a) Con el fin de garantizar el derecho de las familias a participar en el proceso educativo de sus hijos e hijas, los tutores y tutoras, así como el resto del profesorado, informarán a los padres, madres o tutores legales sobre la evolución escolar de sus hijos e hijas.
b) Esta información se referirá a los objetivos establecidos en el currículo y a los progresos y dificultades detectados en el grado de adquisición de las competencias básicas y en la consecución de los objetivos de cada una de las áreas. A tales efectos, los tutores y tutoras requerirán, en su caso, la colaboración de los restantes miembros del equipo docente.
c) Al menos tres veces a lo largo del curso el tutor o tutora informará por escrito a los padres, madres o tutores legales del alumnado sobre el aprovechamiento académico de este y la evolución de su proceso educativo.
d) Al finalizar el curso, se informará por escrito a los padres, madres o tutores legales acerca de los resultados de la evaluación final.
e) Dicha información incluirá, al menos, las calificaciones obtenidas en las distintas áreas cursadas, la decisión acerca de su promoción al ciclo siguiente, si procede, y las medidas adoptadas, en su caso, para que el alumno o alumna alcance las competencias básicas y los objetivos establecidos en cada una de las áreas, según los criterios de evaluación correspondientes.
f) Con el fin de garantizar el derecho que asiste a los alumnos y alumnas a la evaluación y al reconocimiento objetivo de su dedicación, esfuerzo y rendimiento escolar, los maestros y maestras informarán a los padres, madres o tutores legales del alumnado, a principios de curso, acerca de los objetivos, competencias básicas, contenidos y criterios de evaluación de cada una de las áreas.
g) Los padres, madres o representantes legales podrán formular reclamaciones sobre la evaluación final del aprendizaje de sus hijos e hijas o pupilos, así como sobre la decisión de promoción, de acuerdo con el procedimiento que, a tales efectos, determine el centro docente en su proyecto educativo. Dicho procedimiento deberá respetar los derechos y deberes del alumnado y de sus familias contemplados en la normativa en vigor, y los criterios de evaluación y promoción establecidos en el proyecto educativo del centro.
Según la Orden de 4 de noviembre de 2015, por la que se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Andalucía, debemos tener en cuenta lo dispuesto en el artículo 8 sobre:
”Solicitud de aclaraciones y procedimiento de reclamación
Los padres, madres o quienes ejerzan la tutela legal del alumnado, podrán solicitar las aclaraciones que consideren necesarias acerca de la evaluación final del aprendizaje de sus hijos e hijas, así como sobre la decisión de promoción, de acuerdo con los cauces y el procedimiento que, a tales efectos, determine el centro docente en su proyecto educativo. Dicho procedimiento deberá respetar los derechos y deberes del alumnado y de sus familias contemplados en la normativa en vigor.
Si una vez obtenidas dichas aclaraciones los padres, madres o quienes ejerzan la tutela legal del alumnado quisieran manifestar su disconformidad con el resultado de las evaluaciones o con las decisiones finales que se adopten como consecuencia de las mismas, podrán presentar reclamaciones ante el tutor o tutora, según lo establecido por el centro docente en su proyecto educativo.
Corresponderá a la dirección del centro docente resolver de manera motivada las reclamaciones presentadas, previo informe del equipo educativo al respecto y comunicar dicha resolución a las personas interesadas antes de la finalización del curso escolar.
Por todo ello, estimamos oportuno clarificar los supuestos que se pueden dar en el marco de este procedimiento, y establecer los mecanismos necesarios para actuar con las garantías oportunas.
PROCESO DE RECLAMACIÓN SOBRE LAS CALIFICACIONES.
a) El alumnado y sus padres, madres o tutores legales podrán formular reclamaciones sobre las calificaciones obtenidas a la finalización de cada curso, así como sobre la decisión de promoción y titulación, de acuerdo con el procedimiento que se establece a continuación:
a. En el supuesto de que exista desacuerdo con la calificación final obtenida en una materia o con la decisión de promoción o titulación adoptada para un alumno o alumna, este, o su padre, madre o tutores legales, podrá solicitar por escrito la revisión de dicha calificación o decisión, en el plazo de dos días hábiles a partir de aquel en que se produjo su comunicación.
