Derechos individuales

La Declaración Universal de los Derechos Humanos consta de una introducción o preámbulo y de treinta artículos. En esta página vamos a exponer los artículos 3 al 11, son los llamados derechos individuales.

Estudia cada uno de estos artículos:

    • ¿Se trata de una libertad o de una garantía (positiva o negativa)? Algunos de los artículos incluyen ambas.

    • Presta atención a las palabras con las que está formulado, explica aquellas palabras poco conocidas o técnicas. Explica el derecho con tus palabras.

    • Los derechos en general tienen limitaciones y condiciones para su aplicación. Encuentra las limitaciones y condiciones para su aplicación.

    • ¿Cuál es la obligación complementaria al derecho presentado?

Artículo 3

Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

Artículo 4

Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.

Artículo 5

Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Artículo 6

Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.

Artículo 7

Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.

Artículo 8

Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo, ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.

Artículo 9

Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.

Artículo 10

Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones y de cualquier acusación contra ella en materia penal.

Artículo 11

1. Toda persona acusada de un delito tiene derecho a que se la suponga inocente mientras no se demuestre su culpabilidad conforme a la ley y con un juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.

2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueran delictivos según el derecho nacional e internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.