¿Qué es el Derecho?
Es el conjunto de normas jurídicas vigentes en una sociedad y que conforman un sistema.
Fuentes del Derecho Positivo.
EL Derecho Positivo tiene su origen en las siguientes fuentes.
La ley en sentido amplio.
La doctrina.
La jurisprudencia.
Los usos y costumbres.
La ley
Es la fuente del Derecho más importante. El término “Ley” tiene dos sentidos:
Un sentido restringido, que se refiere solo a las normas jurídicas sancionadas por el Congreso o Poder Legislativo, de acuerdo con el mecanismo establecido en la Constitución Nacional.
Sentido amplio, incluye también las normas jurídicas dictadas por cualquier otra autoridad competente, como el Poder Ejecutivo, los Municipios, la Asamblea Constituyente etc. En este sentido, los Decretos del Poder Ejecutivo, las Ordenanzas Municipales, la Constitución Nacional, los Edictos Policiales, son leyes.
Características de la Ley
Las Leyes son:
Obligatorias, porque deben ser obedecidas por todos los habitantes del país, sean de nacionalidad argentina o extranjeros.
Generales, porque regulan todas aquellas situaciones semejantes comprendidas en el texto de la Ley.
Estables, porque están vigentes en el tiempo hasta que sean derogada por otra Ley.
Entrada en vigencia de las leyes.
Para que las leyes sean obligatorias para los habitantes es necesario que se publiquen en un diario especial llamado Boletín Oficial.
Una vez publicadas, entran en vigencia en la fecha establecida en el texto de la Ley.
Si esa fecha no está indicada, la entrada en vigencia se produce ocho días después de su publicación en el Boletín.
Orden jerárquico de las leyes.
La Constitución Nacional es la Ley suprema de la Nación porque sientan las bases de la Organización Jurídica del país y los derechos y garantías fundamentales para los habitantes, como: Derecho a la igualdad, al trabajo, a la propiedad privada, a la libertad. Se ubican en primer lugar la Constitución Nacional y varios Tratados Internacionales referidos a garantías fundamentales de los seres humanos (Derechos Humanos, no discriminación racial, repudio al genocidio, derechos del niño).
Los Decretos, ordenanzas y dictámenes ministeriales están por debajo de las leyes y deben respetar el contenido de ellas.
Para entrar en tema y poder realizar la tarea, primero debemos leer toda la Teoría, luego con un diccionario armaremos un glosario de las palabras que no conocemos o no estamos familiarizadas con ellas. Al conocer sus significados podremos entender de que se trata.
Glosario
Constitución Nacional.
Poder Ejecutivo
Poder Legislativo:
Poder Judicial:
Ley suprema:
DDHH.
Normas Jurídicas:
Asamblea Constituyente:
Decretos:
Ordenanzas municipales:
Edictos policiales:
Boletín Oficial:
Tratados Internacionales:
Garantías fundamentales:
Dictámenes ministeriales:
Derogar :
Importante:
Realizar la tarea en casa, no olvidemos que este no es tiempo de vacaciones, es momento de distanciamiento social, por la pandemia del coronavirus, solo podemos comunicarnos de manera virtual, seamos responsables de nuestras actos, solo así saldremos adelante.
Manos a la obra, nos encontramos pronto en la escuela.
La Doctrina: los estudiantes del Derecho, expertos en determinados temas, conocidos como doctrinarios, investigan, estudian, y opinan sobre el alcance de las leyes.
El conjunto de las opiniones de estos juristas se denomina doctrina. Si bien no tiene carácter obligatorio como las leyes, la doctrina ejerce una gran influencia en los jueces, por su calidad y seriedad. En este sentido la Doctrina se convierte en Fuente del Derecho.
