Bendición por beber agua
¿Siempre se dice Berajá por tomar agua?
Bendición por beber agua
¿Siempre se dice Berajá por tomar agua?
Agradecimientos
Agradecimiento Especial al MV"R RAABA"D Rab David Perets SHLIT"A (Presidente del Tribunal Rabínico de Panamá y, a su alumno R. Yaäcob Eliyahu Benarroch Bibás SHLIT"A, por ser los valuartes de esta publicación que ya lleva más de 20 años llegando a muchísimos países.
Todos los derechos reservados (C)
Agradecimiento al Torem quien humildemente ha ocultado su identidad en el anónimato, tal y como está escrito, en los Profetas: "Hatzneä Léjet..."
Extendemos un agradecimiento especial a la familia, amigos, y muy en especial al comité encargado de la redacción, digitalización y envíos por haber colaborado horas extras
Tomar un vaso de agua… Hay tantas razones por las cuales una persona lo hace, que dicha acción terminan formando gran parte de la vida cotidiana de toda la población mundial.
Por otro lado, es sabido que la acción de tomar una bebida debe venir precedida de la bendición “Shehacol Nihyá Bidbaró” y sucedida por la de “Boré Nefashot”. Pero, se ha observado a algunas personas que han llegado a beber de vasos de agua, sin decir una bendición sobre este preciado líquido…
Normalmente, una bendición que se dice sobre un alimento, está dentro de la categoría de bendiciones sobre provechos que tiene la persona. Y es sabido, según como lo indica la Guemará, en Maséjet Berajot, que una persona que no dice bendición sobre un alimento es como si estuviera tomando algo que no es suyo, y asimismo la Guemará lo compara como si estuviera profanando un objeto sagrado.
¿Acaso hay que bendecir siempre que se bebe agua?
1. ¿Y si es sólo porque tiene calor y no tiene sed?
2. ¿Y si lo ingiere porque hace mucho frío y necesita tomar agua caliente para aumentar su temperatura?
3. ¿Y si lo hace para adelgazar (llenar el estómago para aminorar el apetito por los alimentos)?
4. ¿Y si toma agua sólo para administrar una pastilla o píldora (únicamente por salud)?
5. ¿Y si ingiere agua sólo para hidratar la garganta y no porque tiene sed?
Se considera “sed” a aquella sensación del cuerpo humano que viene dada por la falta de alimento líquido en el cuerpo. Es sinónimo de apetito y se usa con respecto a un deseo gástrico de líquido.
Este documento tratará específicamente del agua y no de ninguna otra bebida o alimento.
En la Mishná, en Maséjet Berajot (44:1), está escrito que una persona que toma agua para saciar su sed, dice “Shehacol Nihyá Bidbaró”, mientras que Rabí Tarfón (opina igual sólo que con la diferencia que sostiene que se) bendice “Boré Nefashot Rabot”.
La Guemará (Berajot, 44:2&45:1) pregunto qué viene a exceptuar la Mishná cuando dice que debe bendecir cuando tiene sed, a lo que la Guemará, en nombre de Rab Edí Bar Abín, respondió que vino a exceptuar el caso como el que una persona que se está ahogando con (a quien se le atoró) un pedazo de carne, la cual recurre a un vaso de agua para hacerla fluir, caso, en el cual, no bendecirá la correspondiente berajá.
Al poner énfasis en la Mishná, se deduciría que sólo hay que bendecir en el caso en que una persona tenga sed, de lo que se deduce que todo el resto de los casos en que una persona tome agua y no sea porque tiene sed, estará exento de recitar la correspondiente bendición. Estos muy bien podrían coincidir con un caso en que la persona tome agua únicamente porque sienta calor y quiere disfrutar de una sensación refrescante, o porque le aqueja un dolor o enfermedad y debe tomar una pastilla, o lo tome como ayuda para adelgazar, entre otros, casos en los cuales no pronunciará bendición alguna, dado que no siente sed…
Pero, por otro lado, si se toma, como inicio, al estudio realizado por la Guemará, textualmente dice que el caso exceptuado en el tema de tomar agua, en el cual no se pronuncia la bendición de Shehacol, es cuando una persona se ha atragantado con un pedazo de carne y tiene necesidad de introducir agua en su garganta, para que fluya el pedazo que ha quedado atrapado allí. Por ende, todo agua que no llegue al extremo de servir como medio para hacer pasar un pedazo de carne por las vías digestivas, se considerará como parte de la generalidad a la que la Mishná se refirió, y, por ende, habría que decir las bendiciones anteriores aun tratándose de necesidades que no tengan que ver directamente con apetito o sed, sino con una necesidad de refrescarse, de curarse, aliviar un dolor, de adelgazar, de calentarse con agua caliente en caso de un clima templado, o de rehidratar la garganta.
