Cortes de Justicia

Cortes Nacionales de Justicia

Con la Independencia de Costa Rica, el 15 de setiembre de 1821, los costarricenses se organizaron políticamente y constituyeron un gobierno propio. Para el 1° de diciembre de 1821, los representantes de diferentes ciudades y pueblos de aquel entonces, formularon el Pacto Social Fundamental Interino de Costa Rica, conocido como el Pacto de Concordia, considerado como el primer documento constitucional de Costa Rica.

Cortes Constitucionales

La Corte Constitucional es una institución de la Rama Judicial del Poder Público creada mediante la adopción de la Constitución de 1991 con el fin de guardar la integridad y supremacía de la Carta Política. La Corte está integrada por nueve magistrados, nombrados por el Senado de la República para períodos individuales de ocho años de ternas enviadas por el Presidente de la República, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado. 

Tribunal Constitucional de Chile

 La Constitución Política de 1925 establece, por primera vez en el ordenamiento jurídico chileno, la posibilidad de que la constitucionalidad de la ley fuera controlada por un órgano ajeno al mismo Congreso Nacional. El Art. 86 de dicha Carta estableció, en efecto, el denominado recurso de inaplicabilidad por inconstitucionalidad de la ley, un hito en el Derecho Público chileno, que permitía a la Corte Suprema apreciar si las leyes se adecuaban a la Carta Fundamental. 
El Tribunal Constitucional es el órgano supremo de interpretación y control de la constitucionalidad. Es autónomo e independiente, porque en el ejercicio de sus atribuciones no depende de ningún órgano constitucional. Se encuentra sometido sólo a la Constitución y a su Ley Orgánica - Ley Nº 28301.  Al Tribunal Constitucional se le ha confiado la defensa del principio de supremacía constitucional.