio ocupado por Jordania, entonces Transjordania, en la Guerra de 1948 nunca fue reconocido por la comunidad internacional como territorio del estado de Jordania (salvo por Paquistán y el Reino Unido, éste excluyendo del reconocimiento a Jerusalén); esto es, ni la Ribera Occidental ni Jerusalén Este eran 'territorio de otro estado'.
La diferencia del lenguaje usado por los presidentes de las dos grandes potencias de la época, que se prolonga en otras cartas (de 18 (?) - K a J -; 19 - J a K -; 20 (?) - K a J -; y 21 - J a K - de noviembre) y en los documentos adjuntos a dichas carta, y el de sus respectivos departamentos, no deja lugar a dudas de que la precisa redacción de la CS Res 242 fue muy calculada y debatida y no fruto de un inadvertido desliz gramatical.
El propio Lord Caradon (Reino Unido), promotor del borrador de la resolución que iba a aprobarse, sostiene ante el Consejo de Seguridad que la va adoptar:
"El borrador de resolución es un todo equilibrado. Añadirle o quitarle algo destruirá su equilibrio y también destruirá la amplitud de acuerdo que juntos hemos alcanzado. Debe considerarse como un todo tal y como está. Creo que hemos alcanzado el estadio en que la mayoría de nosotros, sino todos, queremos el borrador de resolución, todo el borrador de resolución y nada más que el borrador de resolución." (S/PV 1382, pág. 31, de 22 Nov 1967)
Lord Caradon confirmaría esa impresión en una entrevista para la radio Kol Israel en febrero de 1973 cuando, a la pregunta de si "¿de verdad es tan importante el asunto del artículo (determinado) que hay en francés pero no en inglés"? responde:
"Sus propósitos están muy claros, el principio se afirma en el preámbulo, la necesidad de retirada se afirma en la sección operativa. Y luego la frase esencial no suficientemente reconocida es que la retirada debería tener lugar a fronteras reconocidas y seguras, y estas palabras fueron elegidas con mucho cuidado: deben ser seguras y deben ser reconocidas. No serán seguras en tanto no sean reconocidas. Y esa es la razón por la que se debe trabajar por acuerdo. Esto es esencial. Defenderé absolutamente lo que hicimos. No éramos nosotros quienes debíamos fijar concretamente donde debería estar la frontera. Conozco la frontera de 1967 muy bien. No es una frontera satisfactoria, es el lugar en que las tropas debieron parar en 1967, el lugar en que ocurrió que se encontraran esa noche; esto no es una frontera permanente."
Y Lord Caradon volvería a dejarlo claro en 1976 en una entrevista publicada en el Journal of Palestine Studies:
"Podíamos haber dicho: 'Bien, vuelvan ustedes a la línea de 1967'. Pero yo conozco la línea de 1967, y se trata de una línea podrida.
No hay peor línea para una frontera internacional permanente. Era donde se hallaban las tropas una cierta noche de 1948. No guarda relación con lo que la situación requiere. Si hubiéramos dicho que debían volver a la línea de 1967, que es lo que ocurriría si hubiéramos especificado una retirada de todos los territorios ocupados, habríamos estado equivocados".
Y Lord Carandon aún reiteraría:
“Habría sido equivocado pedir Israel que volviera s sus posiciones del 4 de junio de 1967 porque esas posiciones eran indeseables y artificiales.
En última instancia, tan solo eran las posiciones en que los soldados de cada bando se hallaban el día que pararon los combates en 1948. Eran meras líneas de armisticio. Por eso no pedimos que los israelíes volvieran a ellas y creo que actuamos correctamente al hacerlo así.”
Y en la misma idea insistiría misma idea insistiría Michael Stewart, Secretary of State for Foreign and Commonwealth Affairs del Reino Unido, el 17 de noviembre y el 9 de diciembre de 1969, al responder a preguntas en el Parlamento. Y también George Brown, Foreign Secretary británico en 1967, cuando el 19 de enero de 1970 responde al Jerusalem Post, según publica éste el siguiente 23 de enero:
"Me han pedido una y otra vez que aclare, modifique o mejore el texto, pero no tengo la intención de hacerlo. El texto de la resolución fue trabajado muy cuidadosamente, y fue muy difícil y complicado lograr que fuera aceptado por el Consejo de Seguridad de NNUU. Yo formulé la Resolución del Consejo de Seguridad. Antes de someterla al Consejo, se la enseñamos a los líderes árabes. La propuesta decía que 'Israel se retirará de territorios que estaban ocupados' y no de 'los' territorios, lo que significa que Israel no se retirará de todos los territorios."