b. La solicitud de revisión contendrá cuantas alegaciones justifiquen la disconformidad con la calificación final o con la decisión adoptada.
c. Cuando la solicitud de revisión sea por desacuerdo en la calificación final obtenida en una materia, esta será tramitada a través de la jefatura de estudios, quien la trasladará al tutor o tutora con cuya calificación se manifiesta el desacuerdo.
d. Cuando el objeto de la revisión sea la decisión de promoción o titulación, La jefatura de estudios la trasladará al profesor tutor o profesora tutora del alumno o alumna.
e. En el proceso de revisión de la calificación final obtenida en una materia el profesorado del ciclo contrastará en el primer día hábil siguiente a aquel en que finalice el período de solicitud de revisión, las actuaciones seguidas en el proceso de evaluación, con especial referencia a la adecuación de los procedimientos e instrumentos de evaluación aplicados con los recogidos en la correspondiente programación didáctica. Tras este estudio el Equipo Docente elaborará los correspondientes informes que recojan la descripción de los hechos y actuaciones previas que hayan tenido lugar, el análisis realizado conforme a lo establecido en este punto y la decisión adoptada de modificación o ratificación de la calificación final objeto de revisión.
f. El coordinador o coordinadora del Equipo Docente trasladará el informe elaborado al jefe o jefa de estudios, quien informará al profesor tutor o profesora tutora haciéndole entrega de una copia del escrito cursado para considerar conjuntamente, en función de los criterios de promoción y titulación establecidos con carácter general en el centro, la procedencia de reunir en sesión extraordinaria al equipo docente, a fin de valorar la posibilidad de revisar los acuerdos y las decisiones adoptadas para dicho alumno o alumna.
g. Cuando la solicitud de revisión tenga por objeto la decisión de promoción o titulación, adoptada para un alumno o alumna, se celebrará, en un plazo máximo de dos días hábiles desde la finalización del período de solicitud de revisión, una reunión extraordinaria del equipo docente correspondiente, en la que el conjunto del profesorado revisará el proceso de adopción de dicha decisión a la vista de las alegaciones presentadas.
h. El profesor tutor o la profesora tutora recogerá en el acta de la sesión extraordinaria la descripción de hechos y actuaciones previas que hayan tenido lugar, los puntos principales de las deliberaciones del equipo docente y la ratificación o modificación de la decisión objeto de revisión, razonada conforme a los criterios para la promoción y titulación del alumnado establecidos con carácter general para el centro en el proyecto educativo.
i. La jefatura de estudios comunicará por escrito al alumno o alumna y a su padre, madre o tutores legales, la decisión razonada de ratificación o modificación de la calificación revisada o de la decisión de promoción o titulación.
j. Si tras el proceso de revisión procediera la modificación de alguna calificación final o de la decisión de promoción o titulación adoptada para el alumno o alumna, el secretario o secretaria del centro insertará en las actas y, en su caso, en el expediente académico y en el historial académico de educación primaria del alumno o alumna, la oportuna diligencia, que será visada por el director o directora del centro.
k. En el caso de que, tras el proceso de revisión en el centro docente, persista el desacuerdo con la calificación final de curso obtenida en una materia o con la decisión de promoción o titulación, la persona interesada, o su padre, madre o tutores legales, podrán solicitar por escrito al director o directora, en el plazo de dos días hábiles a partir de la última comunicación del centro, que eleve la reclamación a la correspondiente Delegación Provincial de la Consejería de Educación.
l. El director o directora del centro, en un plazo no superior a tres días hábiles, remitirá el expediente de la reclamación a la correspondiente Delegación Provincial, al cual incorporará los informes elaborados en el centro y cuantos datos considere acerca del proceso de evaluación del alumno o alumna, así como, en su caso, las nuevas alegaciones del reclamante y el informe, si procede, del director o directora acerca de las mismas.
m. La Comisión Técnica Provincial de Reclamaciones que, en cada Delegación Provincial estará constituida por un inspector o inspectora de educación, que actuará como Presidente o Presidenta de la Comisión, y por el profesorado especialista necesario, designado por la persona titular de la Delegación Provincial, analizará el expediente y las alegaciones que en él se contengan a la vista de la programación didáctica del departamento respectivo, contenida en el proyecto educativo del centro, y emitirá un informe en función de los siguientes criterios:
1. Adecuación de los criterios de evaluación sobre los que se ha llevado a cabo la evaluación del proceso de aprendizaje del alumno o alumna con los recogidos en la correspondiente programación didáctica.
