Convalidación de firmas
Convalidación de firmas
OBJETIVO
Cumplir con los requisitos de legalidad para los registros en los que se haya omitido la firma del funcionario que debió hacerlo.
ALCANCE
Este procedimiento aplica a las áreas de Registro Civil.
RESPONSABLE
Director General de Registro Civil, Identificación y Cedulación o su delegado.
DEFINICIONES
Convalidación.- Validar la firma en un registro, en el que se haya omitido la del funcionario competente, a fin de confirmar su legalidad.
REQUISITOS
- Copia del Acta o Actas a convalidar.
- Listado de las Actas a convalidar, conteniendo nombres y apellidos, tomo, página, acta y año respectivo; y tipo de registro.
- Copia integra o certificada de las actas mutiladas, expedidas en cualquier tiempo; o,
- Informe del Jefe de Registro Civil, Identificación y Cedulación dirigida al Director General de Registro Civil,Identificación y Cedulación, o su delegado.
PROCEDIMIENTO
- Presentación de informe al Director General de Registro Civil, Identificación y Cedulación.
- Revisión de requisitos.
- Disposición del Director General de Registro Civil, Identificación y Cedulación o su delegado, ordenando la legalización de las actas en que se hubiere omitido la firma de quien debía hacerlo o al funcionario a cuyo cargo se encuentre el registro.
- Recepción de disposición.
- Obtención de documentos fuente.
- Convalidación de firmas en Actas.
- Envió de documentos convalidados, mediante informe, a departamento de archivos.
- Informe de cumplimiento de disposición al Director General de Registro Civil, Identificación y Cedulación o su delegado.