Como se recoge en el artículo 18.2 del Decreto 230/2007 las funciones del tutor o tutora son las siguientes:
a) Conocer las aptitudes e intereses de cada alumno o alumna, con objeto de orientarle en su proceso de aprendizaje y en la toma de decisiones personales y académicas.
b) Coordinar la intervención educativa de todos los profesores y profesoras que componen el equipo docente de un grupo de alumnos y alumnas.
c) Garantizar la coordinación de las actividades de enseñanza y aprendizaje que se propongan al alumnado a su cargo.
d) Organizar y presidir las reuniones del equipo docente y las sesiones de evaluación de su grupo de alumnos y alumnas.
e) Coordinar el proceso de evaluación continua del alumnado y adoptar, junto con el equipo docente, las decisiones que procedan acerca de la evaluación y promoción del alumnado, de acuerdo con los criterios que, al respecto, establezca por Orden la Consejería competente en materia de educación.
f) Cumplimentar la documentación académica del alumnado a su cargo.
g) Recoger la opinión del alumnado a su cargo sobre el proceso de enseñanza y aprendizaje desarrollado en las distintas áreas que conforman el currículo.
h) Informar al alumnado sobre el desarrollo de su aprendizaje, así como a sus padres, madres o tutores legales.
i) Facilitar la cooperación educativa entre el profesorado del equipo docente y los padres, madres o tutores del alumnado.
j) Mantener una relación permanente con los padres, madres o tutores del alumnado, a fin de facilitar el ejercicio de los derechos reconocidos en la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación.
k) Cuantas otras se establezcan por la Consejería competente en materia de educación o se incluyan en el presente plan de Orientación y Acción Tutorial del centro.
El alumnado de cada grupo de Educación Infantil y Primaria tendrá un maestro o maestra, un tutor o tutora que coordinará las enseñanzas impartidas en dicho grupo y que ejercerá la dirección y la orientación del aprendizaje del alumnado y el apoyo en su proceso educativo en colaboración con las familias.
La designación de tutores y tutoras se llevará a cabo de conformidad con lo establecido en la normativa vigente sobre organización y funcionamiento de los centros (Decreto 328/2010, Junta de Andalucía).