¿Cuál de los dos caminos habrá que tomar para saber si se dice o no bendición por tomar agua, cuando el estímulo obedece a causas diferentes a la sed y diferentes a un atragantamiento?
El RAMBA”M, en Halajot Berajot (Pérek 8, Halajá 1), dice que el que bebe agua, no para saciar su sed: no dice bendición, ni la anterior ni la posterior. Se deduce del RAMBA”M que cualquier otro estimulo que provoque la ingesta de agua, no activará el deber y el permiso de decir la bendición de Shehacol y Boré Nefashot. Y, en efecto, así fue la deducción realizada por el autor del Biúr Halajá (Simán 204, “Hashoté”), quien indicó que solamente se dirá bendición sobre el agua, cuando sea por causa de sed, y no por otra causa; asimismo, afirmó el propio Biur Halajá que esta es la opinión del Jajam de Vilna, registrada a su vez en el libro Adéret Eliyahu. Aunque, se ha verificado que en este libro Adéret Eliyahu no está escrito tal afirmación, no obstante, sí aparece escrito en el libro Shenot Eliyahu (Halajot Berajot, Final del Pérek 6), en nombre del Jajam de Vilna; es de suponer que hay un error de imprenta en el Biur Halajá, y probablemente tenía la intención de referirse a Shenot Eliyahu en vez de Adéret Eliyahu.
A estas opiniones, se adhirió el enfoque del libro Toséfet Shabbat-Likutim (Séfer Pelaím), cuyo autor sostiene que no hay que pronunciar bendición alguna cuando se toma agua por otras causas diferentes a la sed, basado en esta deducción recientemente expuesta por sus homólogos.
En una publicación llamada “Or Torá” (Tebet, Año 5770, pag. 27), apareció un artículo cuyo autor reflexionó sobre este tema y dijo que si la Mishná hubiese sido el único recurso del Talmud para explicar por lo que se dice o no se dice cuando se toma agua, definitivamente la conclusión hubiese sido que no se dice bendición alguna sobre la ingesta del agua que ha sido consumida por otras causas diferentes a la sed. Continuó diciendo -el autor de este articulo- que finalmente no fue así, sino que la Guemará acotó el caso que no se dice bendición (el caso en que se atraganta y necesita agua) con el objetivo de voltear aquella manera inicial de pensar; por ende, dedujo -el autor de este artículo- que existen casos comparables al de la sed y a los que también les corresponde una bendición, como por ejemplo para refrescarse o para curarse…, y únicamente el caso que acotó la Guemará vendría siendo exactamente el que no se recita bendición alguna.
No obstante, esta explicación tendrá la dificultad de justificar el por qué la Mishná tuvo necesidad de escribir la palabra “sed”. ¿Acaso no es para distinguir a los que tienen sed de los que no tienen?
No sólo eso… Se podría decir, que, si aquella Mishná hubiese estado sola sin la compañía de aquel comentario de la Guemará, no necesariamente se habría deducido que tomar agua sin sed desmerece una bendición. Se podría haber alegado que, cuando indica que una persona que tiene sed y se toma un vaso de agua deba bendecir, es una manera común de hablar sobre las personas que ejercen esta actividad de tomar agua, al menos, para la época en que fue redactada la Mishná. Cuando se narra que una persona va a tomar agua, la mayoría de las veces, esta oración venía acompañada de que “tiene sed”. Por tal motivo, la Mishná tomó la expresión más utilizada (Urjá de Miltá) entre las personas para el tema de tomar agua, y la escogió para la redacción de esta Ley, pero, eso no quiere decir que aquellos casos en que la persona no siente sed carezcan de una bendición.