La Jurisprudencia: los jueces están obligados a dictar una sentencia que dé por concluido el juicio iniciado. Aplican todas las leyes que correspondan al caso, tienen en cuenta la opinión doctrinaria y consultan las sentencias anteriores dictadas por otros jueces en casos similares. (El conjunto de las sentencias judiciales se denomina Jurisprudencia, que es una Fuente del Derecho porque contribuye a interpretar y aclarar el sentido de una Ley, al igual que la Doctrina). La Jurisprudencia también subsana vacíos de la legislación, es decir, las situaciones no previstas por las leyes.
Los usos y costumbres: son aquellos comportamientos constantes y uniformes que son realizados a lo largo del tiempo, realizados por la generalidad de las personas, con la convicción de que no son contrarios a la Ley y de que son aceptados por todos.
A veces los usos y costumbres son contrarios a las leyes vigentes pero, pero tienen tal fuerza que producen la modificación de esas leyes o el dictado de otras nuevas. Ejemplo: durante muchos años los comerciantes y empresarios pagaban a sus proveedores con cheques de fechas muy posteriores a las del pago, aunque la ley escrita solo admita el cheque como una orden de pago al día de la emisión, de tal modo que el cheque se usaba como un instrumento de crédito. Este uso se generalizo tanto que se dictó una nueva Ley que regula el “cheque de pago diferido” esto es, el cheque con fecha posterior.
Actividad: leer el material de estudio, completar la carpeta.
Si tenemos en cuenta que “las leyes son obligatorias para todos los habitantes”: cumplí con las leyes, quédate en casa.
YoMeQuedoEnCasa.
En los encuentros anteriores fuimos leyendo el material y conociendo el significado de algunas palabras que no estamos acostumbrados a utilizar.
En esta clase, vamos a releer el material anterior y contestaremos las preguntas que a continuación nos vamos a preguntar.
1- ¿Qué es el Derecho?
2- ¿Qué es la Ley?
3- Nombrar las características de la Ley
4- Según la pirámide, nombrar según corresponda, el Orden Jerárquico de las leyes.
5- Cuando y como entran en vigencia las leyes.
6- ¿En qué fuentes tiene su origen el Derecho Positivo?
Hola chicos hoy comenzamos un nuevo tema, solo tienen que leer y completar la carpeta.
Concepto de Persona.
La Ley establece que son personas todos los entes que pueden adquirir Derechos y contraer Obligaciones.
Las Personas, entonces, pueden ser:
Ø Personas de existencia visible, o personas físicas.
Ø Personas por nacer.
Ø Personas de existencia ideal, o personas jurídicas.
Personas de existencia visibles o físicas.
Son personas de existencia visible porque presentan signos característicos de los seres humanos, sin distinción de cualidades intelectuales ni físicas.
Personas por nacer.
Desde el momento de la concepción y durante todos los meses de gestación hasta la fecha de nacimiento.
Como todas las personas, las Personas por Nacer pueden adquirir algunos derechos que se adquieren en forma definitiva solamente en el caso de que el feto nazca con vida.
Por ejemplo:
Ø Durante el embarazo, el papá de Mariana, abuelo de María Florencia, puede expresar por escrito el deseo de que su nieta reciba una casa de su propiedad cuando el muera, es decir el abuelo puede dejar un testamento a su favor.
Ø El Derecho de la nieta de recibir esa casa solamente queda firme cuando se comprueba que María Florencia nace con vida.
Personas jurídicas o de existencia ideal.
El Derecho define a estas como todos aquellos entes que pueden adquirir derechos o contraer obligaciones, pero que no son personas físicas.
Se trata de Instituciones, agrupaciones de personas o entidades tales como los clubes de futbol, las asociaciones de profesionales, las escuelas, los sanatorios, las empresas, las sociedades de fomento, el Registro Civil, etc.
Ø Tienen una personalidad propia, independiente y distinta de las personas físicas que las forman.
Existencia y fin de las Personas Fisicas.
Ø Para la Ley, la existencia de las personas físicas comienza desde la concepción y su fin se produce con la muerte natural.
