Convalidación de firmas
OBJETIVO
Cumplir con los requisitos de legalidad para los registros en los que se haya omitido la firma del funcionario que debió hacerlo.
ALCANCE
Este procedimiento aplica a las áreas de Registro Civil.
RESPONSABLE
Director General de Registro Civil, Identificación y Cedulación o su delegado.
DEFINICIONES
Convalidación.- Validar la firma en un registro, en el que se haya omitido la del funcionario competente, a fin de confirmar su legalidad.
REQUISITOS
- Copia del Acta o Actas a convalidar.
- Listado de las Actas a convalidar, conteniendo nombres y apellidos, tomo, página, acta y año respectivo; y tipo de registro.
- Copia integra o certificada de las actas mutiladas, expedidas en cualquier tiempo; o,
- Informe del Jefe de Registro Civil, Identificación y Cedulación dirigida al Director General de Registro Civil,Identificación y Cedulación, o su delegado.
PROCEDIMIENTO
- Presentación de informe al Director General de Registro Civil, Identificación y Cedulación.
- Revisión de requisitos.
- Disposición del Director General de Registro Civil, Identificación y Cedulación o su delegado, ordenando la legalización de las actas en que se hubiere omitido la firma de quien debía hacerlo o al funcionario a cuyo cargo se encuentre el registro.
- Recepción de disposición.
- Obtención de documentos fuente.
- Convalidación de firmas en Actas.
- Envió de documentos convalidados, mediante informe, a departamento de archivos.
- Informe de cumplimiento de disposición al Director General de Registro Civil, Identificación y Cedulación o su delegado.