Siendo que es así que se interpretaría la Mishná en el caso hipotético en que estuviera aislada, se deduce, del hecho que finalmente no estuvo aislada y sí contó con una explicación de la Guemará: que esta última vino para indicar que, al contario, todo estímulo (para tomar agua) que no sea precisamente la “sed” no le será atribuida bendición alguna; y lo que quiso trasmitir la Guemará fue la manera correcta de interpretar la Mishná, y no fue su objetivo excluir únicamente el caso en que se atragantó con un pedazo de carne.
En otras palabras, una persona que no tiene sed, pero: sí tiene calor y necesita refrescarse, o tiene que tomar una pastilla, o le hace falta humedecer su garganta, o cuando es por cumplir con una norma de adelgazamiento…, podrá prescindir de la pronunciación de la bendición de Shehacol antes de tomar agua (siempre y cuando no haya sentido sed previamente).
En los Pirushé Ha_RAA”H (Berajot, Final del Cap. 6), su autor retomó la pregunta de la Guemará “¿Qué vino a excluir la frase de la Mishná ‘el que bebe agua por sed’ ”, y explicó que la Guemará, más bien, se estaba extrañando de lo obvio que es que quien toma agua, lo hace generalmente porque tiene sed (tal como lo era para aquella época); y, si es así, la Guemará se preguntó, en otras palabras, el “para qué tuvo que indicar algo que es obvio para todo el mundo”.
A lo que respondió la Guemará, según la interpretación del RAA”H, que existen otros estímulos que provocan beber a la persona que no son la sed, como lo es el caso de “una persona que se atragantó con un pedazo de carne” y siente que haciendo pasar agua por el tubo digestivo, se aliviará. Vemos que el RAA”H sigue el mismo lineamiento recientemente trazado, es decir, la Guemará incluye otros casos exentos de Berajá, a causa de no tener sed, aunque únicamente ilustró explícitamente -como ejemplo- al caso en que se atragantó con la carne.
En el libro Óhel Moëd (Shaär Berajot, Netib 4, Hoja 102) está escrito que si tomó agua, no para saciar su sed, no se pronuncia bendición. Y si tomo agua porque tiene sed, pronunciará la bendición de Shehacol previamente y Bore Nefashot posteriormente. Y dice que explicaron, en la Guemará, que la Mishná escribió el caso que tiene sed, para excluir el evento cuando una persona se atragantó y bebe agua…, caso sobre el cual no bendecirá.
Se comprende, de las palabras del Óhel Moëd, que, cuando la Guemará especifica un ejemplo para explicar lo que no es sed, no lo hace para hacerlo exclusivo, sino como un representante de todos los ejemplos habidos que no coincidan con una sensación de sed. Esto significa que, cualquier tópico que se pueda identificar que no tiene nada que ver con “sed” propiamente dicha, y sí con otros estímulos o sensaciones, pertenecerá a la lista de casos sobre los que no se bendice.
Es probable que un argumento para poder entender el por qué estos Poskim se han inclinado por esta vía, sea lo siguiente…
Es sabido que la obligación de bendecir sobre la ingesta, proviene del hecho que es un alimento el que está ingresando a las cavidades digestivas, es decir, cuando alimenta. Por otro lado, la norma que estimula al que la mayoría de las veces y de las personas coman, es el apetito o ganas de comer, y, es, en estos casos, que es evidente que se aplique la obligación de bendecir establecida por el Talmud. No obstante, existen veces en las que una persona no tiene apetito del todo, y, aun así, ingresa alimentos a su boca, como, por ejemplo, cuando le ofrecen una comida siendo un invitado y acepta comer sin apetito, para no avergonzar al anfitrión, o para probar un chocolate o caramelo.
