La Heráldica es el arte de componer e interpretar los escudos de armas. Estos símbolos vinieron a servir como distintivos que identificaban la armadura y otras prendas de vestir de los guerreros. Con la desaparición del caballero medieval desapareció también la necesidad de la heráldica, pero la gente siguió esculpiendo sus "armas" en tumbas, vajillas, carruajes o impresas en papel. El uso del escudo se extendió a las ciudades y naciones.
Las leyes de la heráldica exigen que todo ornamento y elemento del escudo deban tener un significado y representación.
América recibió los emblemas de la monarquía española de los Borbones. Los usamos hasta 1813.
La Soberana Asamblea de 1813 mandó abandonar el antiguo sello que tenía el escudo real español de la conquista, de la colonia y del virreinato, y lo remplazó por otro propio, cuya creación cayó en mano del representante por San Luís a la Asamblea José Donado. El 31 de julio de 1813 el "Redactor de la Asamblea" publicó lo resuelto por la Soberana Asamblea el 12 de marzo del mismo año. "Sesión del sábado 13 de marzo. Hecha moción en este día por uno de los ciudadanos representantes, para que se designase al Supremo Poder Ejecutivo el sello que debía usar en sus diplomas y contestaciones oficiales, se acordó por unanimidad de votos lo que sigue: DECRETO. La Asamblea General ordena que el Supremo Poder Ejecutivo use del mismo sello de este cuerpo soberano....Firmado Dr. Tomás Valle, presidente. Hipólito Vieytes, secretario."
Historia del escudo de la Provincia de San Luís
El 7 de diciembre de 1836, el gobernador, Don José Gregorio Calderón, dispuso la confección de un sello para autenticar los documentos oficiales, que puede ser considerado el primer blasón de la Provincia. El Decreto respectivo lo describió en la forma siguiente:
Artículo 1° Se construirá un sello de cuenta del Estado, que servirá para sellar el papel para todos los usos necesarios de la Provincia.
Artículo 2º Dicho sello será grabado con tinta negra, y en su centro se representarán los tres principales cerros de la Carolina, como el manantial abundante de oro que tiene la Provincia, y sobre ellos el sol en disposición de alumbrar por la mañana, y al pie de los cerros se figurará un cuadrúpedo mirando al sol.
Este astro señala el principio del día, puesto en actitud de alumbrar sobre los cerros por la mañana, y el cuadrúpedo mirando alegre significará el principio de la época de ventura de la Provincia de San Luís, que data desde el año 34 en que enfrentó la audacia de los salvajes después de haber calmado la tormenta de desgracias que la han combatido.
Artículo 3º En el centro y al pie de los cerros llevará la inscripción siguiente: “La Provincia de San Luís al General Rosas” y, en el círculo que sigue: “Gratitud eterna, por su existencia y libertad”.
Sello decretado por José Gregorio Calderón
Después de Caseros, la Legislatura de San Luís, mediante ley promulgada el 10 de junio de 1852, mandó borrar del sello la leyenda alusiva a Rosas, conservando sólo la inscripción: LA PROVINCIA DE SAN LUIS.
En el período gubernativo 1862-1865, aparece un nuevo escudo, estampado como sello de tinta, de forma circular, 12 mm. de diámetro, dividido en dos compás, en el superior, cuatro cerros; el sol naciente con rayos rectos alternados va colocado entre el tercero y cuarto cerro.
En el campo inferior están los dos venados enfrentados, circundando todo con dos ramas de laurel sin atar, lleva la leyenda “Gobierno de San Luís”.
Debido a la variedad de los modelos empleados en los que se advertían diferencias, se hizo necesario dictar la Ley Nº 1640, del 27 de octubre de 1939, que fijó definitivamente los elementos del escudo provincial, aunque sin mencionar sus colores. Dicha Ley expresa:
Artículo 1° El Escudo de la Provincia de San Luís está constituido por los siguientes elementos: a) una elipse circundada por dos ramas de laurel, unidas en la parte inferior por un lazo de cinta con dos colores nacionales que simbolizan nuestras tradiciones emancipadoras; b) cuatro cerros unidos por sus bases, situados en la parte media, que representan las sierras de San Luís; c) el sol naciente de la libertad entre el tercero y cuarto cerro, de izquierda a derecha del observador; d) dos venados frente a frente en el valle al pie de la sierra, representando a la fauna aborigen de la Provincia y recordando el nombre primitivo de la ciudad capital.
Artículo 2º El poder ejecutivo ordenará la confección artística del escudo con sujeción a lo dispuesto en el artículo anterior.
Con fecha 24 de octubre de 1969, el Archivo Histórico de la Provincia produjo el Informe Histórico Nº 106, alusivo a los símbolos del escudo de San Luís, Parte de su contenido expresa:
Sierra: Ofrece en su periferia el aspecto de una elipse de excentricidad marcada, cuyo eje mayor sigue el rumbo del Sudsudoeste al Nornordeste. Abrupta en el Oeste y en el Noroeste, declina con suavidad en la dirección de su eje menor y en sentido hacia el Este.
Venado: El pelaje es pardo rojizo pálido, y sus dos cuernos caducos presentan, cada uno de ellos, una simple bifurcación.
Laurel: Con frutos de escaso diámetro y de tinte castaño rojizo, fue en la antigüedad griega y en la romana un símbolo de gloria, de triunfo y de inspiración.
Cielo: El azul del cielo es el limpio de las regiones montañosas de nuestra patria, al oeste de las llanuras.
Campo Inferior: El verde de las vegas y aledaños aumenta con rumbo al pie de la sierra, en tanto que en el borde inferior, los pastos duros y las rocas libres destacan el verde ceniciento y el gris que las cubre.
Cinta:Los colores patrios, símbolo de unión de los hijos de San Luís y de todos los habitantes de la grande y gloriosa Nación.
Sol: Es el sol naciente, que se representa en círculo con cara joven y con treinta y dos rayos de dos longitudes, pero alternadas.
Finalmente, por haberse producido distintos criterios entre las personas a quienes se encargó la confección artística del símbolo y para subsanar el vacío de la legislación, el Decreto Provincial Nº 800, del 2 de marzo de 1978 establece que el señor Ministro de Gobierno y Educación Dr. Eduardo Bradley con conocimientos suficientes en la materia, determinó los colores del Escudo, tomando en cuenta para ello los elementos constitutivos fijados por la Ley, y sobre la base de éstos materializó artísticamente el símbolo patrio, y dispone en su artículo 1°:
Fíjense [...] los siguientes colores: CIELO: azul celeste; SOL: amarillo claro; SIERRA, tierra siena tostada; VALLE: verde mediano; VENADOS: ocre pálido; CORNAMENTAS: blanco tiza; LAURELES: hojas verdes oscuro brillante; FRUTOS: rojo carmín