4.1.1.- Objeto y estructura del Presupuesto

Las presentes normas y criterios generales, tienen por objeto regular las acciones relativas a la elaboración, autorización, ejercicio y control del Presupuesto de Ingresos y Gastos del Centro.

Según el artículo 1 del Capítulo I de la Orden de 10-5-2006 conjunta de las Consejerías de Economía y Hacienda y de Educación, por la que se dictan instrucciones para la gestión económica de los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación y se delegan competencias en los Directores y Directoras de los mismos. (BOJA 25-5-2006), el presupuesto de los centros públicos dependientes de la Consejería de Educación para cada curso escolar, estará formado por el estado de ingresos y el de gastos, con la estructura que se establece en los artículos 2 y 3 de la presente orden.