Se considera la evaluación como un elemento fundamental e inseparable de la práctica educativa, que nos permite recabar la información necesaria para poder realizar los juicios de valor oportunos que faciliten la toma de decisiones respecto al proceso de enseñanza-aprendizaje. Es por ello que no podemos situarla en un solo aspecto o momento, sino que se debe desarrollar a lo largo de todo el proceso educativo de forma global y sistemática.
El procedimiento con el que se llevará a cabo la toma de decisiones sobre la evaluación y la promoción del alumnado en Educación Primaria se llevará a cabo según lo establecido en los artículos 9 y 10 del REAL DECRETO 126/2014, de 28 de febrero, por el que se establecen las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria; en el Capítulo IV del DECRETO 97/2015, de 3 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas correspondientes a la educación primaria en Andalucía, y en la ORDEN de 4 de noviembre de 2015, por la que se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Andalucía, y teniendo en cuenta lo siguiente:
1. El proceso de evaluación tendrá como objetivos:
· Proporcionar una información constante del proceso educativo.
· Mejorar los procesos de nuestra intervención educativa así como los resultados.
· Detectar las dificultades en el momento en que se produzcan.
2. Los criterios de evaluación comunes y los particulares de las distintas áreas serán el referente fundamental para valorar tanto el grado de adquisición de las competencias básicas como el de consecución de los objetivos generales de la etapa y los objetivos encada una de ellas, y para decidir sobre la promoción del alumnado. La calificación de los instrumentos de evaluación se repartirán entre los contenidos/CCBB (75%), el trabajo y esfuerzo diario (15%), y la actitud y comportamiento en clase y hacia los demás (10%)
3. Las familias o tutores legales deberán ser informados, a principio de curso, sobre los criterios de evaluación que se aplicarán y además trimestralmente deberán ser informados sobre el proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas y sobre la evaluación de los mismos.
4. El profesorado llevará a cabo la evaluación, preferentemente a través de la observación continuada de la evolución del proceso deaprendizaje de cada alumno o alumna y de su maduración personal. Esta observación junto con todos los instrumentos de evaluaciónutilizados con el alumnado estará a disposición de las familias y deberán solicitarla a su tutor/a o especialista correspondiente.
Evaluación inicial
A fin de garantizar la adecuada transición del alumnado entre las etapas y ciclos de Educación Infantil y Educación Primaria, en el mes de septiembre se reunirán los maestros del equipo docente saliente y entrante y la Jefatura de Estudios para el traspaso de información relevante así como de la documentación académica pertinente de cada alumnado que comienza el nuevo nivel.
Los resultados de las pruebas de evaluación, escala y PPDD determinarán el punto de partida desde el que este inicia los nuevosaprendizajes, y el equipo educativo tomará las decisiones relativas al desarrollo del currículo y a su adecuación a sus características y sunivel de conocimientos. Estos datos servirán de base para adoptar las medidas necesarias de atención a la diversidad recogidas en el plancorrespondiente a aquellos alumnos/as que lo precisen con el fin de facilitarles a éstos continuar su proceso de aprendizaje y el acceso alcurrículo.
Evaluación continua
La evaluación continua será realizada por el equipo educativo de cada uno de los cursos del ciclo de manera colegiada y será coordinada por el /la tutor/a del mismo, pudiendo solicitarse el asesoramiento del EOE y de equipo de orientación.
Cuando el progreso de un alumno o una alumna no sea el adecuado, se adoptarán las medidas de atención a la diversidad que procedan.
Las sesiones de evaluación que se realizarán a lo largo de cada curso escolar serán tres: una en el mes de diciembre, otra en el mes de marzo/abril y la última en el mes de junio.
En cada sesión de evaluación que celebren los equipos educativos, de la que el/la tutor/a levantará un acta, se intercambiará información y se adoptarán los acuerdos y decisiones que se considere sobre el proceso de aprendizaje del alumnado orientadas a su mejora, realizándose igualmente una valoración de los resultados derivados de estos acuerdos. Igualmente se acordará la información que, sobre el proceso personal de aprendizaje seguido, se transmitirá a cada alumno o alumna y a su padre, su madre o sus tutores legales.
Evaluación Final
Al término de cada curso, se valorará el progreso global de cada alumno y alumna, en el marco del proceso de evaluación continua llevado a cabo. Y, al finalizar el ciclo, el equipo educativo, teniendo en cuenta los criterios de evaluación comunes y los de promoción que figuran en los correspondientes currículos de cada ciclo, y enterados el padre, la madre o los tutores legales, se tomará la decisión sobre la promoción o no del alumno/a al siguiente ciclo o etapa. Para la adopción de la decisión se tomará especialmente en consideración la información y el criterio del tutor.
El tutor/a del alumnado citará individualmente a los representantes legales a los que informará por escrito sobre los resultados del proceso de evaluación y sobre la decisión sobre la promoción al ciclo siguiente. Esta información se referirá a los objetivos establecidos en el currículo para las distintas áreas y a los progresos y dificultades detectados en el grado de adquisición de las competencias básicas y en la consecución de los objetivos de cada una de las áreas.
En el caso de tener que evaluar a un alumno con necesidad específica de apoyo educativo, el tutor/a, con el asesoramiento del equipo de orientación educativa, del maestro/a de apoyo a la integración y del maestro/a del plan de atención a la diversidad, aplicará los criterios de evaluación que haya sido establecidos en las adaptaciones curriculares, los cuales serán el referente fundamental para valorar el grado de adquisición de las competencias básicas.
Con el fin de garantizar la continuidad del proceso de formación del alumnado, cada alumno/a dispondrá al finalizar la etapa de un informe sobre su aprendizaje, los objetivos alcanzados y las competencias adquiridas. Dicho informe será elaborado por el equipo educativo, de acuerdo con lo establecido, a tales efectos, por la consejería competente en materia de educación.