Arthur Goldberg, jurista académico y representante de EEUU ante el Consejo de Seguridad durante los debates de la Resolución dice (en la S/PV 1377, pág. 37, del Consejo de Seguridad de 15 nov 1967):
"Buscar la retirada sin fronteras seguras y reconocidas... sería tan infructuoso como buscar fronteras seguras y reconocidas sin retirada. Históricamente, nunca ha habido fronteras seguras y reconocidas en esa zona. Ni las líneas de armisticio de 1949 ni las líneas de alto el fuego de 1967 han dado respuesta a esa descripción... aun no se ha alcanzado un acuerdo sobre tales fronteras. Un acuerdo sobre ese punto es algo absolutamente esencial para una paz justa y duradera tanto como lo es la retirada".
Y en ello se reafirmaría durante años, como cuando en 1988 declara:
"La resolución estipula la retirada de territorios ocupados sin definir la extensión de la retirada".
Otros apoyaron también esa interpretación, como Joseph Sisco, alto funcionario senior del Departamento de Estado de EEUU con responsabilidad sobre Oriente Medio, que en una entrevista en la NBC el 12 de julio 1970 dijo:
"Esa resolución [242] no habla de 'retirada a las líneas de antes del 5 de junio'".
Más sobre el tema algo más abajo.
2- finalización de la beligerancia, respetando y reconociendo la soberanía, integridad territorial e independencia política de todos los estados de la zona y su derecho a vivir en paz dentro de fronteras seguras, reconocidas y libres de amenazas o actos de fuerza; y
3- solución al problema de los refugiados, árabes y judíos (como vimos antes), en el marco de un acuerdo de paz sobre la premisa Tierra-por-Paz.
La ONU se comprometía a enviar un mediador para que las partes llegaran a un acuerdo de paz sobre estas bases.
Israel no veía con buenos ojos su retirada de territorios ocupados sin un acuerdo de paz previo y sin que se respetasen sus necesidades de seguridad, pero en diciembre de 1967 aceptó la resolución del Consejo. Los países árabes rechazaban cualquier fórmula que los llevase a un acuerdo de paz con Israel aunque, formalmente, tanto Egipto como Jordania la adoptaron. La OLP no la aceptó hasta finales de los años 80 al considerarla un reconocimiento de facto del Estado de Israel.
Lo cierto es que la iniciativa no prosperó. Con el correr de los años, los líderes de Medio Oriente repetirían su intención de negociar sobre el espíritu de dicha resolución.
Las CS Res 242 y CS Res 338, que la reafirma, piden a Israel su retirada de territorios como parte de un acuerdo de paz. Israel, Estados Unidos y quienes la redactaron la resolución entienden que esta disposición sería parte de un acuerdo de paz e implica la retirada de Israel de territorios de forma consistente con sus necesidades de seguridad. Sin embargo, los palestinos y otros estados miembros de la ONU continúan usando dichas resoluciones para exigir que Israel se retire totalmente de Cisjordania y Gaza.
Lo que los redactores de la CS Res 242 han dicho sobre la misma y, especialmente, sobre las fronteras previstas en la misma, incluye textos de Lord Caradon (Reino Unido), Eugene W. Rostow (EEUU), Arthur J. Goldberg (EEUU), Baron George Brown (Reino Unido) y J.L. Hargrove (EEUU).
Statements Clarifying the Meaning of Resolution 242: (United Kingdom) Lord Caradon, Michael Stewart, George Brown, (U.S.) Arthur Goldberg, Presidente Johnson, Joseph Sisco, Eugene V. Rostow (US-ISR) Vasily Kuznetsov (Brazil) Geraldo de Carvallio Silos.
Uno de los redactores de la CS Res 242, Eugene W. Rostow, escribe el 21 octubre de 1991 sobre el significado de esa resolución y de la CS Res 338 y ofrece luz sobre algunos de los puntos más controvertidos de aquélla y, entre otras cosas dice:
"Resolution 242, adopted after the Six-Day War in 1967, sets out criteria for peace-making by the parties; Resolution 338, passed after the Yom Kippur War in 1973, makes resolution 242 legally binding and orders the parties to carry out its terms forthwith. Unfortunately, confusion reigns, even in high places, about what those resolutions require.
