Derecho Constitucional
La metodología de este trabajo es cualitativa, teórica y exploratoria, que invita a los Estados a blindar sus constituciones para que estas no sean vistas solamente como un instrumento simbólico, sino como un instrumento válido que garantice los derechos de sus ciudadanos.
El presente artículo analiza la globalización económica, vista como una amenaza que no solo transgrede la soberanía de los Estados, sino que además vulnera la supremacía constitucional y las facultades de los poderes Ejecutivo y Legislativo, aumentando la brecha social y vulnerando los derechos sociales, económicos, y culturales, trastocando con ello a la democracia y al estado constitucional. Tras exponer de manera rápida sobre la globalización económica, el artículo se centra en explicar el progreso que ha tenido la globalización del derecho constitucional en el contexto latinoamericano y lo que implicaría dicho fenómeno conforme la percepción de Ferrajoli al llevar al modelo constitucional al plano internacional, desde dos perspectivas; por un lado, como una oportunidad de brindar mayor protección a los derechos a través de la incorporación de los tratados y convenios de derechos humanos en la Constitución y desde la perspectiva de ver a la globalización del derecho constitucional como una oportunidad de fortalecimiento para los poderes públicos.
El propósito del estudio es analizar el derecho al recurso, lo cual no es posible sin antes determinar el alcance de la institución que lo sustenta y que permite dimensionar su ámbito de aplicación que es la tutela judicial efectiva. De igual manera, los recursos no son meras formalidades, sino que tienen un abanico
internacional de regulación que ha sido consagrado en diversos instrumentos de carácter internacional.
kayanez@uotavalo.edu.ec
Frank Luis Mila Maldonado
fmila@uotavalo.edu.ec
Universidad de Otavalo. Otavalo, Ecuador
https://revistalex.org - Revista Lex - Volumen 6, No. 20, abril-junio 2023 - ISSN: 2631-2735 - Páginas 119 - 127
En el Estado constitucional de derechos resulta imperiosa la existencia de herramientas procesales que permitan materializar los derechos subjetivos, siendo una de las características esenciales de este modelo de Estado. Por ello, el objetivo del estudio es analizar el derecho al recurso como elemento derivado de la tutela judicial efectiva; bajo una metodología documental, descriptivo, donde se utilizó un enfoque cualitativo, y un método dogmatico-juridico, ya que se analizaron las bases históricas, así como su regulación normativa actual a nivel nacional e internacional. Se concluyó que la tutela judicial efectiva alberga el acceso a la justicia, el derecho a obtener una decisión motivada y fundada en derecho, el derecho a ejecutar dicha decisión y el derecho a impugnar cualquier decisión desfavorable, siendo este último, el aspecto central del estudio, que parte de la idea del recurso como derecho humano, que posee diversos fundamentos dogmáticos, principios y elementos medulares que deben observarse.
El presente artículo se enfocará en analizar cuán efectivas han sido estas figuras para remover del cargo a presidentes. Para alcanzar ese fin, buscará en primer lugar, definir ambas figuras y encontrarle un sentido útil a su existencia; posteriormente, analizará si existen casos en los que se ha intentado aplicar estas figuras políticas y si es que estas tuvieron éxito o fracasaron y, finalmente, determinar si las figuras en estos países son verdaderamente herramientas políticas de control del poder público, o si son solamente figuras retóricas.
Karla Ayerim Yánez
kayanez@uotavalo.edu.ec
Frank Luis Mila Maldonado
fmila@uotavalo.edu.ec
Universidad de Otavalo. Otavalo, Ecuador
En el Estado constitucional de derechos resulta imperiosa la existencia de herramientas procesales que permitan materializar los derechos subjetivos, siendo una de las características esenciales de este modelo de Estado. Por ello, el objetivo del estudio es analizar el derecho al recurso como elemento derivado de la tutela judicial efectiva; bajo una metodología documental, descriptivo, donde se utilizó un enfoque cualitativo, y un método dogmatico-juridico, ya que se analizaron las bases históricas, así como su regulación normativa actual a nivel nacional e internacional. Se concluyó que la tutela judicial efectiva alberga el acceso a la justicia, el derecho a obtener una decisión motivada y fundada en derecho, el derecho a ejecutar dicha decisión y el derecho a impugnar cualquier decisión desfavorable, siendo este último, el aspecto central del estudio, que parte de la idea del recurso como derecho humano, que posee diversos fundamentos dogmáticos, principios y elementos medulares que deben observarse.
El presente artículo se enfocará en analizar cuán efectivas han sido estas figuras para remover del cargo a presidentes. Para alcanzar ese fin, buscará en primer lugar, definir ambas figuras y encontrarle un sentido útil a su existencia; posteriormente, analizará si existen casos en los que se ha intentado aplicar estas figuras políticas y si es que estas tuvieron éxito o fracasaron y, finalmente, determinar si las figuras en estos países son verdaderamente herramientas políticas de control del poder público, o si son solamente figuras retóricas.