En estos casos, la Guemará sostiene que la persona debe bendecir, a pesar de no sentir apetito alguno o que no le guste… La base de esta decisión halájica, se ancla en el hecho de que la bendición es por lo que se está alimentando al cuerpo por medio de las vías digestivas convencionales. Esto es tanto así, que incluso en el caso en que una persona no percibe sabores a causa de una enfermedad y desea comer un alimento, tendrá que bendecir igualmente ya que lo principal de la bendición sobre estos es el hecho que alimenta al organismo de una manera convencional de comer (Dérej Ajilá), aunado a que es una forma de placer.
Siguiendo esta misma idea, y, considerando, que una persona que ingiere agua, no está ingresando nutriente alguno para el cuerpo, ni lo está alimentando, aunado a la propiedad insípida e inodora del agua, es lógico pensar que, por el agua, no haya que bendecir previamente a su consumo. Por tal motivo, la Mishná se tomó el trabajo de informar, para todos aquellos que llegaron a esta conclusión, que sí se diga una bendición sobre el agua, a pesar de carecer de la propiedad alimenticia y del sabor que tienen las comidas y el resto de las bebidas. E indicó la Mishná que esto será así en la medida que haya que saciar la “sed”, factor que vendría sustituyendo a la propiedad “alimenticia” que sí tiene el resto de los insumos gastronómicos. El sentimiento de tranquilidad que experimenta la persona después de aliviar la sed, es lo que, al parecer, define el placer de tomar un vaso de agua, suficiente sensación para que la Mishná obligara a mencionar la bendición pertinente.
Pero, ¿acaso refrescarse tomando agua cuando se tiene calor, no es un placer?¿Quién no siente placer cuando se toma un vaso de agua caliente en medio de un clima frío?¿No es un placer, acaso, tomar agua para hacer pasar una pastilla, o para rehidratar una garganta seca?¿Por qué la alimentación o la satisfacción de la sed habrían de ser consideradas como un placer -para el Talmud- que justifica una bendición, mientras que el resto de los placeres no?
En respuesta a esta serie de inquietudes, se podría responder que la satisfacción de la sed es un placer que viene vinculado íntimamente con el consumo alimenticio, pues es una sensación similar al apetito, ya que demanda de la presencia de una bebida alimenticia en las cavidades digestivas incluyendo al estómago, la que quedará saciada con el agua, a pesar de su carencia nutritiva, alimenticia, y de sabor. Pero, el resto de las sensaciones corporales y que demandan de la presencia de agua o alimentos, como por ejemplo, el calor, frío, el ingreso de un pastilla para el dolor o malestar por una enfermedad, una sensación de resequedad en la garganta, entre otras, si bien pueden ser solventadas a través de agua u otro alimento, por otro lado, no están relacionadas directamente con una necesidad gástrica de consumir un alimento o bebida; y, más bien, se consideran demandas fisiológicas de la persona que podría muy bien ser solventada por algún otro agente diferente a los alimentos y al agua. Por ejemplo:
1. El calor se podría resolver por medio de un abanico, ventilador o aire acondicionado.
2. El frío, por medio de un calentador o de ponerse un suéter…
3. Una pastilla puede ser ingresada sin necesidad de agua, y el agua es, más bien, un proveedor de comodidad y mayor rapidez en la deglución de la misma (pastilla).
4. La rehidratación de la garganta puede ser solventada por medio de gárgaras y no necesariamente de una deglución de agua.
Siguiendo este razonamiento, es aun más entendible la enseñanza que llegan los Poskim cuando dicen que no se debe bendecir antes del consumo de una medicina (sin sabor), ya que corresponde a un placer corporal periférico y no gástrico o digestivo.
A través del libro Otzar Haberajot (Tomo I, pag. 108), su autor recopila una Guemará, en Maséjet Berajot (35:2), la cual dice que una persona que bebe aceite de oliva, con fines curativos, debe bendecir. Y explica la Guemará, previamente a su conclusión, que se podría haber pensado que, dada su intención medicinal, no requeriría de bendición. Pero, no es así…, ya que, al fin y al cabo, disfruta de un placer gastronómico (pues tiene un sabor que despierta este placer), el dictamen es que sí debe bendecir, a pesar de su objetivo e intención netamente curativos.
