Acceso al sistema educativo nacional
¿En qué consiste?
Consiste en garantizar el acceso y calidad de la educación inicial, básica y bachillerato a las y los ecuatorianos que retornan del exterior, mediante la formación integral, holística e inclusiva de niños, niñas, jóvenes y adultos, tomando en cuenta la interculturalidad, la plurinacionalidad, las lenguas ancestrales y género desde un enfoque de derechos y deberes para fortalecer el desarrollo social, económico y cultural, el ejercicio de la ciudadanía y la unidad en la diversidad de la sociedad ecuatoriana.
¿Quiénes pueden beneficiarse?
Se pueden beneficiar las y los hijos de migrantes ecuatorianos que se encuentren en el exterior o que hayan retornado al país, y que deseen acceder al sistema de educación nacional en las escuelas y colegios públicos del país.
¿Cuáles son los requisitos para obtener el reconocimiento de los estudios realizados en el exterior?
Cuando una o un estudiante regresa a Ecuador para continuar sus estudios, y procede de los países que forman parte del CONVENIO ANDRÉS BELLO (Bolivia, Colombia, Cuba, Chile, Ecuador, España, México, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana y Venezuela) así como de Argentina que mantiene un Convenio Bilateral con Ecuador, se necesitan traer los siguientes documentos:
a) Expediente estudiantil (matrículas y promociones originales), de todos los años de estudio en el exterior, estos documentos no necesitan ser apostillados.
b) Documentos de identificación del estudiante: partida de nacimiento o cédula de ciudadanía o pasaporte.
Si se trata de países que no están dentro del Convenio Andrés Bello, necesita traer los siguientes documentos:
a) Expediente estudiantil (matrículas y promociones originales), de los años de estudio en el exterior (apostillado).
b) Traducción de los documentos, si fuese el caso.
c) Documentos de identificación del estudiante: partida de nacimiento o cédula de ciudadanía o pasaporte.
¿Cuáles son los requisitos para acceder al sistema educativo?
• Solicitud dirigida al Director Distrital (obtiene en la ventanilla de Atención Ciudadana).
• Documento de Identidad del estudiante.
• Expediente estudiantil (Matriculas y promociones originales), de todos los años de estudio en el exterior, estos documentos no necesitan ser apostillados, en el caso del Convenio Andrés Bello.
• Expediente estudiantil (Matriculas y promociones originales), de los años de estudio en el exterior (apostillado), cuando no están dentro del Convenio.
• Traducción de los documentos para países que no son parte del Convenio y que no utilicen el español como idioma oficial.
¿Cuál es el proceso a seguir?
• El padre, madre o representante legal del estudiante debe acercarse al Distrito Educativo más cercano al lugar de su residencia en Ecuador y presentar en la ventanilla de Atención Ciudadana los documentos anteriormente mencionados.
• La asignación de cupos se lo realiza considerando el lugar de residencia del estudiante, de acuerdo al Distrito correspondiente, en ningún caso se podrá aplicar en otro Distrito que no corresponda.
• El plantel educativo asignará el cupo de acuerdo a la disponibilidad institucional, caso contrario se dirigirá a otra institución educativa cercana, en todos los casos se asegura el ingreso al sistema educativo.
IMPORTANTE Apostilla:
Es un sello que consta en cada uno de los documentos legalizados que se hace en el país donde proviene el estudiante, significa certificar, documentar o completar. Estos documentos son válidos únicamente entre los países miembros de la Convención de La Haya sobre la Apostilla de 1961.
La educación en Ecuador se desarrolla en dos regímenes Costa y Sierra:
• El año lectivo en régimen costa empieza la primera semana de mayo y concluye en el mes de febrero.
• El año lectivo en régimen sierra empieza la primera semana de septiembre y concluye en el mes de junio.
• Los migrantes retornados pueden ingresar al sistema educativo en cualquier mes, durante el año escolar.
Fuente: Ministerio de Educación
www.educación.gob.ec