F. El diaconado y el sacerdocio
164. La misión de predicar es la misión específica confiada a la Orden por la Iglesia. Por nuestra profesión estamos «dedicados de una manera nueva a la Iglesia universal, completamente entregados a predicar la palabra de Dios en su totalidad» (LCO 1, III).
165. El ministerio de la palabra está en conexión íntima con los sacramentos y se completa en ellos (cf. LCO 105). Así, hay un nexo natural entre la misión de la Orden de predicar y el ministerio diaconal y sacerdotal en la Iglesia.
166. Al presentar a los frailes para la ordenación al diaconado y al presbiterado, se deben observar cuidadosamente los requisitos de nuestras constituciones y de la legislación de la Iglesia (CIC 1031, §I, 1032; 1035; LCO 246-248).
167. La aptitud para la predicación en el contexto de la liturgia sagrada es uno de los elementos esenciales que se deben considerar en la presentación de los frailes a la ordenación.
168. Por petición propia o por decisión del prior provincial, por razones serias y bien fundadas (CIC 1030), un fraile puede permanecer como diácono por un cierto período de tiempo después de completar sus estudios institucionales.
169. A los frailes diáconos se les dará oportunidades suficientes para ejercer su ministerio propio.
170. Aunque exista un sentido natural de «graduación» al final de los estudios institucionales, particularmente cuando coincide con la ordenación al sacerdocio, nuestra formación continua, no sólo en el período que sigue inmediatamente a la profesión solemne o a la ordenación, sino por toda la vida.