Junto a René Descartes, John Locke (1632-1704) es el filósofo más relevante del siglo XVII. En su vertiente teórica, se le considera el fundador del empirismo moderno. En el lado práctico de su filosofía, es el fundador del liberalismo político y del contractualismo moderno.
La base de la teoría política de Locke es la existencia de ciertos derechos que todo ser humano posee:
Derecho a la vida, y en particular a una vida saludable
Derecho a la libertad, y en particular a la libertad de conciencia (libertad religiosa)
Derecho a la propiedad de bienes
¿Qué razones sustentan estas afirmaciones de derechos humanos universales?
Como empirista, Locke no recurre a ideas innatas para sostener sus afirmaciones, sino a la experiencia y la razón:
La experiencia interior (emociones y pasiones) nos indica que todas nuestras acciones están motivadas por la búsqueda del placer y el rechazo del dolor. En un sentido amplio de "placer" y "dolor", la experiencia nos enseña qué es bueno y malo según nos resulta placentero o doloroso. Estas emociones son universales; todos los hombres experimentan placer y dolor.
La razón nos ayuda a descubrir que todos los hombres somos titulares, por naturaleza, de una serie de derechos como una vida saludable, libertad de acción y de conciencia y medios a nuestra disposición. Sin poder ejercer estos derechos, los hombres no pueden lograr una buena vida.
En conclusión, todos los hombres somos depositarios de una serie de derechos naturales que nos capacitan para alcanzar una vida feliz. Entre estos derechos se incluye el derecho a defender el resto de derechos, a resistirnos y a castigar a quienes quieran arrebatarnos la vida, la libertad o la propiedad.
En el estado de naturaleza, cada hombre procura su felicidad por sus propios medios, lo que le lleva a defender sus derechos frente a agresores o a extender sus derechos hasta entrar en coflicto con los derechos de otros hombres. En este estado, todos los hombres son libres y iguales en derechos. En particular, cada hombre tiene derecho la propiedad y este derecho universal a la propiedad produce conflictos pues:
Diferentes personas reclaman para sí un mismo bien.
Unas personas arrebatan a otras la propiedad de sus bienes.
En esta situación, los hombres buscan una solución racional que les permita:
Resolver los conflictos sobre el alcance de los derechos de cada individuo.
Mantener sus derechos frente a la agresión de otros individuos.
Frente al estado natural, en el que cada hombre establece sus propias normas de actuación y no está sometido a ninguna ley (salvo las naturales), el estado civil se caracteriza por la existencia de leyes que imponen obligaciones. Locke diferencia tres tipos de leyes:
Leyes naturales. Leyes que recogen, expresan, el funcionamiento de la naturaleza, incluyendo la naturaleza humana en la que se incluyen las emociones y deseos naturales de todos los hombres. Como cristiano, Locke identifica las leyes naturales con las leyes divinas, pues Dios es el creador de la naturaleza.
Leyes civiles. Derivan del poder de la autoridad política, quien amenaza con el castigo a quienes las desobedezcan y emplea la fuerza contra aquellos que las desobeceden.
Leyes morales. Derivan del sentido individual de lo correcto y lo incorrecto. Los hombres reprueban o elogian la conducta de otros hombres, de este modo se crea la opinión pública que sostiene las leyes morales.
Mientras que las leyes naturales (o divinas) están más allá de la decisión humana y las leyes morales se basan en la conciencia individual, son las leyes civiles las que propiamente regulan la convivencia de los hombres en sociedad. ¿Cuáles han de ser estas leyes? ¿Cuál ha de ser la forma de gobierno más adecuada para establecerlas primero, y aplicarlas después? Locke da respuesta a estas cuestiones desde los principios del liberalismo político:
Las leyes deben redactarse con un objetivo en mente: defender los derechos naturales de los ciudadanos y respetar y hacer respetar sus libertades. Son leyes contrarias a este objetivo las que coartan las libertades individuales y conculcan los derechos. En particular, son leyes contrarias las que obligan a profesar una determinada religión, yendo en contra de la tolerancia religiosa.
Las leyes civiles deben seguir a las leyes naturales en lo que respecta a la naturaleza humana. Este punto es una reformulación del anterior, pues la naturaleza (o su Creador) ha dado a todos los hombres una serie de derechos, de modo que la armonía entre leyes civiles y naturales equivale a que aquellas defiendan y respeten por igual los derechos naturales de todos los ciudadanos.
Como medida de control del poder político, para evita que se extralimite en sus funciones y degenere en un poder autoritario, Locke propone la división del poder político en dos ramas:
la redacción y promulgación de las leyes, el poder legislativo, que estaría a cargo de un parlamento donde los intereses de todos los ciudadanos estén representados.
la aplicación de las leyes, el poder ejecutivo, que estaría a cargo de un monarca.
Por tanto, Locke propone como forma liberal de gobierno la monarquía parlamentaria y no la monarquía absoluta. En este tipo de monarquía, el rey comparte el poder político con un parlamento que controla el ejercicio del poder real. Si el rey incumple las leyes promulgadas por el parlamento, éste puede rebelarse contra él, como de hecho sucedió en vida de Locke en la llamada Revolución Gloriosa, inspirada en sus ideas liberales.
Si los principios liberales guían cómo han de ser las leyes civiles y cuál la mejor forma de gobierno, es la idea de contrato o pacto la que guía la respuesta a la cuestión de cómo se pasa de un estado natural, carente de organización política, a un estado político en el que imperan leyes civiles.
El contractualismo político se caracteriza por las siguientes ideas:
La organización política es resultado de la racionalidad humana: ante los inconvenientes del estado de naturaleza, la razón concibe una organizacion política que supera esos inconvenientes. La organización política no es por tanto algo natural, consustancial al ser humano (pues el hombre puedevivir en un estado natural sin ningún gobierno) sino convencional, resultado de una decisión voluntariamente tomada (que puede anularse si no hace la vida más fácil y placentero).
Los hombres deciden libremente instaurar un gobierno y obedecer unas leyes por su propia conveniencia: es más efectivo defender los derechos de cada uno mediante una autoridad supra-individual que defenderlos cada uno por su cuenta.
Al instaurar un gobierno, los hombres renuncian al derecho a defender individualmente sus derechos, a usar individualmente la fuerza para defenderse de las agresiones de otros. Los ciudadanos aceptan que sólo el gobierno tiene el uso legítimo de la fuerza para resolver los conflictos entre individuos.
La legitimidad de un gobierno reside por tanto en el consentimiento de los gobernados, y éstos prestan su consentimiento mientras el gobierno sirva a sus intereses, es decir mientras defienda los derechos individuales. En ausencia de consentimiento, el gobierno carece de legitimidad.
Los ciudadanos conservan el derecho a resistirse contra un gobierno que no sirva a sus intereses. En particular, tienen derecho a rebelarse contra un gobierno intolerante que conculque la libertad religiosa imponiendo una religión determinada.