Articulo 28 - Obligaciones de los Miembros de la Iglesia

Artículo 28

Creemos -toda vez que esta santa congregación1 es una reunión2 de los que son salvos, y que fuera de ella no hay salvación-, que nadie, de cualquier condición o cualidad que sea, debe permanecer aislado para valerse por su propia persona; sino que todos están obligados a ella y reunirse con ella; manteniendo la unidad de la Iglesia, sometiéndose a su enseñanza y disciplina, inclinándose bajo el yugo de Jesucristo3, y sirviendo a la edificación de los hermanos4, según los dones que Dios les ha otorgado, como miembros entre sí de un mismo cuerpo. Para que esto es pudiera observar mejor, es deber de todos los creyentes -según la Palabra de Dios- separarse de aquellos que no son de la Iglesia5, y unirse a esta congregación6 en cualquier lugar donde Dios la haya establecido; aún en el caso que los magistrados y los edictos de los Príncipes estuviesen en contra de ello7, y que la muerte o algún otro castigo corporal pendiese de eso mismo7. Por lo tanto, todos aquellos que se separan de ella o que no se unen a ella, obran contra la establecido por Dios.

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1. Heb.2:11-112.

2. Sal.22:22.

3. Mt.11:28-30.

4. Ef.4-12.

5. Is.49:22; 52:11-12; Ap.17:2; 18:4.

6. Heb.10:25.

7. Hch.4:19.