6. DERECHO LABORAL

EL DERECHO AL TRABAJO

1.- El Derecho laboral.- El ser humano, como ser social, necesita unas normas que regulen su convivencia, para lo que surge el Derecho, conjunto de leyes que regulan la vida en todos sus aspectos. Uno de esos aspectos es el trabajo, regulado por el derecho del trabajo.

Por tanto, el derecho del trabajo, o derecho laboral, se puede definir como la rama del derecho que regula el trabajo. Pero no todo tipo de trabajo, sino sólo el que reúne las características que establece el artículo 1 del Estatuto de los Trabajadores: trabajo humano, personal, libre y voluntario, dependiente, por cuenta ajena y remunerado.

2.- Derecho Humano.- El derecho al trabajo es el derecho humano fundamental por el que toda persona tiene el derecho al trabajo, a la libre elección del mismo, a condiciones satisfactorias de trabajo, a la protección contra el desempleo, con igualdad salarial, remuneración digna, protección social y derecho de sindicación.

3.- El Estatuto de los Trabajadores fue aprobado y publicado en el Boletín Oficial del Estado el 14 de marzo de 1980. Tras diferentes modificaciones, actualmente está regulado en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

4.- El artículo 35 de la Constitución Española de 1978, establece:

"Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo."

Pincha en el enlace para saber más sobre el Derecho al Trabajo como un Derecho Humano:

https://www.unidosporlosderechoshumanos.es/what-are-human-rights/videos/workers-rights.html 

REGULACIÓN DEL DERECHO AL TRABAJO

1.- Las normas laborales se clasifican y ordenan en base a un principio de jerarquía normativa, según el cual las normas de rango inferior deben respetar lo dispuesto por una norma de rango superior, de manera que no podrán empeorarlo, pero sí mejorar las condiciones.

Esta sería la estructura jerárquica de las normas que regulan el derecho del trabajo:

La Administración Laboral es la que se encarga de llevar a cabo estas leyes y normas, como desarrollo del poder ejecutivo que ostentan:

DERECHOS Y DEBERES DE LOS TRABAJADORES

1.- DERECHOS

Podemos diferenciar tres tipos de derechos:

A. Derechos básicos de los trabajadores (reconocidos en la Constitución): Art.4.1 del Estatuto de los Trabajadores:

  • Al trabajo y libre elección de profesión u oficio.
  • Libre sindicación.
  • Negociación colectiva
  • Adopción de medidas de conflicto colectivo.
  • Huelga.
  • Reunión.
  • Participación en la empresa.

B. Derechos derivados de la relación laboral (Art. 4.2 ET):

  • A la ocupación efectiva.
  • A la promoción y formación profesional en el trabajo.
  • A no ser discriminados.
  • A su integridad física y a una adecuada política de seguridad e higiene.
  • Al respeto a su intimidad y a la consideración debida a su dignidad.
  • A la percepción puntual de la remuneración pactada o legalmente establecida.
  • Al ejercicio individual de las acciones derivadas de su contrato.
  • Todos aquellos que se deriven de su contrato de trabajo.

C. Derechos en materia de prevención de riesgos (Ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/1995, de 8 de noviembre):

  • Protección de la salud.
  • Información, consulta y participación.
  • Formación.
  • Vigilancia periódica de la salud.
  • Abandono del puesto de trabajo en caso de peligro grave e inminente.

2.- DEBERES  (Art. 5 ET)

  • Cumplir con las obligaciones concretas de su puesto de trabajo de buena fe y diligentemente.
  • Observar las medidas de seguridad e higiene que se adopten.
  • Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario.
  • No concurrir con la actividad de la empresa (no competencia).
  • Contribuir a la mejora de la productividad.
  • Cuantos se deriven del contrato de trabajo.

TAREA

Vamos a reflexionar sobre la incidencia del coronavirus en el derecho al trabajo.

1.- Lee este artículo publicado en El País el 18 de marzo de 2020 y haz un listado con los nueve puntos clave de las medidas tomadas por el gobierno para superar la crisis sanitaria, atender a la población perjudicada por la casi total paralización de la actividad económica y evitar un colapso económico que nos adentre en una crisis profunda.

TAREA SOBRE DERECHO LABORAL

Responde a las siguientes cuestiones:

1.- Señala, de entre los siguientes derechos, cuáles están considerados por la Constitución Española derechos fundamentales:

2.- En caso de conflicto de normas, ¿cuál de las siguientes prevalecerá? 

3. Señala cuál de las siguientes fuentes del Derecho del Trabajo no provienen del Estado: 

4.- Señala cuáles de las siguientes actividades están excluidas del Derecho Laboral: 

5.- ¿Cuáles de los siguientes derechos están considerados como derechos básicos de los trabajadores?