2. Adecuación de los procedimientos e instrumentos de evaluación aplicados a lo señalado en el proyecto educativo.
3. Correcta aplicación de los criterios de calificación y promoción establecidos en la programación didáctica para la superación de la materia o ámbito.
4. Cumplimiento por parte del centro de lo establecido para la evaluación en la normativa vigente.
n. La Comisión Técnica Provincial de Reclamaciones podrá solicitar aquellos documentos que considere pertinentes para la resolución del expediente.
o. De acuerdo con la propuesta incluida en el informe de la Comisión Técnica Provincial de Reclamaciones y en el plazo de quince días hábiles a partir de la recepción del expediente, la persona titular de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación adoptará la resolución pertinente, que será motivada en todo caso y que se comunicará inmediatamente al director o directora del centro docente para su aplicación y traslado al interesado o interesada.
p. La resolución de la persona titular de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación pondrá fin a la vía administrativa.
q. En el caso de que la reclamación sea estimada se adoptarán las medidas a que se refiere el apartado j) de la presente disposición.
CRONOGRAMA DE ACTUACIONES.
Todas las solicitudes de aclaración y/o reclamaciones dirigidas al tutor/a se presentarán en la Secretaría del centro donde se encuentra escolarizado el alumno/a, donde se le dará registro de entrada
Cuando la solicitud de revisión se presente fuera de plazo (dos días hábiles a partir de la comunicación), se comunicará al interesado su inadmisibilidad
SESIÓN DE ENTREGA DE BOLETINES DE CALIFICACIÓN DEL ALUMNADO CON LOS RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN FINAL DEL APRENDIZAJE DEL ALULMNADO.
En Espera, a ________________de junio de 20__
D./Dª. _________________________________________________________
Maestro/a Tutor/a
De ________________________ del C.E.I.P.___________________________
Convoca a reunión a los tutores/as legales de los alumnos/as de este grupo clase para tratar los siguientes aspectos:
1. Información del proceso de evaluación final del aprendizaje del alumnado.
2. Entrega de boletines de calificaciones del alumnado.
3. En caso de disconformidad, información del procedimiento y plazos a seguir por parte de las familias para:
Realizar solicitudes de aclaración sobre las de decisiones de calificación y evaluación final del aprendizaje y sobre la decisión de promoción y/o permanencia en el ciclo y/o etapa.
Presentar reclamaciones ante el tutor o tutora sobre las decisiones finales de evaluación y calificación y sobre las decisiones finales de promoción y/o permanencia en el ciclo y/o etapa.
En Espera, a ___ de ___________ de 201 __
EL/LA TUTOR/A
RECLAMACIÓN EN 1ª INSTANCIA ANTE EL JEFE DE ESTUDIOS
(Sello Registro de Entrada)
D/Dª___________________________________________________________, como padre/madre, tutor/a o propio alumno/a del alumno/a
____________________________________________________________________, matriculado/a
en _____ curso de _______, y con domicilio a efecto de notificaciones en______________ _____
C/ ________________________________________________, nº _____ ,piso_______,
EXPONE
Que habiendo recibido con fecha _____ de _______________ de 201____ comunicación sobre las calificaciones finales de ciclo, o decisión de no promoción, y estando en desacuerdo con
□ Calificación en el área: (indicar área y calificación)_________________________________
□ Decisión de no promoción
Por los siguientes motivos: (1)
(1) La solicitud contendrá cuantas alegaciones justifiquen la disconformidad con la calificación final o con la decisión adoptada.
SOLICITA
Se realicen por el Equipo Docente las revisiones que correspondan.