Ø También se produce su fin cuando hay ausencia con presunción de fallecimiento. Esto tiene lugar cuando un Juez, a pedido de los parientes más directos, declara que una persona se ha ausentado o desaparecido de su domicilio sin que se tengan noticias de su paradero, durante un tiempo que está fijado por la Ley. Solo con esta declaración judicial, la ausencia de una persona tiene efectos semejantes al fallecimiento.
No estamos de vacaciones, seguimos aprendiendo.
Clase 5- Derecho. 5to A
Actividades.
Atributos de la personalidad.
Todas las personas físicas tienen un conjunto de características. Los atributos constituyen derechos y deberes de las mismas:
Ø El nombre
Ø El domicilio
Ø El estado civil
Ø La capacidad.
El nombre: es la forma de identificar a una persona. Cuando se hace referencia al nombre de una persona, se utiliza el concepto en un sentido amplio que incluye el nombre de pila de la persona.
Ejemplo: Nombre, Juan Carlos Apellido, Benítez.
La ley también admite que se agregue como segundo apellido el de la madre.
Ejemplo: Apellido, Ocampo.
En este ejemplo podemos observar que esta persona tiene como nombre que lo identifica de: Juan Carlos Benítez Ocampo.
El domicilio: se denomina domicilio real el lugar físico donde las personas residen y que comúnmente se identifica con una dirección (calle, número, localidad).
Ejemplo: Boulevard Yuquerí 2050. Concordia.
Existe además el domicilio legal. Que es el lugar donde la ley entiende que una persona reside de una manera permanente para ejercer sus derechos y cumplir sus obligaciones, aunque de hecho no esté allí presente. Este domicilio legal está fijado en la ley y no admite prueba en sentido contrario.
El estado civil: es la posición jurídica que ocupa una persona con relación a la familia. El estado puede ser:
Ø Soltero, la persona que nunca contrajo matrimonio.
Ø Casado, quien contrajo matrimonio y mientras no lo disuelva.
Ø Divorciado, quien contrajo matrimonio y luego disolvió el vínculo.
Ø Viudo, el cónyuge sobreviviente.
Ø Con relación a la sociedad, el estado de las personas se divide en nacionales y extranjeros.
La capacidad: es la aptitud que las personas tienen para adquirir derechos y contraer obligaciones. La capacidad puede ser:
Ø De derecho: es la facultad de ser titular de derechos y obligaciones.
Ø De hecho: es la posibilidad de ejercer por si misma estos derechos y obligaciones.
Las personas por nacer pueden recibir bienes por herencia (capacidad de derecho) pero no tienen la capacidad para aceptar la herencia, sino a través de sus padres (incapacidad de hecho).
Las personas por nacer, así como los menores de edad, pueden figurar como dueños de una casa (ser titulares del derecho de propiedad), pero no pueden venderla (ejercer el derecho de disponer por si mismos) ni alquilarla (ejercer el derecho de administrarla), sino a través de sus padres o representantes legales.
Leer el material y completar la carpeta, nos vemos pronto.
#QuedateEnCasaNosSeguimosCuidando.
Profesora: Stella Baglietti
Teniendo en cuenta la realidad por la que está atravesando la sociedad en su conjunto y donde cada individuo se ve afectado de una u otra manera, sin distinción de clases sociales, etareas, raciales, religiosas o ideológicas, es que les propongo repasar lo aprehendido en este 1er periodo que ha culminado: la tarea a realizar es que relean lo trabajado y que en pocos renglones puedan explicar y relacionar los temas estudiado con la Pandemia Sanitaria y la situación que cada uno está viviendo , intenten volcar en el relato su realidad cotidiana, y lo que les está pasando. Reflexionen y piensen desde sus propias vivencias personales o familiares de manera objetiva como esta cuarentena los afecta desde lo personal, familiar, pasando por el Derecho a la vida, a la Educación, a las Libertades individuales, a la Seguridad, que cada uno de nosotros tenemos por el solo hecho de ser Personas de Derecho, teniendo en cuenta que con cada Derecho otorgado, también tenemos un Deber que cumplir, reconociendo las distintas maneras que puedan verse vulnerados o no, nuestros Derechos por las tomas de decisiones políticas que toma el Estado y que todos tenemos que cumplir en una sociedad organizada.
