T 373 Políticas de salvaguarda
T 373 Políticas de salvaguarda
373. [ORDINATIO] Ordenamos que los priores provinciales y sus consejos se aseguren de que su provincia tenga políticas y procedimientos claros y detallados que aborden adecuadamente las cuestiones que tienen que ver con garantizar entornos seguros, ofrecer una atención pastoral y dar respuestas a los problemas y acusaciones de abuso, así como estrategias de comunicación claras, tanto internas como externas, teniendo en cuenta las normas del derecho canónico y civil, así como las normas de salvaguarda del territorio o los territorios eclesiásticos en los que se ubica la provincia. Estas políticas y procedimientos deben ser revisados regularmente, renovados al menos cada cuatro años y puestos en práctica. Cuando se actualicen, se enviará una copia al Maestro de la Orden.