En Espera, a ___ de _________ de 20_____
Fdo.: padre/madre/tutor legal
NOTIFICACIÓN DE JEFATURA DE ESTUDIOS AL TUTOR DEL CURSO ___________
Habiéndose recibido en esta Jefatura de Estudios, con fecha ____ de _____ de 201___ reclamación en 1ª instancia, cuya copia se adjunta, de los representantes legales del alumno/a_____________________________________________________ del ____ ciclo de Primaria, grupo ____, sobre la calificación final obtenida en la/s áreas, o sobre la decisión de No promoción que se indican:
LE COMUNICO
Como Tutor/a del/la alumno/a: _________________________________ , que el primer día hábil siguiente al de finalización del plazo de reclamaciones deberá convocar reunión del Equipo docente que preside para que se elabore un informe en el que se ratifique argumentadamente la calificación, o decisión de No promoción, otorgada al alumno/a antes indicado o se proponga su modificación.
De la reunión se levantará acta, copia de la que se dará traslado a la mayor brevedad posible a esta Jefatura de Estudios, al objeto de comunicar al reclamante la resolución adoptada.
En Espera, a ___ de ___________ de 201 __
EL/LA JEFE/A DE ESTUDIOS,
Fdo.:
Sr/a Tutor/a de____________________________________________________________
Recibí el ____ de ______________________de 20 ____
Fdo.:_____________________________________________
ACTA DE EQUIPO DOCENTE DEL GRUPO _________ PARA INFORMAR LA NO PROMOCIÓN
ASISTENTES:
En Espera , siendo las______ horas del día __ de ________________ de 20_ __, se reúnen los componentes del Equipo docente del ____ curso, grupo___, al margen citados, para tratar entre otros asuntos la revisión de la NO PROMOCIÓN del alumno/a______________________________________________________________________.
Por parte de los miembros del Equipo Docente, vistas las alegaciones presentadas, se hace una revisión del proceso de adopción de la decisión de NO PROMOCIÓN adoptada en la sesión final de fecha ________________ y que fue motivada por los hechos y actuaciones que se describen:
(1) La decisión debe fundamentarse y ser concordante con los criterios de evaluación y promoción comunes establecidos en el proyecto educativo del centro.
Todas las consideraciones y deliberaciones anteriores llevan al Equipo de Evaluación a acordar por:
□ Unanimidad
□ Mayoría de _____ votos a favor y ______ en contra.
El tomar la siguiente decisión:
□ Ratificar la decisión anteriormente acordada.
□ Modificar la decisión de ________________________________________________acordada anteriormente por la de ________________________________________
Fdo. EL/LA TUTOR/A Fdo. Equipo Docente
.
ACTA DE EQUIPO DOCENTE DEL GRUPO _________ PARA INFORMAR LA CALIFICACIÓN DE ÁREAS
ASISTENTES:
En Espera , siendo las______ horas del día __ de ________________ de 20_ __, se reúnen los componentes del Equipo docente del ____ curso, grupo ___, al margen citados, para tratar entre otros asuntos la revisión de la calificación final otorgada al alumno/a_____________________________________.
Recibida de la Jefatura de Estudios del Centro, con fecha___________ reclamación en primera instancia sobre la calificación (o calificaciones) presentada por el alumno/a arriba referenciado, este Equipo docente informa lo siguiente:
Una vez constatadas las actuaciones seguidas en el proceso de evaluación del alumno/a, según la programación del Ciclo que forma parte del Proyecto Curricular de Etapa, especialmente referidas a los siguientes puntos:
a) Vista la adecuación de los objetivos, contenidos y criterios de evaluación sobre los que se ha llevado a cabo la evaluación del proceso de aprendizaje del alumno/a reclamante, con los recogidos en la programación didáctica, se constata que:
_____________________________________________________________________
b) Vista la adecuación de los procedimientos e instrumentos de evaluación aplicados al alumno/a reclamante con lo señalado en el Proyecto Curricular, se constata que:
_____________________________________________________________________
c) Vista la correcta aplicación de los criterios de calificación y evaluación establecidos en la programación didáctica para la superación del área, se constata que:
_____________________________________________________________________
Realizado el análisis de los documentos antes indicados y recibidos los informes pertinentes los componentes del Equipo docente acuerdan por:
□ Unanimidad.
□ Mayoría de ____ votos a favor y ___ en contra.
Lo siguiente:
□ Ratificar la calificación anteriormente otorgada.
