Perspectiva presupuestaria del Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica para 2022


DFOE-GOB-MTR-00001-2022

17 de febrero de 2022

5 minutos de lectura

El presupuesto 2022 del Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica presenta disminuciones en relación con el presupuesto inicial 2021 y muestra desafíos ante iniciativas de reformas legales

Los ingresos estimados para el 2022 disminuyen en un 3,9% con respecto al presupuesto inicial 2021, originado principalmente por la no presupuestación de superávit.

Para el año 2022 el presupuesto del Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica (BCBCR) asciende a ¢44.877 millones y presenta una reducción de ¢1.836 millones (3,9%) en relación con el presupuesto inicial 2021, lo cual en primera instancia obedece a que no se incorporan recursos por concepto de superávit.

Cabe mencionar que los ingresos más relevantes del BCBCR son: Transferencias corrientes de Sector Público ¢25.594 millones (57,0%) que provienen del Instituto Nacional de Seguros (INS); Transferencias corrientes del Sector Privado ¢8.242 millones (18,4%), el origen de ambas transferencias es el 4% de las primas de todos los seguros que se vendan en el país e Impuestos sobre bienes y servicios ¢8.061 millones (18,0%) correspondiente al tributo del 1,75% de la facturación mensual por consumo de energía eléctrica[1], los cuales representan el 93,4% del total de ingresos propuestos para el 2022.

En el Cuadro 1 se puede apreciar el comportamiento de los ingresos ejecutados en los años 2019 y 2020, así como los presupuestos iniciales de los años 2021 y 2022:

Cuadro N.° 1
BCBCR: Evolución de los ingresos ejecutados al 31 de diciembre 2019 y 2020 y
presupuestos iniciales 2021 y 2022

-Millones de colones y porcentajes-

BCBCR: Evolución de los ingresos ejecutados al 31 de diciembre 2019 y 2020 y presupuestos iniciales 2021 y 2022
Fuente: Elaboración CGR, con datos del SIPP.

Con base en lo anterior, si bien se estima una disminución del 4,3% (¢373 millones) en las Transferencias corrientes del Sector Privado, se observa que la Transferencia corriente que proviene del INS presenta un aumento del 10,9% (¢2.523 millones), con respecto a lo presupuestado en 2021. Dicha transferencia se ha mantenido constante durante el período 2019-2022 y para el presente año el INS informó mediante oficio PLPRE-00950-2021 de 20 de setiembre de 2021, que el monto a transferir será de ¢25.594 millones.

Asimismo, se muestra una disminución del 9,2% (¢182 millones) en el ingreso por Venta de bienes y servicios, referidos entre otros, a servicios de formación y capacitación que se brindan en la Academia Nacional de Bomberos, servicios de visado y servicios técnicos de ingeniería; por su parte, los Impuestos sobre bienes y servicios aumentan en un 4,9% (¢378 millones) con respecto al presupuesto inicial 2021.

De lo expuesto se desprende que a pesar del impacto en las finanzas públicas producto de la pandemia por COVID-19, los principales ingresos del BCBCR no presentaron una caída significativa durante el período 2020-2021; sin embargo, considerando los datos proyectados para 2022, resulta relevante que la institución contemple distintos escenarios de estimación de ingresos y monitoree factores externos e internos que eventualmente puedan impactar la captación de ingresos.

Los gastos estimados para el 2022 presentan una disminución del 3,9% en relación con el presupuesto inicial 2021, originado principalmente en el decrecimiento de las partidas de Servicios y Cuentas especiales.

El presupuesto del año 2022 presenta una disminución de un 3,9% (¢1.836 millones) respecto al presupuesto inicial de 2021. En el Cuadro N.° 2 se presentan los gastos ejecutados en los años 2019 y 2020, así como los presupuestos iniciales de los años 2021 y 2022:

Cuadro N.° 2
BCBCR: Evolución de los gastos ejecutados al 31 de diciembre 2019 y 2020 y
presupuestos iniciales 2021 y 2022

-Millones de colones y porcentajes-

BCBCR: Evolución de los gastos ejecutados al 31 de diciembre 2019 y 2020 y presupuestos iniciales 2021 y 2022
Fuente: Elaboración CGR, con datos del SIPP.