Clase 7- Derecho 5to. Año
Profesora: Stella Baglietti
Actividades.
Después de haber repasado lo trabajado anteriormente, seguimos avanzando en este camino distinto de aprendizaje a distancia y de manera virtual teniendo como fin último no perder el contacto entre docente –alumno y poder así seguir proyectando nuestro futuro en un tiempo no muy lejano.
Como ya vimos en temas anteriores, seguimos aprendiendo a conocer nuestros Derechos, pero siempre teniendo en cuenta que mis Derechos terminan cuando comienza el Derecho del otro.
En esta actividad vamos a trabajar el Patrimonio y los Bienes.
EL Patrimonio.
El Patrimonio es el conjunto formado por la totalidad de los Bienes de una persona, e incluye también el conjunto de sus deudas. Es una universalidad, un todo, no se refiere a un solo Bien o Derecho. Todas las personas tenemos un Patrimonio, por escaso que este sea.
Los Bienes
Para el Derecho, todos aquellos objetos materiales que tienen un valor económico se denominan cosas. Todo lo que ocupa un lugar en el espacio, se trate de un elemento sólido, liquido o gaseoso, es, en términos jurídicos, una cosa.
Sin embargo, el Derecho no solo se ocupa de los objetos materiales, sino también de los objetos inmateriales que tienen valor económico. Estos, a diferencia de las cosas, no están compuestos de materia, sino que son objetos ideales, productos intelectuales. Los objetos inmateriales, que también se denominan derechos, se clasifican en personales, reales e intelectuales.
Son personales cuando se refieren a la relación jurídica con otras personas, por ejemplo: el derecho del propietario a cobrar el alquiler.
Son reales los que se ejercen sobre las cosas de una persona, como el derecho de propiedad sobre una casa.
Son intelectuales los derechos que se ejercen sobre un producto creado por la persona, por ejemplo: el derecho de autor, el derecho del inventor sobre su invento.
Todas las cosas y los objetos inmateriales o derechos se denominan Bienes.
A continuación les explico que tenemos que hacer.
Transcribir y leer todo el material de esta actividad, porque en la próxima, realizaremos las respuestas a las preguntas que enviare para dar por terminada esta unidad de trabajo y así continuar con el resto de los temas.
Buena suerte con las actividades y a cuidarse mucho.
Hola chicos, espero se encuentren bien, a continuación responderemos algunas preguntas desde concepto de persona en adelante, para dar por terminado y trabajado estos temas.
1-Nombrar los distintos tipos de persona que establece la Ley.
2- Explicar los derechos del niño por nacer y como se adquieren de forma definitiva.
3- Según la Ley, ¿Cuándo comienza la existencia y fin de la persona física?
4-Nombrar los atributos de la personalidad.
5- como está compuesto el nombre de una persona, dar ejemplo.
6- Explicar los distintos estados de una persona, cuando es sotera, casada, divorciada y viuda.
7- Según el Derecho. ¿Qué son los Bienes de una persona?
Suerte con la tarea, ya falta poco. Cuídate.
Actividad Final de Derecho.
Profesora: Baglietti, Stella Maris. 5to A
¿Qué es el Derecho?
¿Cuándo entra en vigencia una Ley?
Según la pirámide, enumerar el orden jerárquico de las leyes.
Nombrar los distintos tipos de personas que establece y reconoce la Ley.
De los atributos de la personalidad, explicar La Capacidad.
¿Todas las personas, tienen bienes? Justificar la respuesta.
Explicar que significa esta sigla: DDHH.
A que se le llama: Boletín Oficial.
Explicar existencia y fin de las Personas Físicas.
Explicar Capacidad de Hecho. Capacidad de Derecho.
Responder la consigna que ya falta poco para las vacaciones.