For twenty-four years Arab states have pretended that the two resolutions are "ambiguous" and can be interpreted to suit their desires. And some European, Soviet and even American officials have cynically allowed Arab spokesman to delude themselves and their people--to say nothing of Western public opinion--about what the resolutions mean. It is common even for American journalists to write that Resolution 242 is "deliberately ambiguous," as though the parties are equally free to rely on their own reading of its key provisions.
Nothing could be further from the truth. Resolution 242, which as undersecretary of state for political affairs between 1966 and 1969 I helped produce, calls on the parties to make peace and allows Israel to administer the territories it occupied in 1967 until "a just and lasting peace in the Middle East" is achieved. When such a peace is made, Israel is required to withdraw its armed forces "from territories" it occupied during the Six-Day War--not from "the" territories nor from "all" the territories, but from some of the territories, which included the Sinai Desert, the West Bank, the Golan Heights, East Jerusalem, and the Gaza Strip.
Five-and-a-half months of vehement public diplomacy in 1967 made it perfectly clear what the missing definite article in Resolution 242 means. Ingeniously drafted resolutions calling for withdrawals from "all" the territories were defeated in the Security Council and the General Assembly. Speaker after speaker made it explicit that Israel was not to be forced back to the "fragile" and "vulnerable" Armistice Demarcation Lines, but should retire once peace was made to what Resolution 242 called "secure and recognized" boundaries, agreed to by the parties. In negotiating such agreements, the parties should take into account, among other factors, security considerations, access to the international waterways of the region, and, of course, their respective legal claims.
Resolution 242 built on the text of the Armistice Agreements of 1949, which provided (except in th case of Lebanon) that the Armistice Demarcation Lines separating the military forces were "not to be construed in any sense" as political or territorial boundaries, and that "no provision" of the Armistice Agreements "Shall in any way prejudice the right, claims, and positions" of the parties "in the ultimate peaceful settlement of the Palestine problem." In making peace with Egypt in 1979, Israel withdrew from the entire Sinai, which had never been part of the British Mandate.
For security it depended on patrolled demilitarization and the huge area of the desert rather than on territorial change. As a result, more than 90 percent of the territories Israel occupied in 1967 are now under Arab sovereignty. It is hardly surprising that some Israelis take the view that such a transfer fulfills the territorial requirements of Resolution 242, no matter how narrowly they are construed.
Resolution 242 leaves the issue of dividing the occupied areas between Israel and its neighbors entirely to the agreement of the parties in accordance with the principles it sets out. It was, however, negotiated with full realization that the problem of establishing "a secure and recognized" boundary between Israel and Jordan would be the thorniest issue of the peace-making process. The United States has remained firmly opposed to the creation of a third Palestinian state on the territory of the Palestine Mandate. An independent Jordan or a Jordan linked in an economic union with Israel is desirable from the point of view of everybody's security and prosperity. And a predominantly Jewish Israel is one of the fundamental goals of Israeli policy. It should be possible to reconcile these goals by negotiation, especially if the idea of an economic union is accepted.
The Arabs of the West Bank could constitute the population of an autonomous province of Jordan or of Israel, depending on the course of the negotations. Provisions for a shift of populations or, better still, for individual self-determination are a possible solution for those West Bank Arabs who would prefer to live elsewhere. All these approaches were explored in 1967 and 1968. One should note, however, that Syria cannot be allowed to take over Jordan and the West Bank, as it tried to do in 1970."
En 1970, el entonces Presidente del TIJ, Steven Schwebel, dijo sobre las líneas de armisticio de 1949:
“Si quien antes poseía el territorio [Jordania] lo había ocupado ilícitamente, el estado que luego se hace con ese territorio en el legítimo ejercicio de su derecho de defensa tiene frente al anterior poseedor mejor derecho.”