□ Modificar la calificación otorgada de_______________ en la sesión de evaluación final por la calificación de ____________________________
Fdo. EL/LA TUTOR/A Fdo. Equipo Docente
NOTIFICACIÓN A LAS FAMILIAS SOBRE LA CALIFICACIÓN DE ÁREAS
Sr/a. D/Dª_________________________________________
C/__________________________________________nº____
C.P. 11648 Espera
Recibido en esta Jefatura de Estudios informe del Equipo docente del grupo ________referido a la reclamación que usted realizó en nombre de su hijo/a: ___________________________________ con fecha ____ de ________________ de 20___ he de comunicarle que:
Reunido el Equipo docente con fecha ___ de _________ de 201 ___, y analizada la reclamación según lo previsto en la Orden de 10 de agosto de 2007, por la que se establece la ordenación del proceso de aprendizaje del alumnado de Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Andalucía, tras constatar que se han cumplido tanto el procedimiento previsto para la toma de decisión como la adecuación de lo decidido con lo previsto en el Proyecto Educativo del centro, y visto el informe del equipo docente en el que se acredita que: (Trasládese lo esencial del informe del equipo docente, especialmente en cuanto a la motivación de la decisión)
Éste ha resuelto ha resuelto:
□ Ratificarse en la calificación de ____________________________ anteriormente otorgada en la sesión de evaluación final del curso.
□ Modificar la calificación de ________________________ anteriormente otorgada por la de
____________________________ que ha procedido a incluirse en el acta correspondiente.
Contra la presente decisión podrá presentar reclamación en 2ª instancia por escrito ante el Director/a del Centro, en el plazo de dos días hábiles contados a partir de la recepción de esta comunicación, para que resuelva en derecho lo que corresponda.
En Espera, a _____ de_____________ 2001
Fdo.: El Jefe/a de Estudios.
Recibido con fecha ___de __________de 20__
Fdo.: Padre/madre/tutor legal
NOTIFICACIÓN A LAS FAMILIAS SOBRE LA DECISIÓN DEPROMOCIÓN
Sr/a. D/Dª_________________________________________
C/__________________________________________nº____
C.P. 11648 Espera
Recibido en esta Jefatura de Estudios informe del Equipo docente del grupo ________referido a la reclamación que usted realizó en nombre de su hijo/a: ___________________________________ con fecha ____ de ________________ de 20___ he de comunicarle que:
Reunido el Equipo docente con fecha ___ de _________ de 201 ___ , y analizada la reclamación según lo previsto en la Orden de 10 de agosto de 2007, por la que se establece la ordenación del proceso de aprendizaje del alumnado de Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Andalucía, tras constatar que se han cumplido tanto el procedimiento previsto para la toma de decisión como la adecuación de lo decidido con lo previsto en el Proyecto Educativo del centro, y visto el informe del equipo docente en el que se acredita que: (Trasládese lo esencial del informe del equipo docente, especialmente en cuanto a la motivación de la decisión)
Éste ha resuelto ha resuelto:
□ Ratificarse en la calificación de ____________________________ anteriormente otorgada en la sesión de evaluación final del curso.
□ Modificar la calificación de ________________________ anteriormente otorgada por la de
____________________________ que ha procedido a incluirse en el acta correspondiente.
Contra la presente decisión podrá presentar reclamación en 2ª instancia por escrito ante el Director/a del Centro, en el plazo de dos días hábiles contados a partir de la recepción de esta comunicación, para que resuelva en derecho lo que corresponda.
En_____________, a _____ de_____________ 2001
El Jefe/a de Estudios.
Fdo.:________________________
Recibido con fecha ___de __________de 20__
Fdo.:________________________
MODELO ORIENTATIVO DE INADMISIÓN DE RECLAMACIONES POR PRESENTACIÓN
FUERA DE TIEMPO.
Sr. D.__________________________________________________________________________
En relación con la reclamación presentada por Vd. el pasado día__________________________, referente a la decisión de_______________________ (No promoción, calificaciones finales) adoptada por el Equipo Docente de su hijo/a_________________________________________, del _________ curso de la Educación Primaria, le comunico que la misma ha sido presentada fuera del plazo previsto en el proyecto educativo del centro, ya que según se hizo público los días de reclamación eran ________ y ________, habiendo sido presentada su reclamación en este centro (o en Correos u otro buzón administrativo) el día ______________________está claro que lo hizo habiendo transcurrido dicho plazo.
