La constitución fundamental, M-H Vicaire

Parágrafo VII

Este parágrafo intenta exponer brevemente la organización del gobierno de la Orden mediante el juego lleno de dinamismo entre las diferentes comuniones que la forman y su misión universal. La simple enumeración de las prerrogativas o de las notas de este gobierno no nos daría una visión clara de la intensidad de vida y del equilibrio que se muestra en todos los niveles ante un balance entre las diversas urgencias personales o colectivas, y tampoco nos serviría hablar de su participación orgánica en lo que se refiere a la realización de la misión común. La Orden se edifica a partir de una célula básica, que es el convento, en el cual la comunión fraterna y apostólica es más intensa, porque en él se da la vida en común, la autonomía económica, la comunidad de oración y colaboración en el ministerio de la salvación. Si los conventos se multiplican, se forma la provincia. Entonces, se constituye una nueva provincia, cuya vida común es menos rica que la del convento, pero cuya universalidad es mayor. Las provincias, a su vez, forman una comunión verdaderamente universal, que es la Orden.

La tercera frase del parágrafo se refiere a otro aspecto de la colaboración orgánica de la Orden, fruto de la dialéctica fundamental misión-comunión, la de la autoridad. Esta es universal en la cabeza (capítulo y Maestro de la Orden) y participada proporcionalmente por la provincia y el convento. La misma colaboración orgánica, con su fin puesto en la misión universal, repercute en la actividad indispensable para la promoción y la renovación de la Orden en su misión y en su comunión. Nuestra Orden es la única que posee un sistema legislativo de dos cámaras fundado en la colaboración sucesiva de una asamblea de hombres de gobierno y de una asamblea de elegidos por las células básicas.