Protocolo prevención de absentismo escolar.

MARCO LEGAL.


El presente PROTOCOLO, se enmarca dentro del ROF del centro y dentro de un amplio marco legal que obliga a los Poderes Públicos a intervenir ante la problemática de Absentismo de la forma más eficaz y coordinada posible.

  • La Constitución Española en su artículo 27.4, indica que la enseñanza básica es obligatoria y gratuita.

  • Por su parte, la Ley Orgánica, 2/2006, de 3 de mayo, en su artículo 4.1. recoge que la enseñanza básica a la que se refiere el artículo 3.3 de esta Ley es obligatoria y gratuita para todas las personas y su artículo 4.2., dice: La enseñanza básica comprende diez años de escolaridad y se desarrolla, de forma regular, entre los seis y los dieciséis años de edad.

  • La Ley 1/1998, de 20 de Abril, de los Derechos y la Atención al Menor, recoge en su artículo 11.4 que las Administraciones Públicas de Andalucía velarán por el cumplimiento de la escolaridad obligatoria en aquellas edades que se establezcan en la legislación educativa vigente. A tal fin, se promoverán programas específicos para prevenir y evitar el absentismo escolar.

  • Decreto 328/2010 del 13 de Julio por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las escuelas infantiles de segundo grado, de los colegios de educación primaria y de los Centros específicos de educación especial que en el capítulo III, artículo 33, puntos 1 d), e), considera las faltas injustificadas de puntualidad y las de asistencia a clase como conductas contrarias a las normas de convivencia.

  • Orden del 20 de Junio de 2011 por la que se adoptan medidas para la promoción de la convivencia en los centros docentes sostenidos con fondos públicos y se regula el derecho de las familias a participar en el proceso educativo de hijos e hijas.

  • Decreto 167/2003, de 17 de junio, por la que se establece la ordenación de la atención educativa a los alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales asociadas a condiciones sociales desfavorables.

  • El Acuerdo de 25 de noviembre de 2003, del Consejo de Gobierno por el que se aprueba el Plan Integral para la Prevención, Seguimiento y Control del Absentismo Escolar (BOJA nº 235 de 5/12/03) así como el Decreto 167/2003, de 17 de junio por el que se establece la ordenación de la atención educativa a los alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales asociadas a condiciones sociales desfavorecidas (artículo 10, apartado e; BOJA nº 118 de Procedimiento del Absentismo Alumnado se pretende desarrollar, entre los organismos afectados y competentes en esta materia, determinados aspectos organizativos y estructurales en relación a los modos de proceder en los distintos ámbitos de competencias y coordinación en materia de prevención, seguimiento y control del absentismo escolar, en especial en lo concerniente al ámbito escolar.

  • Por último, la Orden de 19 de septiembre de 2005, por la que se desarrollan determinados aspectos del Plan Integral para la Prevención, Seguimiento y Control del Absentismo Escolar, pretende desarrollar desde los distintos ámbitos de intervención (escolar, sociofamiliar e institucional), aquellas medidas preventivas y correctivas necesarias para evitar dicha problemática.



PROTOCOLO A SEGUIR EN CASO DE ABSENTISMO ESCOLAR.


El número máximo de faltas de asistencia, a efectos de evaluación y promoción del alumnado, será del 25% por trimestre. Una vez superado este límite, el maestro o maestra que imparta un área determinada, previo informe, determinará la pertinencia o no de evaluar al alumno o alumna en cuestión, en base a si dispone de la información suficiente según los criterios de evaluación y de calificación recogidos en las programaciones didácticas o propuestas pedagógicas.


  1. Con el fin de detectar posibles casos de absentismo escolar, cada tutor/a llevará el control y registro diario de la asistencia a clase.

  2. Cuando se detecten faltas de asistencia injustificadas, con anterioridad a que se cumpla el criterio para considerar la situación de absentismo, los tutores y tutoras informarán de ello a las familias y establecerán fórmulas de colaboración con las mismas. Criterio para considerar la situación de absentismo:

    • Se considera absentismo escolar la falta de asistencia, sin justificar, de más de cinco días lectivos al mes.

    • Se consideran faltas injustificadas a clase las que no sean excusadas de forma escrita por los padres, madres o representantes legales, a través de informe o de la agenda del alumnado.

  3. Ante las evidencias de absentismo por parte de los tutores y tutoras, lo notificarán por escrito a la familia y citarán a los representantes legales para mantener una entrevista con el fin de tratar el problema e indagar las posibles causas del mismo, adoptando las medidas necesarias y estableciendo un compromiso de actuación conjunta.

  4. En los casos de absentismo, cada tutor/a llevará un seguimiento de las actuaciones llevadas a cabo relativas al caso y elaborará el correspondiente informe de absentismo (que se adjunta como anexo II), informe que será entregado con una periodicidad mensual en la Jefatura de Estudios.

  5. En aquellos casos que la familia no acuda a la entrevista, no justifique suficientemente las ausencias del alumno o alumna, no se comprometa a resolver el problema o incumpla los compromisos que, en su caso, haya asumido, se informará a la Jefatura de Estudios mediante el modelo correspondiente (Anexo III).

  6. Comunicación por escrito, por parte de la Jefatura de Estudios o Dirección del centro, a la familia o representantes legales de las posibles responsabilidades en las que pueden estar incurriendo. (ANEXO IV)

  7. De persistir la situación, la Dirección del centro comunicará por escrito a los representantes legales de que se va a derivar el caso a los Servicios Sociales Municipales y/o Comunitarios.

    • Comunicación al Equipo Técnico de Absentismo Escolar, quienes determinarán las posibles intervenciones sociales y familiares correspondientes.

    • En caso de que las medidas anteriores no den resultado, derivarán los casos de absentismo escolar a la Comisión y/o Subcomisión Municipal de Absentismo Escolar.

Documentación Protocolo de Absentismo escolar.

DOCUMENTO I / CITACIÓN DEL TUTOR/A A LA FAMILIA
DOCUMENTO Nº 2 Informe absentismo
DOCUMENTO Nº 2_2_Compromiso
DOCUMENTO Nº 3_Derivacion
DOCUMENTO Nº 4_CItacion_Dire
DOCUMENTO Nº 5_Derivacion_Equipo_Absentismo
DOCUMENTO Nº 6_Derivacion_Servicios_Sociales

ENLACES DE INTERES.