En consecuencia con lo anterior, procede, como así se hace, la inadmisión de su reclamación por extemporánea.
Contra la presente resolución podrá reclamar ante el Director del centro en el plazo de dos días a contar desde el día siguiente al de la recepción del presente escrito. (En el supuesto de presentar reclamación ante el Director, se le contestará por éste en los mismos términos, indicando que con su escrito se agota la vía administrativa.)
En. Espera a..... de..................de 20....
Fdo.:El/La Jefe de Estudios
Recibido el día______________________
Fdo.: Padre/madre/tutor legal.
RECLAMACIÓN EN 2ª INSTANCIA ANTE EL DIRECTOR/A DEL CENTRO
D/Dª _____________________________________________________como padre/madre, tutor/a, ___ o el propio alumno/a del alumno/a: ___________________________________ con domicilio a efectos de notificación en _____________________, C/_________________________ nº _______ piso _______.
EXPONE:
Que habiendo recibido respuesta con fecha ___ de ___________________ de 201 ___ de la reclamación que en primera instancia presenté en el CEIP Antonio Machado (Espera), sobre la revisión de:
□ Calificaciones (Áreas): ______________________________________________)
□ Promoción otorgada al citado alumno/a,
y entendiendo que: _______________________________________________________________
y es por lo que,
SOLICITA:
Que como Director/a del Centro conozca y resuelva la presente reclamación por estar disconforme con la decisión adoptada por los siguientes motivos:
Nota: La reclamación debe estar motivada.
En Espera, a ____ de _______________ de 20_ ___
Fdo.: Padre/madre, tutor o alumno Fdo.: El director/a del CEIP Antonio Machado
RESOLUCIÓN DEL DIRECTOR/A DEL CENTRO
Sr. Sra. D. /Dª: ________________________________________________________________
Con fecha _________ se recibe en esta Dirección la reclamación que en 2ª instancia presenta D. /Dª _____________________________________________, como padre/madreo representante legal del alumno/a ____________________________________, matriculado en el ________curso por disconformidad con las calificaciones finales otorgadas, o con la decisión de No promoción.
Analizadas las razones expuestas, así como la documentación recibida del tutor, se comprueba:
1º Que se ha respetado escrupulosamente el procedimiento previsto en el Proyecto Educativo del centro para la resolución de las reclamaciones.
2º Que la decisión adoptada por el Equipo docente está suficientemente motivada y es conforme con las exigencias previstas en el proyecto educativo del centro.
3º Que se ha adoptado siguiendo las prevenciones contenidas en la Orden de 10 de agosto de
2007, de evaluación en la educación primaria.
4º Que según el informe (o los informes) emitidos por el equipo docente, el alumno/a no alcanza
Los siguientes niveles mínimos exigidos: (indíquense las carencias del alumno/a)
En consecuencia con lo anteriormente expuesto, he resuelto ratificar la decisión adoptada por el
Equipo docente por ser conforme con el Proyecto Educativo del centro y no vulnerar derecho alguno del alumno/a.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo competente, conforme a lo establecido en los artículos 8.3, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
En Espera, a___ de_______________ de 20__
Fdo.: EL DIRECTOR/A,
Nota. En el supuesto de no ratificar la decisión anteriormente adoptada se adaptará este escrito indicando la modificación decidida y las razones existentes para ello.
OFICIO DE REMISIÓN DE EXPEDIENTE DE RECLAMACIÓN SOBRE CALIFICACIONES FINALES
Destinatario:
Ilma. Sra. Delegada Territorial
Comisión Técnica Provincial de Reclamaciones
De conformidad con lo dispuesto en _______________________________________________ _________________________________________________________________________ (citar la normativa correspondiente según el nivel educativo), adjunto remito expediente de la reclamación presentada por D/Dña_______________________________________ como representante legal del alumno/a ____________________________________ que cursa ____, grupo ____ de los siguientes estudios:____________________, contra la calificación final obtenida en la materia/módulo de:_____________________________.