Universidad San Francisco de Quito USFQ (Quito, Ecuador)https://doi.org/10.18272/ulr.v7i1.1697Cárdenas Cifuentes, M. «El Impeachment En Los Estados Unidos Y La Muerte Cruzada En Ecuador: Análisis Sobre La Eficacia Legal De Ambas Figuras». USFQ Law Review, vol. 7, n.º 1, septiembre de 2020, pp. 287-05, doi:10.18272/ulr.v7i1.1697.
El impeachment propio de Estados Unidos y la muerte cruzada de Ecuador son dos figuras políticas creadas con un doble fin: primero, demostrar que existe una división clara de poderes en el ámbito gubernamental; y segundo, servir como un mecanismo de checks and balances que controle las actuaciones del poder público, en especial las del presidente de la nación. Como tales, estas figuras tienen un papel importante pues buscan mantener la democracia y estabilidad política, social y económica de los países involucrados. El problema que se presenta al tratar de poner en práctica estas herramientas es que chocan con el poder de los partidos políticos más fuertes. Es así que su efectividad se pone en riesgo y surge la duda de su verdadera utilidad. El presente artículo se enfocará en analizar cuán efectivas han sido estas figuras para remover del cargo a presidentes. Para alcanzar ese fin, buscará en primer lugar, definir ambas figuras y encontrarle un sentido útil a su existencia; posteriormente, analizará si existen casos en los que se ha intentado aplicar estas figuras políticas y si es que estas tuvieron éxito o fracasaron y, finalmente, determinar si las figuras en estos países son verdaderamente herramientas políticas de control del poder público, o si son solamente figuras retóricas que no tienen utilidad práctica puesto que existen barreras para su real y efectiva aplicación.
El presente estudio surgió a raíz de la amplia enumeración de principios como el núcleo para el ejercicio y protección de los derechos garantizados en la Constitución del Ecuador vigente desde el 2008, ante lo cual se ha identificado confusión al invocar términos como aforismos, axiomas, postulados, proverbios, y preceptos, como si se tratara de términos sinónimos.
Magister en Derecho Procesal y Derecho Constitucional
ivancevallosz@hotmail.comCrítica y Derecho: Revista Jurídica. Vol. 4 (6), (enero-julio, 2023). pp. 26-42
El presente trabajo tiene por objeto un análisis sobre el uso y aplicación de los principios y los términos sinónimos, como: aforismo, axioma, postulado, proverbio y precepto, en el marco del derecho, por los cuales se ha generado confusión en el momento de referirse a los principios. El alcance del trabajo comprende la definición, conceptualización, aplicación y diferencias entre el principio y los términos sinónimos en las áreas del derecho, específicamente se distingue la naturaleza y alcance de los principios desde la Ética, la Lógica y el Derecho. Adicionalmente se analiza los principios desde el ius-naturalismos, el ius-positivismo y las diferentes teorías desde Aristóteles hasta el alcance en la Constitución del Ecuador y los cuerpos normativos que los desarrollan como garantía de derechos. El trabajo identifica pautas o metodología para la debida aplicación de cada uno de los términos en análisis, según el aplicador o intérprete de un principio, cuando se trate de solucionar un caso concreto y enfrenta las denominadas antinomia, anomia o laguna normativa. Concluye el estudio determinando las reglas de solución de conflictos de reglas, reglas y principios y principios.
La Corte Constitucional no ha contestado todas las dudas que giran en torno a la aplicación de esta importante figura; fue a partir de la emisión de la sentencia 1024-19-JP/21, en el año 2021, que la Corte ha empezado a desarrollar expresamente algunas pautas para el ejercicio de esta atribución.
Autor: Esteban Javier Polo Pazmiño, Instituto de Altos Estudios Nacionales (Quito, Ecuador), https://orcid.org/0000-0002-9927-388X
Polo Pazmiño, E. J. (2022). La declaratoria de inconstitucionalidad de normas por conexidad en Ecuador. Foro: Revista De Derecho, (38), 53–73. https://doi.org/10.32719.26312484.2022.38.3
Este trabajo aborda una modalidad de control constitucional novedosa en el sistema de justicia constitucional ecuatoriano: la facultad de la Corte Constitucional para declarar de oficio la inconstitucionalidad de normas conexas. La falta de claridad en algunos preceptos normativos que rigen este instituto, su reciente inclusión y la ausencia de estudios académicos específicos ha desembocado en que su alcance continúe siendo una interrogante en varios de sus aspectos relevantes. Los objetivos del trabajo son, por un lado, examinar el desarrollo normativo y jurisprudencial de la declaratoria de inconstitucionalidad por conexidad, a fin de comprender sus características en el diseño jurídico ecuatoriano; y, por otro, identificar los principales nudos críticos que dificultan el adecuado ejercicio de esta herramienta.