En diciembre de 2014, Eugene Kontorovich, profesor de la Northwestern University publica: Resolution 242 Revisited: New Evidence on the Required Scope of Israeli Withdrawal; en septiembre de 2015 el autor lo comenta en “Resolution 242 Revisited”: new research on Security Council’s approach to Israel-Arab conflict; antes Yonah Jeremy había hablado del mismo en New study of UN Resolution 242 could alter views of Israeli-Arab conflict (Jan 1, 2015). Kontorovich concluye:
"La letra de la cláusula de retirada de la Resolución 242 es única entre las diecinueve exigencias de retirada aquí descritas. La falta en la misma de un claro mandato de retirada total, si bien no manifiesto abiertamente, deviene más evidente al compararse con disposiciones similares adoptadas por el Consejo tanto antes como después de la Resolución 242. La ocurrencia única del ausente [artículo determinado] “el” sugiere que “retirada de territorios” no es simplemente otra manera de decir todos los territorios, sino que se trata de una diferencia buscada a propósito.
Desde luego, esto no es más que una pieza de prueba a usar en la interpretación. Se puede discutir si es menos importante que la historia de su redacción, el texto en francés de la Resolución 242 y otras disposiciones de la Resolución 242. Pero todos estos factores han sido discutidos ampliamente en ambas direcciones durante décadas, y la nueva prueba puede ser importante para superar el impasse.
Es más, una exploración de cómo fue entendida en la época la norma contra la adquisición territorial – según reflejan los debates y Borradores de Códigos de la Comisión de la Ley Internacional, los escritos de los académicos más importantes y la historia de la redacción de la Declaración de Relaciones Amistosas – muestran que la norma no fue entendida en el sentido de que prohibiera categóricamente tales cambios. Mientras que el ámbito de la norma era incierto, se entendió mayoritariamente que permitía el cambio territorial cuando interviniera el uso legítimo de la fuerza o afectara a territorios no soberanos. Si bien esto cambió rápidamente después de 1967, moviéndose en dirección a la prohibición absoluta, esta no era la norma a la que el preámbulo [de la Resolución 242] se refería. Más bien, se refería a una norma no consolidada pero no absoluta, que podía permitir retiradas incompletas en las circunstancias de la Guerra Árabe-Israelí de 1967.
Finalmente, pudiera ser que nada pueda probar conclusivamente lo que quiso decir la Resolución 242 porque se redactara precisamente para ser ambigua. esto no sería muy sorprendente en un documento más diplomático que legal, documento cuyo propósito era elidir desacuerdos más que destacarlos — más tratándose de un documento negociado entre superpotencias rivales."
The assault on Resolution 242 (Dore Gold, 8 nov 2013), escrito con ocasión de las agrias declaraciones del Secretario de Estado de EEUU Kerry, en Israel, quejándose de los asentamientos 'ilegítimos' de Israel en la Ribera Occidental y Jerusalén Este en medio de las retomadas negociaciones de paz entre Israel y los Palestinos por él auspiciadas, sino forzadas, y cuando se anuncia un posible acuerdo en Ginebra para aliviar las sanciones a Irán (que de facto ya venía suavizando EEUU), muy criticado por Netanyahu.
The Misleading Interpretation of Security Council Resolution 242 (1967) (Ruth Lapidoth, Sep 2011) y Security Council Resolution 242: An Analysis of its Main Provisions (Prof. Ruth Lapidoth, June 4, 2007)
The Territorial Clauses of Security Council Resolution 242 (Amb. Yehuda Blum)
Israel's Right to Secure Boundaries: Four Decades Since UN Security Council Resolution 242 ( Jun 4, 2007) - en este enlace diversos embajadores analizan detalles de la CS Res 242, su significado y su aplicación:
Correcting the Record on Resolution 242 (Amb. Dore Gold)
Contextualizing Resolution 242 (Amb. Meir Rosenne)
Security Council Resolution 242: An Analysis of its Main Provisions (Prof. Ruth Lapidoth)
The Territorial Clauses of Security Council Resolution 242 (Amb. Yehuda Blum)
The Plight of the Refugees and Resolution 242 (Prof. Ruth Lapidoth)
The Principles of Peacemaking (Amb. Richard Holbrooke)
Appendix A – UN Security Council Resolution 242
Appendix B- Statements Clarifying the Meaning of UN Security Council Resolution 242
En el 2010 siguen los esfuerzos diplomáticos internacionales por invalidar la CS Res 242 y reemplazarla por otras que exijan a Israel la retirada completa de todos los territorios capturados en la Guerra de los Seis Días. Hasta hoy, la CS Res 242 ha servido como la única base acorde para todos los acuerdos de paz Árabe-Israelíes, pero hay un deseo creciente de erosionarla por los derechos que recooció a Israel tras la Guerra de los Seis Días.