Asimismo, le comunico, a efectos de cómputo de plazos, que con fecha ______________ se publicaron, en el tablón de anuncios del centro, las calificaciones finales correspondientes a la materia/módulo recurrida.
Relación ordenada de la documentación que se adjunta:
1. Fotocopia de la Programación Didáctica del Departamento correspondiente.
2. Fotocopia de los Criterios de evaluación de la materia recurrida.
3. Fotocopia del Informe informe sobre los objetivos y contenidos no alcanzados y la propuesta de actividades de recuperación entregado al alumnado tras la evaluación final en junio (ESO y Bachillerato).
4. Instrumentos de evaluación tenidos en cuenta en la valoración del alumno/a como pruebas escritas, trabajos, cuaderno de trabajo, registro o cuaderno de notas del profesor, etc.
5. Fotocopia del Escrito de solicitud de revisión presentado ante el Centro (MOD01).
6. Fotocopia del Acta de la reunión extraordinaria celebrada por el Departamento. 7. Fotocopia del Informe del departamento didáctico ante la reclamación presentada (MOD 03).
8. Fotocopia de la Comunicación realizada por la Jefatura de Estudios. (MOD 04)
9. Escrito de reclamación del interesado ante la Delegación Territorial (MOD02).
10. Otros documentos de interés :_____________________________________________
Espera, a _____ de ____________ de 20__ EL/LA DIRECTOR/A,
(Sello del Centro)
Fdo:________________________________________
OFICIO DE REMISIÓN DE EXPEDIENTE DE RECLAMACIÓN SOBRE DECISIONES DE PROMOCIÓN / TITULACIÓN EN LA ESO.
Destinatario:
Ilma. Sra. Delegada Territorial
Comisión Técnica Provincial de Reclamaciones
De conformidad con lo dispuesto en _______________________________________________ _________________________________________________________________________ (citar la normativa correspondiente según el nivel educativo), adjunto remito expediente de la reclamación presentada por D/Dña_______________________________________ como representante legal del alumno/a __________________________________ que cursa _____ , grupo ____ de ESO, contra la decisión adoptada por el equipo de docente sobre la promoción/ titulación/permanencia en la etapa.
Asimismo, le comunico, a efectos de cómputo de plazos, que con fecha ______________ se publicaron, en el tablón de anuncios del centro, los resultados de la evaluación final correspondientes al grupo del alumno/a.
Relación ordenada de la documentación que se adjunta:
1. Fotocopia de los criterios de evaluación comunes sobre promoción y titulación que aparecen en el proyecto educativo.
2. Fotocopia del Escrito de solicitud de revisión ante el Centro (MOD01).
3. Fotocopia del Acta de la reunión extraordinaria celebrada por el equipo docente (MOD05).
4. Fotocopia de la Comunicación realizada por la Jefatura de Estudios (MOD06).
5. Escrito de reclamación del interesado ante la Delegación Territorial (MOD02).
6. Otros documentos de interés: _________________________________________________ ___________,
Espera a _____ de ____________ de 20__ EL/LA DIRECTOR/A,
(Sello del Centro)
Fdo:____________________________________
Procedimiento de reclamación ante desacuerdo con el informe de evaluación psicopedagógica
En el caso en que el padre, madre, tutores o guardadores legales manifiesten su desacuerdo con el contenido del informe de evaluación psicopedagógica tras haber sido informada en la entrevista de devolución, podrán formular una reclamación, de acuerdo con el procedimiento que se establece a continuación:
1) Como primer paso, deberán elevar un escrito razonado sobre los motivos de su desacuerdo ante la dirección del centro en el plazo de 10 días hábiles a partir del día siguiente de la recepción de la comunicación. La reclamación contendrá cuantas alegaciones justifiquen la disconformidad con el contenido de dicho informe de evaluación psicopedagógica.
2) La dirección del centro, dará traslado de esta reclamación al equipo de orientación educativa, al departamento de orientación, o al profesional de la orientación de los centros docentes privados sostenidos con fondos públicos.
