Derecho de Protección a la Salud y el Paciente

La responsabilidad médica en materia penal y civil

Autor:  Dr. José García Falconí

Catedrático de la Facultad de Jurisprudencia

Universidad Central del Ecuador

Como es de conocimiento general, varias son las causas que contribuyen al inicio de procesos judiciales por la impericia, imprudencia y negligencia médica, por lo que la doctrina señala que en estos casos ha menester una justa reparación, a más que se prive al profesional del ejercicio de la medicina, a fin de que no siga causando daños irreparables por su impericia, imprudencia y negligencia en el ejercicio de su profesión, especialmente cuando pone en riesgo la integridad o la vida de las personas.

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La prueba en los juicios por negligencia médica

Autor:  José Vásquez López

Abogado. Sevilla

 

En Derecho, hay que probarlo todo. El que alega, debe demostrar sus alegaciones, y el que se opone, las causas de su disconformidad. No hay excepciones a esta regla general, salvo por lo que respecta a algunas presunciones que la Ley establece en favor de los que supone más perjudicados por el litigio. Por ejemplo, la inversión de la carga de la prueba en los supuestos de culpa extracontractual del artículo 1.902 del Código Civil. En estos casos, la culpa del agente se presume, obligando a la contraparte a demostrar que se empleó toda la diligencia exigible en la conducta que se enjuicia, y que el hecho no ocurrió "con culpa", sino por otras razones.

 

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Negligencia Médica y el SOAT médico

Autor:  Andrés Villanueva

¿Qué sucede cuando un paciente sale del quirófano como víctima de una negligencia médica?

Las lesiones producidas por los actos del profesional de salud (médico, Obstetras, enfermeras, técnicos, químico farmacéuticos, tecnólogos, etc) se consideran de tipo culposos, porque no hay la voluntad ni la intención de dañar. Los actos culposos tipificados como delitos son: las lesiones culposas y homicidios culposos.

La responsabilidad profesional de los prestadores del servicio médico

Marco jurídico para la solución de controversias en la legislación mexicana.

Autor:   Sociedad Mexicana de Administradores de Instituciones de Salud A.C.

El régimen jurídico de la protección de la salud en México ha tenido siempre un lugar preponderante en la discusión académica y política; sin embargo, recientemente ha tomado una desusada importancia, debido, por un lado, a que constituye la respuesta a una necesidad fundamental del individuo y, por otro, a la enorme complejidad que reviste tanto en los aspectos económicos, técnicos, asistenciales, jurídicos y humanos.

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