T 249 Derecho Canónico
T 249 Derecho Canónico
249. [ORDINATIO] La presencia y la misión de un canonista en una provincia es esencial para su estructura y su vida. Esto es especialmente cierto en estos tiempos en los que su papel es necesario para:
Tratar cuestiones de abuso y mala conducta de los frailes.
Asegurar un diálogo continuo entre la provincia y la Curia General.
Asegurar los procedimientos adecuados en las relaciones entre una provincia determinada y la(s) diócesis en las que lleva a cabo su misión.
Por lo tanto, ordenamos que toda provincia que no tenga un canonista menor de 65 años envíe a un hermano para que obtenga al menos una licencia en derecho canónico antes del próximo capítulo general. Esto asegurará el buen funcionamiento jurídico de la provincia. También ayudará a la formación de futuros profesores de derecho canónico para la Facultad de Derecho Canónico del Angelicum.