3) El coordinador o coordinadora del equipo de orientación educativa con el asesoramiento de los miembros del equipo que estime oportunos, el jefa o jefa del departamento de orientación, o el profesional de la orientación de los centros docentes privados sostenidos con fondos públicos, analizará la reclamación y podrá decidir si se ratifica sobre el informe elaborado o si procede a la realización de nuevas valoraciones del alumno o alumna en cuestión. De la decisión adoptada se dará traslado, por escrito, a la dirección del centro, en caso de ratificación del informe en un plazo de 5 días hábiles y si se determina la realización de nuevas valoraciones, el plazo será de 20 días hábiles. Una vez recepcionada dicha decisión por la dirección del centro, ésta informará por escrito a la familia.
4) Si la familia manifiesta su acuerdo con la decisión adoptada, se pondrá fin al procedimiento de reclamación. Si por el contrario, no está de acuerdo con la decisión comunicada, podrá elevar escrito de disconformidad, en el plazo de 5 días hábiles, a partir del día siguiente de la recepción de la información, ante el o la titular de la Delegación con competencias en materia de educación, la cual constituirá una comisión técnica, en el plazo de 10 días hábiles desde la recepción del escrito de disconformidad, para valoración del informe y del proceso de evaluación psicopedagógica. Esta comisión estará compuesta por: el jefe o la jefa de servicio de Ordenación Educativa o de Inspección Educativa, que ejercerá la presidencia, el inspector o inspectora de referencia del centro, un miembro del equipo técnico provincial para la orientación educativa y profesional y un orientador u orientadora que se designe, perteneciente a un EOE de otra zona educativa.
5) Para la revisión del informe de evaluación psicopedagógica, la comisión técnica a la que se refiere el apartado anterior, oído la o el profesional de la orientación que realizó el informe, tendrá en cuenta los siguientes aspectos:
a. El informe se ajusta al modelo establecido en la normativa vigente.
b. Cumple los aspectos formales establecidos en normativa y en este protocolo, entre ellos, la información a la familia.
c. Los apartados del informe están redactados de forma precisa.
d. La identificación de las NEAE recogida en el informe se corresponde con la información recogida en los distintos apartados del informe.
e. Que exista coherencia entre la identificación de las NEAE y las orientaciones para la intervención.
6) Como resultado de la revisión anterior, la comisión técnica podrá determinar la necesidad de solicitar nuevas valoraciones. Para ello se designará al orientador u orientadora correspondiente del EOE especializado. En aquellas NEAE para las que no exista dicho profesional especialista, se designará un orientador u orientadora de un equipo de orientación educativa de una zona diferente a la que se originó la reclamación. Una vez realizadas las nuevas valoraciones, el orientador u orientadora, que las ha realizado, emitirá un informe cuyas conclusiones serán consideradas como determinantes por la comisión técnica para resolución de la reclamación.
7) La comisión técnica deberá resolver en un plazo de 10 días hábiles a partir de su constitución levantando acta de todas las reuniones realizadas, trasladando por escrito el resultado definitivo al titular de la Delegación con competencias en materia de educación. En el caso de haber determinado la realización de nuevas valoraciones, el plazo será de 20 días hábiles.
8) El o la titular de la Delegación con competencias en materia de educación, en el plazo de 15 días hábiles a partir de la recepción de dicho escrito, adoptará la resolución pertinente en torno a las diferencias en conflicto. Esta resolución se trasladará a la familia reclamante, a la dirección del centro, al coordinador o coordinadora del EOE, al jefa o jefa del departamento de orientación, o dirección del centro docente privado sostenidos con fondos públicos, para su traslado al profesional de la orientación que realizó el informe de evaluación psicopedagógica. En el caso de que la reclamación de la familia sea estimada se adoptarán las medidas necesarias para la modificación del informe de evaluación psicopedagógica.
9) La resolución de la persona titular de la Delegación con competencias en materia de educación pondrá fin a la vía administrativa.
10) Si las fechas del calendario escolar no permiten respetar los plazos para el procedimiento de reclamación se resolverá en el siguiente curso escolar. En caso que se produjese un cambio del profesional de la orientación que realizó el informe de evaluación origen de la reclamación y fuera necesaria su modificación o revisión, será el nuevo profesional de la orientación quien lo realizará.