Derecho Civil
Se reconoce al matrimonio, como una institución legal y social que establece una unión voluntaria y formal entre dos personas de diferente o mismo sexo con el propósito de compartir una vida en común. En Ecuador en el año 2019, a través de la Sentencia No. 11-18-CN/19 el matrimonio entre personas del mismo sexo se legalizó convirtiéndose en uno
de los pocos países de América Latina en reconocer el matrimonio igualitario.
La causal de adulterio, consta como una de las principales causales de divorcio en el vigente Código Civil de Ecuador. Por ello el objetivo del estudio fue caracterizar el adulterio como causal de divorcio en parejas con género diverso en la Legislación Ecuatoriana. Para ello, se realizó un estudio bajo el enfoque descriptivo, pues al fundamentarse en jurisprudencia, doctrina y ley, se analizó la figura del adulterio establecida en el Artículo 110 numeral 1 “Causal de divorcio por adulterio” del Código Civil. Como resultado se establece que, para poder configurar el adulterio como causal de divorcio, es necesario que se demuestre la existencia de la relación sexual extramatrimonial de manera fehaciente. Se concluye que para que las parejas con género diverso obtengan acceso a la causal de divorcio por adulterio, es necesario añadir que el adulterio también se concrete con “otras prácticas sexuales” y no únicamente por “acceso carnal”.
El propósito es este estudio es caracterizar el adulterio como causal de divorcio en parejas con género diverso en la Legislación Ecuatoriana, su delimitación mostraría un avance en cuanto a la igualdad de derechos entre las parejas homosexuales y heterosexuales, esfuerzos que varios países de Latinoamérica han venido realizando en pro del acortamiento de estas brechas
La normativa ecuatoriana ha obedecido a la clasificación binaria tradicional de la responsabilidad civil, regulando la contractual y extracontractual. Ante esto, ha prevalecido un incansable debate respecto del ámbito de aplicación de cada una. Esta discusión, tanto doctrinal como jurisprudencial, deja un vacío legal en cuanto al régimen aplicable a la hipótesis de daños derivados del incumplimiento de obligaciones cuasicontractuales. El presente artículo tiene como objeto de estudio la delimitación del alcance de la responsabilidad contractual y aquiliana bajo el ordenamiento jurídico ecuatoriano, por medio de un análisis sistémico e integral de la norma. Asimismo, analiza la aplicación de la doctrina mayoritaria y predominante sobre la responsabilidad cuasicontractual bajo el Código Civil, donde se concluye que la responsabilidad cuasicontractual en Ecuador debe regirse bajo las reglas del régimen contractual.