La partida de Remuneraciones incorpora recursos por un monto de ¢22.986 millones y muestra un crecimiento de ¢693 millones (3,1%) con respecto al presupuesto inicial 2021, dicha suma se destina a la atención de 1.174 plazas y sus respectivas cargas sociales, de las cuales cuatro son plazas nuevas pendientes de aprobación por la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria (STAP)[2], cifra que corresponde al monto incluido en cuentas especiales.

En la partida de Servicios se asigna un monto de ¢6.179 millones, la cual presenta una disminución de ¢1.751 millones (-22,1%) con respecto al presupuesto inicial 2021, y se aplican recursos para el pago de servicios básicos; Alquiler de edificios, locales y terrenos; Servicios de ingeniería y arquitectura, asociados al diseño de estaciones de Bomberos; Servicios de desarrollo de sistemas informáticos, entre otros.

En relación con la partida de Materiales y Suministros se incorpora un monto de ¢2.964 millones y se observa un aumento de ¢46 millones (1,6%) con respecto al presupuesto inicial 2021; dicho rubro comprende la compra de repuestos y accesorios que requiere la flotilla de emergencias y la adquisición de componentes; Textiles y vestuario, para cambio de trajes de protección estructural.

En cuanto a la partida de Activos Financieros se asigna un monto de ¢1.049 millones, la cual presenta una disminución de ¢40 millones (-3,7%) con respecto al presupuesto inicial 2021; se refiere a la proyección del pago del beneficio establecido en la Convención Colectiva vigente, que consiste en el derecho de optar por un adelanto salarial.

La partida de Bienes Duraderos incorpora la suma de ¢5.772 millones y presenta un aumento de ¢84 millones (1,5%) con respecto al presupuesto inicial 2021; se destinan recursos para la finalización de proyectos constructivos como la Isla del Coco, Tortuguero, Naval, además de remodelaciones como Río Cuarto, San Marcos y otras de mediana escala en algunas estaciones, compra de equipo, entre otros.

Con respecto a la partida de Transferencias corrientes se muestra un aumento de ¢71 millones (9,2%) en relación con el presupuesto inicial 2021, los recursos se aplican al pago a la Comisión Nacional de Emergencias para dar cumplimiento al artículo 46 de la Ley N.° 8488, pago de prestaciones legales y la proyección de las prestaciones referidas al pago de subsidio por incapacidad y maternidad.

La partida de Transferencias de capital presenta un crecimiento de ¢54 millones (1,1%) con respecto al presupuesto inicial 2021, los recursos son destinados al “Contrato de Fideicomiso de Titularización de Flujos Futuros del Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica 001-2015” y a la transferencia de recursos hacia la Asociación solidarista.

El análisis realizado, permite determinar que el BCBCR presenta una leve disminución en los gastos propuestos para el periodo 2022 en relación con el presupuesto inicial 2021, y la propuesta de gastos para este periodo se acerca al monto de ejecución presentado en el año 2019, por lo que aún se encuentra sujeto a realizar esfuerzos en la priorización de los gastos para mantener un gasto público eficiente acorde con la realidad económica nacional; donde el uso racional y oportuno de los recursos públicos le permitirá lograr una mayor reducción del gasto que deberá monitorear, con el fin que no se afecte la continuidad de sus servicios.

Reformas legales implican desafíos durante la fase de ejecución del presupuesto institucional.

En la actualidad el proyecto de ley N.° 21.166, denominado “Reforma al artículo 1 de la Ley N.° 8131, Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, de 18 de setiembre de 2001”, tuvo el pasado 13 de enero del año en curso la aprobación en segundo debate por el Plenario Legislativo. La iniciativa legislativa tiene por finalidad adicionar al antepenúltimo párrafo del numeral 1 de la Ley N.° 8131, la inaplicación de la citada Ley al “Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica”, excepto en lo correspondiente al trámite de aprobación de sus presupuestos, así como a lo ordenado en los artículos 57 y 94 y en el título X de dicha Ley.

