La justicia tributaria que queremos

Rómulo Darío Velástegui Enríquez - Conjuez Sala de lo Contencioso Tributario de la CNJ

La justicia en su concepción básica, es el arte de hacer lo justo y la potestad de atribuir y distribuir a cada uno lo que le corresponde en respeto de sus derechos y en apego a las normas que rigen la sociedad a través de la Constitución, leyes y normas que regulan nuestro sistema de convivencia con parámetros de ética, equidad y honradez, y para este efecto, es importante destacar de qué manera ha evolucionado la Administración de Justicia en el Ecuador y si todos estos elementos confluyen para tutelar los derechos de los ciudadanos. 

En materia tributaria, el artículo 300 de la Constitución de la República, establece los principios aplicables en el Ecuador, esto es, generalidad, progresividad, eficiencia, simplicidad administrativa, irretroactividad, equidad, transparencia y suficiencia recaudatoria, priorizando los impuestos directos y progresivos, para generar tanto en las distintas Administraciones Tributarias como en los contribuyentes o sujetos pasivos la responsabilidad de respetar estos principios constitucionales para contribuir de manera activa con el Estado en sus distintos niveles de Gobierno para la generación de obras públicas y dotación de servicios. 

De la misma manera, en base a estos principios, se debe destacar la evolución positiva respecto de la justicia en materia tributaria en el país, tanto es así que, se han creado nuevos Tribunales Distritales Contenciosos Tributarios, así como un incremento del número de jueces, para poder de esta manera generar oportunidad y simplicidad en favor de cada uno de los contribuyentes que se creyeren afectados y solicitar a los administradores de justicia la reparación de sus derechos desde la adecuada y oportuna administración de justicia; la implantación de Salas Únicas se constituye en un avance para aportar a la tan anhelada transparencia en la administración de justicia en materia tributaria, por cuanto la imparcialidad y la objetividad son parte fundamental de los contenidos de las decisiones y fallos en materia tributaria. 

El ciudadano y las sociedades como sujetos pasivos de las distintas obligaciones tributarias tenemos un rol muy importante en el desarrollo de una verdadera justicia al confrontar con responsabilidad, transparencia y honestidad la obligación que tenemos de contribuir con el Estado, pero no es menos cierto que la administración tributaria como sujeto activo de esta relación jurídica tributaria tiene el deber y la obligación de respetar los derechos de los contribuyentes, observando y ejerciendo en su actuar todos los principios consagrados en la Constitución, pero sobre todo evidenciando la equidad, ni un centavo más ni un centavo menos de lo que en la realidad le corresponde al contribuyente y al Estado por estas obligaciones legales. 

Es conveniente referir la positiva prontitud en el despacho de causas de la Sala Especializada de la Corte Nacional de Justicia en materia Contenciosa Tributaria, mucho más con la expedición del Código Orgánico General de Procesos publicado en el Suplemento del Reg. Of. 506 el 22 de mayo de 2015, que en sus Artículos 12 y 270 disponen que los Conjueces Nacionales tienen la responsabilidad de realizar las admisiones de los recursos de casación de manera unipersonal, estableciendo de esta manera celeridad en la admisibilidad de las causas para que consecuentemente los Jueces Nacionales de acuerdo a su competencia puedan conocer cada una de las causas para expedir los fallos correspondientes en respeto a la Constitución de la República, Leyes y normas aplicables, más aún con la implementación del sistema procesal oral a cada materia. 

No se puede obviar lo fundamental del rol de los Jueces de instancia como la de los Jueces Nacionales Contenciosos Tributarios, para ejercer de manera imparcial e idónea justicia con equidad a través de sus fallos y, en el caso de la Corte Nacional de Justicia generar verdaderos precedentes jurisprudenciales al servicio de los ciudadanos en respecto a la seguridad jurídica. 

Por todo lo expuesto, la única manera de llegar a la justicia tributaria en el Ecuador deberá ser, empoderándonos de cada una de nuestros derechos, pero también de nuestras correspondientes obligaciones ya sea como Contribuyentes, Administradores Tributarios y Administradores de Justicia en esta materia; solo de esta manera alcanzaremos la justicia que queremos.