Con la entrada en vigor del Decreto 328/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el reglamento orgánico de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria y de los centros públicos específicos de educación especial. En el artículo 25 trata del PLAN DE GESTIÓN y en su apartado 2.e hace referencia a la elaboración del inventario del centro por lo que sería recomendable que todos los centros realizaran/actualizaran el Inventario General del Centro.
Será función del Secretario/a la elaboración, control, actualización y custodia del Inventario General del Centro.
El registro de inventario recogerá los movimientos de todo el material inventariable del centro incluyendo tanto las incorporaciones como las bajas que se produzcan independientemente de su procedencia y cuyo destino y utilización sea el centro.
Tendrá carácter de material inventariable, entre otros, el siguiente: Mobiliario, equipo de oficina, equipo informático, equipo audiovisual no fungible, copiadoras, material docente no fungible, máquinas y herramientas, material deportivo y, en general, todo aquel que no sea fungible.
No obstante, y tal y como establece la orden del 10 de mayo de 2006, independientemente del registro de inventario, podrán existir inventarios auxiliares por servicios y otras unidades, cuando el volumen y diversidad de materiales existentes en dicha unidades lo aconsejen. De estos inventarios se encargarán los responsables correspondientes:
- Inventario por dependencias.
- Inventario de biblioteca.
- Inventario de libros de texto.
- Inventario de material Escuela TIC 2.0.
- Inventario de material cedido/préstamo.
- Inventario de la Cocina.
- Inventario de los elementos de seguridad y del plan de autoprotección.
La persona responsable de la Secretaría del Centro actualizará el inventario a lo largo del curso escolar estando completamente actualizado en el mes de Junio. Dicho inventario permanecerá durante todo el año en la Secretaría y podrá ser consultado por cualquier miembro del equipo de profesores.
No se podrá dar de baja ningún material inventariado sin previo conocimiento del Equipo Directivo.
Durante el período vacacional se recogerán los materiales comunes para el ciclo (mapas, globos del mundo,…) y aquellos que se consideren valiosos y se almacenarán en el lugar que estime oportuno el Equipo Directivo.
Todos los libros de texto del Programa de Gratuidad se recogerán por el profesor-tutor y quedará registrado en una hoja común que se entregará desde la secretaría; y en la que se recogerá el estado en el que se ha entregado el libro, y el alumno que lo ha utilizado durante ese curso escolar. Todo antes del 30 de Junio.
Los alumnos que hayan entregado en mal estado los libros del Programa de Gratuidad o los hayan extraviado serán sancionados en los términos que figuran en el ROF, reponiendo éste o abonando el importe correspondiente. Y se tendrá en cuenta para el próximo curso escolar.
8.1. INVENTARIO POR DEPENDENCIAS.
Se hará una relación de todo el material que hay en esa dependencia y que no va a cambiar de ubicación.
8.2. INVENTARIO DE BIBLIOTECA.
El Colegio lleva un control riguroso de los recursos bibliográficos de entrada y salida de que disponga.
El registro de inventario de biblioteca, recogerá los libros y material de audio y vídeo que pasen a formar parte de la biblioteca del centro, cualquiera que sea su procedencia y se llevará a cabo mediante el programa informático que nuestro centro ha considerado oportuno.
El coordinador/a del Plan de Biblioteca será la persona encargada del control, actualización, distribución y custodia de todo el material. Contará con la supervisión del secretario/a del centro.
8.3. INVENTARIO DE LIBROS DE TEXTO.
El Registro de inventario del Programa de Gratuidad de Libros, se realizará aparte en otro documento, conforme al documento anexo 4b. Este inventario lo controlará y custodiará la Secretaría del centro pero de su cumplimentación, control y aplicación corresponderá a los diferentes Tutoras y Tutores.
8.4. INVENTARIO DE MATERIAL ESCUELA TIC 2.0.
Se recogerá en este apartado todo el material perteneciente al proyecto Escuela TIC 2.0 y que no tenga una ubicación determinada (pues se incluiría en el inventario de esa dependencia).
Se llevará un control de este material y la persona responsable sería el Coordinador/a TIC de cada centro con la supervisión del secretario/a del centro. El control se llevará a cabo a través del documento anexo 7.
8.5 INVENTARIO DE MATERIAL CEDIDO/PRÉSTAMO:
Se relacionara todo el material que llegue al centro con carácter permanente o temporal con registro de entrada y salida.
Será función de la Secretaría el control, conservación, custodia y devolución, si procede, del material recibido/cedido. El control se llevará a cabo a través del documento anexo 11.
8.6 INVENTARIO DE LOS ELEMENTOS DE SEGURIDAD Y DEL PLAN DE AUTOPROTECCIÓN.
En este apartado se plasmarán los elementos de seguridad con que cuenta el centro: alarmas, cámaras de vigilancia, sensores térmicos, elementos contra incendios, extintores, etc.
Asimismo, se anotará los botiquines que hay en el centro, su contenido y ubicación.
La persona responsable del Plan de Autoprotección, será la encargada de completar y revisar la hoja de seguimiento de este material, conforme al documento anexo 12. La custodia y supervisión de la misma correrá a cargo de la persona que ostenta la Secretaría.
Adquisición de material inventariable.
Para la adquisición de material inventariable se seguirá los pasos siguientes:
• Antes de adquirir cualquier tipo de material la persona interesada solicitará al menos dos presupuestos diferentes donde se especifiquen los artículos a adquirir y sus características técnicas, el importe de cada uno, cantidad total e I.V.A. Estos presupuestos llevarán también el nombre de la empresa suministradora y su N.I.F., fecha, firma y sello de la misma, figurando en ellos los datos del instituto: CEIP Alfonso X El Sabio y C.I.F: S-4111001-F.
• Estos presupuestos se acompañarán de una breve memoria justificada de la adquisición y donde se reflejen las características técnicas de los artículos a adquirir.
• El Director/a, con el informe previo del Secretario/a sobre la existencia de saldo en las cuentas de inversiones y la conveniencia de su utilización, decidirá sobre la autorización de la adquisición del material solicitado.
• Una vez autorizado, el Secretario/a procederá a la compra del mismo cumpliendo las normas establecidas en el apartado dedicado a presupuesto y su gestión de este documento.
PROCEDIMIENTO PARA LA BAJA DE ELEMENTOS DEL INVENTARIO:
Se propondrá la baja del inventario de cualquier material que esté deteriorado, sea obsoleto, se extravíe, o sea sustraído. La propuesta de baja debe ser anterior a la eliminación del objeto salvo en el caso de extravío o de sustracción.
La propuesta de baja debe adoptarse por el órgano al que esté adscrito el material, siendo la Secretaría del centro la responsable del material de uso general. Las propuestas procedentes de los Equipos de Ciclo deberán recogerse en las actas de este órgano.
Una vez adoptada la propuesta de baja se comunicará mediante el sistema de mensaje de Séneca a la Dirección del centro, indicando los objetos afectados, su ubicación en el momento de la baja, la fecha de baja, y el motivo de la misma, adjuntándose el acta en el caso de los Equipos de Ciclo.
PROCEDIMIENTO PARA COMUNICAR LOS CAMBIOS DE UBICACIÓN DEL MATERIAL INVENTARIABLE:
Cualquier cambio de ubicación de material inventariable debe ser comunicada a la Dirección del centro a través del sistema de mensajería de Séneca. Se entiende como cambio de ubicación al cambio de carácter permanente o por período superior a un mes.