T 383 Admonición sobre la confirmación de priores conventuales
T 383 Admonición sobre la confirmación de priores conventuales
383. [ADMONITIO] Recordamos a los priores provinciales que debe haber una presunción a favor de confirmar la elección de un candidato idóneo como prior (cf. LCO 459; can. 149 § I), a no ser que, de acuerdo con LCO 467 § I, la casación sea realmente necesaria para el bien de la Orden. Encomendamos al Maestro de la Orden y a su Consejo que se aseguren de que estas cuestiones sean tratadas en los talleres para nuevos priores provinciales organizados por la Curia General.