El autor del Otzar Haberajot entendió que la causa para que este medicamento requiera de bendición, fue el hecho de que proveía de un placer gastronómico. Pero, si no hubiera sido así, es decir, si se hubiese tratado de un medicamento sin sabor ni ingrediente alimenticio alguno, entonces, no habría causa que active el deber de bendecir por este medicamento.
Por ende, se deduce que así como se ha señalado que una medicina -sin sabor- que es administrada vía oral, y no persigue la satisfacción de un placer gastronómico, no requiere de bendición para su consumo…, de la misma manera, el agua -cuando se toma no por sed- el cual no tiene sabor, incluso cuando es administrado vía oral, pero, no persigue la satisfacción de un placer gastronómico: no requiere de bendición.
El ROS”H (Maséjet Berajot, Pérek 6, Simán 43) dice que vio escrito en el Séder de Rab Amram Gaòn, quien a su vez dijo en nombre del Rab Paltoy Bar Abayé, el Rosh Yeshibá, que fue dictaminado que una persona que bebe agua a causa de que se está atragantando, no recita la bendición correspondiente, y la causa de esto es que está en una situación embarazosa y difícil para recitar dicha bendición, ante la cual los Sabios no lo obligaron a mencionarla en ese momento, por fuerza mayor. No obstante, aclaran en nombre del Rab Paltoy Gaòn, que después que termine de tomar el agua que bebió, sí deberá recitar la bendición posterior, puesto que su capacidad para hablar volvió a su nivel normal.
Pero, el ROS”H, frente a este dictamen del Gaón, disintió y dijo que el motivo por el que la Guemará exenta de bendición al caso de una persona que bebe agua para remover la pieza con la que se ha atragantado, es que esa agua no le proveerá de “placer”, y, por ende, no le corresponde bendición alguna, ni anterior, ni posterior.
Del RASHB”A (Jidushé Ha_RASHB”A, Hoja 41, D.H. “Yayin”), se entiende, un comentario, en nombre del RAABA”D, sobre cuando la persona ingiere la comida teniendo, en su estómago, una cierta cantidad de agua, de antemano. El propósito de este régimen dietético es lograr que la comida se disuelva con el menor esfuerzo posible por parte del cuerpo, por medio de la abundancia de agua en la cavidad estomacal, y facilite su digestión. Se comprende -del RAABA”D- que no se dice bendición por el agua que se va a ingerir con este propósito…
Sin embargo, el RASHB”A indicó que no le parece este enfoque, y, la determinación deberá ser de sí bendecir, al ser que el agua que se va a usar como solvente de la comida se está tomando para digerir la comida, y, con esto, está proporcionando un placer en sus cavidades digestivas (estomacal e intestinal).
Y así fue la interpretación del Biur Halajá (Siman 204:7, “Hashoté Mayim Litzmaó”), quien se apoyó en el RASHB”A para dictaminar que una persona que toma agua con el fin de facilitar la digestión de la comida, deberá bendecir por ésta (toma de agua) previamente.
Con berajá
Una persona que va a tomar agua (sin aditivos) porque tiene sed, debe bendecir “Shehacol Nihyá Bidbaró” antes de tomarla y “Boré Nefashot Rabot” posteriormente.
Sin berajá
Si la va a tomar sin tener sed del todo, entonces, no deberá bendecir en el caso en que:
1. Bebe agua para refrescarse a causa del verano o por el calor que padece, o
2. Bebe agua caliente para calentarse a causa del invierno o del frío que padece, o
3. Toma agua únicamente porque tiene seca la garganta, o
4. Toma agua, antes de comer, como parte de una dieta de adelgazamiento, para llenar un espacio vacío en el estómago, y lograr bajar así los niveles de apetito por la comida, o
5. Bebe agua para que pase un pedazo de comida con la que se atragantó, o
6. Toma agua para facilitar la deglución de un medicamento o pastilla
Aclaratoria importante
Esta conclusión es únicamente sobre el agua y no sobre otro líquido
La no pronunciación de la bendición de Shehacol sobre el agua, es únicamente cuando no ha sentido sed del todo; pero, si la persona asegura que siente, aunque sea, al menos, un poco de sed, estará en la obligación de bendecir sobre esa agua que va a tomar.
Se recomienda leer la introducción y limitaciones escritas al principio de este documento.