Informes sobre las Necesidades de Seguridad Críticas de Israel para una Paz Viable
Entrevista oral con Gideon Rafael (Apr 17, 1991), donde habla de la fundación del estado de Israel, la Campaña del Sinaí de 1956 y la Implementación de la CS Res 242 (S/RES/242(1967); Gideon fue pionero de la diplomacia israelí desde 1947, cuando hizo lobby en NNUU en favor del establecimiento del estado judío, ayudó a Moshe Sharett a establecer el Ministerio de AAEE de Israel y encabezó la delegación israelí en la Conferencia de Lausanne de 1949-1950; en 1967 fue el representante israelí ante NNUU, hasta que en 1968 volvió a Israel como Director General de su Ministerio de AAEE; de 1973-1977 fue embajador en Londres.
Entrevista con el Presidente Carter el 8 de agosto de 1977, relacionada con la CS Res 242 y la OLP, poco después de la llegada de Menájem Beguín al Gobierno de Israel y en medio de la preparación de conversaciones de paz a celebrar en Ginebra:
"Si los palestinos reconocen la aplicabilidad de la CS Res 242 sería posible que comenzáramos a conversar con ellos e incluso que puedan participar en las conversaciones de Ginebra. Pero aún no sabemos si lo van a hacer."
DEFENSIBLE BORDERS TO SECURE ISRAEL’S FUTURE (Maj.-Gen. (res.) Uzi Dayan)
Demilitarization – Preventing Military and Terrorist Threats From Within and By Way of the Palestinian Territories (Brig. Gen. (res) Uri Dekel)
Actas del Debate de la Resolución
La S/PV.1382(OR), 22 Nov 1967 recoge las actas del debate de la resolución, donde el representante brasileño reconoce la necesidad de que las fronteras sean negociadas entre las partes.
Mal Uso del Concepto 'Fronteras de 1967'
Fuente: The Fallacy of the “1967 Borders” – No Such Borders Ever Existed (Alan Baker, dec 2010)
Las ahora (2010) denominadas como "Fronteras de 1967" ('1967 Borders') no tienen base histórica, legal ni fáctica: ni existen ni han existido nunca.
Hacen referencia a las posiciones desde las que los ejércitos israelíes inician su ataque en la Guerra de los Seis Días de 1967, esto es, las líneas de demarcación de los Armisticios de 1949, a las que el legendario Ministro de AAEE de Israel Abba Eban denominó, ante NNUU tras la Guerra de los Seis Días, como las 'fronteras de Auschwitz':
"Hemos dicho abiertamente que el mapa nunca volverá a ser el que era el 4 de junio de 1967. Para nosotros, esto es un asunto de seguridad y de principios. El mapa de junio es para nosotros equivalente a inseguridad y peligro. No exagero cuando digo que para nosotros tiene algo de recuerdo de Auschwitz. Se trata de una situación que no volverá a repetirse en la historia."
La única línea de demarcación que ha existido es la del armisticio con Jordania de 1949 (la denominada 'línea verde', por el color con el que aparece marcada en el mapa adjunto al acuerdo de armisticio; ver mapa), basada en las posiciones árabes e israelíes en el momento del cese el fuego de entonces (conforme a lo requerido por la CS Res 62 de 16 nov 1948), que expresamente establece que dichas líneas no tienen significado político ni legal ni prejuzgarán las negociaciones futuras sobre fronteras:
Art. II.2: "2. Reconocen también que ninguna cláusula del presente Acuerdo prejuzgará en ninguna manera los derechos, reivindicaciones y posiciones de ninguna de las Partes en este Acuerdo cuando se llegue al arreglo pacífico definitivo de la cuestión de Palestina, ya que las cláusulas del presente Acuerdo vienen dictadas. exclusivamente, por consideraciones de orden militar."
Art. IV.2: "2. El objetivo esencial considerado al trazar la línea de demarcación del armisticio es el establecimiento de una línea que las fuerzas armadas de las Partes respectivas no deberán cruzar."
Art. VI.8: "8. Las disposiciones del presente artículo no podrán interpretarse en e! sentido de que prejuzgan en forma alguna un arreglo político definitivo entre las Partes de este Acuerdo."