Este análisis concluye planteando las razones en defensa de la implementación de un control mixto de constitucionalidad y, por tanto, de una nueva regulación más atenta al sistema garantista propulsado por la Constitución de Montecristi.
El control de constitucionalidad es uno de los temas que han generado mayores debates en el ámbito jurídico ecuatoriano, entre otros factores, aquello se debe a los posibles conflictos normativos que se presentan en la propia Constitución —CRE— al determinarse la coexistencia de dos sistemas: el mixto y el concentrado; esto se ha visto complementado con las indeterminaciones generadas por la normativa secundaria Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional —LOGJCC—, y la contradictoria jurisprudencia de la Corte Constitucional de Ecuador —CCE—. Este trabajo tiene como principales objetivos analizar desde una perspectiva crítica la evolución del control constitucional ecuatoriano desde la aprobación de la Constitución de 2008, determinar los problemas existentes en relación con el control mixto de constitucionalidad; y reflejar la caótica jurisprudencia existente.
En el desarrollo de este artículo se pretende: (i) exponer el contexto de la justicia indígena en Ecuador; (ii) describir las teorías acerca de la acepción del estado constitucional de derechos desde su sentido objetivo; (iii) evidenciar algunos de los conflictos más relevantes en el ejercicio de dos sistemas de justicia en un mismo territorio; y (i
A partir del reconocimiento de la justicia indígena en la constitución de 1998, surgieron una serie de debates acerca de su alcance, límites y prácticas. Las implicaciones de las costumbres aplicadas por los pueblos y nacionalidades tienen tal trascendencia que discuten el concepto mismo de Estado constitucional de derechos establecido en la constitución de 2008. El presente escrito propone un análisis de los conflictos derivados de la convergencia de dos sistemas de aplicación de justicia en un mismo territorio. Además, plantea un estudio de La evolución del concepto de estado de derecho ligado a las nociones de plurinacionalidad y pluriculturalidad contemporáneas. Para concluir esboza un análisis acerca de la limitación de la justicia indígena como una vulneración a su derecho a la cultura, mismo que es reconocido internacionalmente.
A través de la consulta popular “quien decide finalmente la cuestión planteada, como soberano, es el pueblo”. Al respecto, se ha sostenido que “la consulta popular puede tener efectos importantes en el desenvolvimiento de una democracia participativa” y que representa una oportunidad para “activar mecanismos para contar con información desde múltiples perspectivas.
Guerrero del Pozo, J.F., Yépez Idrovo, M.V. «Los límites materiales de la consulta popular en el Ecuador». USFQ Law Review, Vol 8, no 2, octubre de 2021, pp. 183-211, doi: 10.18272/ulr. v8i2.2324. USFQ Law Review • Vol. VIII, Núm. 2 • octubre 2021 • 183
El presente artículo analiza los límites constitucionales de la consulta popular, reconocida en el artículo 104 de la Constitución ecuatoriana. Para ello, primero se examina la importancia de la consulta popular, para luego identificar algunas de sus desventajas, que nos llevan a cuestionar su eficacia para hacer realidad la participación ciudadana. Posteriormente, se justifica la necesidad de realizar una interpretación sistemática de la Constitución para poder determinar el alcance de la consulta popular y se analizan los límites materiales de este mecanismo de participación, sobre la base de una lectura integral del texto constitucional y de una mirada crítica a la jurisprudencia de la Corte Constitucional.
Al buscar términos con los cuales resumir la situación carcelaria acaecida actualmente en Ecuador es posible remitirse al hacinamiento, sobrepoblación, abuso de la prisión preventiva, populismo penal, falta de política criminal, falta políticas públicas con enfoque de derechos humanos (Oña, 2020; Párraga, 2019; Krauth, 2018), entre muchas otras más.
El artículo de investigación tiene como objetivo evidenciar las principales causas que inciden en la crisis carcelaria del Ecuador. Para el desarrollo se ha empleado un enfoque cualitativo con una técnica de entrevistas estructuradas. Resultados: El Ecuador cuenta con un déficit de 9932 agentes de seguridad penitenciaria; no cuenta con políticas públicas con enfoque de derechos humanos; no ha desarrollado su normativa in terna o suscrito convenios internacionales en los últimos cinco años; no garantiza los derechos humanos y constitucionales de las personas privadas de liberta; las reformas del Código Orgánico Integral Penal sobre la imposibilidad de acceder a beneficios penitenciarios en ciertos delitos son contrarios a la Constitución de la República del Ecuador y constituyen vulneración al principio de progresividad y no regresividad.