De acuerdo con la exposición de motivos de dicho proyecto de ley, en relación con el dictamen afirmativo de mayoría de la Comisión Permanente Ordinaria de Gobierno y Administración de la Asamblea Legislativa; lo que implicaría es que una vez que dicha iniciativa se convierta en Ley y comience a regir, el BCBCR no se encontraría en la obligación de someterse a las políticas públicas y disposiciones en materia presupuestaria que establece la Autoridad Presupuestaria; por la naturaleza así como particularidad de las funciones y las actividades que presta de interés público, como por ejemplo entre otros, citan la posibilidad de contar con mayores recursos para llevar a cabo programas de inversiones en el campo de atención de emergencias y capacitaciones.

En línea con lo anterior, no se debe obviar el cumplimiento de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, N.° 9635 que comprende la regla fiscal, por lo que aun y cuando el BCBCR disponga de mayores ingresos producto de la gestión de sus inversiones por ejemplo, entre otros; el gasto estará sujeto a la aplicación de la Ley N.° 9635 que es de acatamiento obligatorio para las instituciones del sector público no financiero, del cual forma parte el BCBCR.

Por otra parte, cabe resaltar que hasta tanto no entre en vigencia la iniciativa que trata el proyecto de ley N.° 21.166, rige lo indicado por el Ministerio de Hacienda en el informe[3] referente a la verificación del cumplimiento de la normativa que le compete a la Autoridad Presupuestaria; siendo que en relación con el presupuesto inicial 2022 el BCBCR debe atender lo dispuesto en los artículos del 25 al 29 de las Directrices[4] Generales de la Política Presupuestaria, esto debido a que la entidad cuenta con inversiones financieras y cuentas bancarias que deben ser trasladadas a cuentas de la entidad dentro de la Caja Única del Estado.

Así las cosas, es importante resaltar que el BCBCR es responsable de la ejecución del presupuesto; por lo que si bien la asignación presupuestaria autorizaría a esa Institución a realizar los gastos, la misma no podría considerarse por su existencia como una obligación para la actuación administrativa, sino que aun cuando entre a regir dicha reforma, mantiene el deber de ejecutar dentro de las posibilidades técnicas, jurídicas y financieras de la institución, dentro de las que está la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, N.° 9635. En este sentido, el BCBCR se encuentra en la obligación de revisar y fortalecer sus procesos y procedimientos internos con el fin de garantizar que la ejecución de su presupuesto atienda los aspectos de legalidad y técnicos enmarcados en el bloque de legalidad vigente.

En conclusión, el BCBCR tiene un presupuesto inicial para el año 2022 que presenta disminuciones respecto al presupuesto inicial 2021; que aunado a cuando rija la reforma de la ley N.° 8131 citada y la obligación de cumplir con la regla fiscal, implica un desafío en el crecimiento deseado por la institución. Es por esta razón, que el BCBCR deberá cumplir con los principios presupuestarios que condicionan y orientan la práctica de la materia presupuestaria, con el fin de brindar sostenibilidad a sus proyectos, mantener la continuidad de los servicios y fomentar los principios de transparencia y rendición de cuentas que exige la ciudadanía y el mismo ordenamiento jurídico.

Notas al pie:
[1] En atención al inciso g), artículo 40 de la Ley 8228.[2] Dictamen “DE-541-2021 BCBCR Presupuesto Ordinario y Plan Operativo Institucional 2022” (página 14), elaborado por la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria en noviembre de 2021.[3] Dictamen “DE-541-2021 BCBCR Presupuesto Ordinario y Plan Operativo Institucional 2022”, elaborado por la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria en noviembre de 2021.[4] Decreto N.° 42909-H del 4 de marzo de 2021.