Art. VI.9: "9. La línea de demarcación del armisticio definida en los artículos V y VI del presente Acuerdo es aceptada por las Partes sin perjuicio de ulteriores arreglos territoriales, de! trazado de las fronteras o de las reivindicaciones de cada una de las Partes al respecto."
Y la CS Res 62 ya claramente establecía ese carácter temporal del armisticio: "para facilitar la transición de la presente tregua a la paz permanente en Palestina, se concluirá un armisticio... " e invita a las partes a negociar directamente o por intermedio del Mediador de NNUU "a) el trazado de líneas de demarcación permanentes que las fuerzas armadas de las partes respectivas no deberán franquear".
La CS Res 242 (1967) reconoce la necesidad de negociar unas fronteras seguras y reconocidas, pues las anteriores no pueden considerarse fronteras internacionales (S/PV.1382(OR), 22 Nov 1967: actas del debate de la resolución, donde el representante brasileño reconoce la necesidad de que las fronteras sean negociadas entre las partes).
Los acuerdos OLP-Israel (1993-1999) recogen el compromiso de las partes de negociar unas fronteras permanentes. En ningún momento de sus negociaciones se fijó una frontera basada en las 'líneas de 1967' ni se consideró que tal fuera requisito para nada.
Los líderes de la OLP aceptaron solemnemente que todos los temas relacionados con el status permanente se resolverían solo mediante acuerdos entre las partes. Además, la 'Hoja de Ruta' de 2003 reitera la necesidad de negociar las fronteras finales.
Tras la Guerra de los Seis Días, durante la cumbre de la Liga Árabe del 1 sep 1967 ocho estados árabes deciden lo siguiente (que luego se ha conocido como los Tres Noes de Jartum):
"(...) 3. Los Jefes de Estado árabes han acordado unir sus esfuerzos políticos en los ámbitos internacional y duiplomático para eliminar los efectos d ela agresión y asegurar la retirada de las fuerzas israelíes agresoras de las tierras árabes que han sido ocupadas desde la agresión de 5 de junio. Esto se hará dentro del marco de los principios básicos a que se obligan los Estados árabes, que son, no a la paz con Israel, no al reconocimiento de Israel, no a la negociación con el mismo, y de la insistencia sobre los derechos del pueblo palestino en su propio país."
Resolución muy citada, aprobada tras la Guerra de 1973, insta a las partes a aplicar la CS Res. 242. Ver aquí las sucesivas Resoluciones que se adoptan con ocasión de la Guerra del Iom Kipur de 1973. Dice así:
"1. Insta a todas las partes en la presente lucha a que cesen el fuego y pongan fin a toda actividad militar inmediatamente, a más tardar 12 horas después del momento de la aprobación de esta decisión, en las posiciones que ahora ocupan.
2. Insta a las partes interesadas a que empiecen inmediatamente después de la cesación del fuego la aplicación de la Resolución 242 (1967) de 22 de noviembre de 1967 del Consejo de Seguridad en todas sus partes;
3. .Decide que, inmediatamente y en forma simultánea con la cesación del fuego, se inicien negociaciones entre las partes interesadas, con los auspicios apropiados encaminados al establecimiento de una paz justa y duradera en el Oriente Próximo."
Recuerda las CS Res 338, 340 y 341 (1973), CS Res 346 y 362 (1974), CS Res 368, 371 y 378 (1975) y CS Res 396 (1976), insta la aplicación de la CS Res 338 y prorroga el Mandato de la Fuerza de Emergencia de NNUU.
Recuerda las CS Res 338, 340 y 341 (1973), CS Res 346 y 362 (1974), CS Res 368, 371 y 378 (1975), CS Res 396 (1976) y CS Res 416 (1977), pide informe sobre el cumplimiento de la CS Res 338 y prorroga el Mandato de la Fuerza de Emergencia de NNUU.
Otros documentos y Fuentes
De fronteras, límites y territorios (Marcelo Wio, 2015) - Con un resumen, mapas y citas incluidaos
Legal Foundation and Borders of Israel
The Legal Foundation and Borders of Israel under International Law (Howard Grie, 2008)
FRUS - Foreign Relations of the United States
FRUS - Foreign Relations of the United States - 1964–1968 - Arab-Israeli Crisis and War 1967
FRUS - Administración del Presidente Johnson