Evaluación del Alumnado

LEGISLACIÓN ACTUAL

  1. De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el currículo básico de la Educación Primaria.en el Decreto 97/2015 de 3 de marzo , en la Orden 17 de marzo de 2015 por el se establece la ordenación y las enseñanzas correspondientes a la educación primaria en Andalucía, y en la Orden de 4 de noviembre de 2015, por la que se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Andalucía. la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado en esta etapa educativa será continua y global, tendrá en cuenta su progreso en el conjunto de las áreas del currículo y se llevará a cabo teniendo en cuenta los diferentes elementos del mismo.

  2. La evaluación será global en cuanto se referirá a las Competencias Claves, a los objetivos generales de la etapa, criterios de evaluación y tendrá como referente el progreso del alumnado en el conjunto de las áreas del currículo, las características propias del mismo y el contexto sociocultural del centro docente.

  3. La evaluación será continua en cuanto estará inmersa en el proceso de enseñanza y aprendizaje del alumnado con el fin de detectar las dificultades en el momento en que se producen, averiguar sus causas y, en consecuencia, adoptar las medidas necesarias que permitan al alumnado continuar su proceso de aprendizaje.

  4. La evaluación tendrá un carácter formativo y orientador del proceso educativo y proporcionará una información constante que permita mejorar tanto los procesos como los resultados de la intervención educativa.

  5. Los centros docentes deberán especificar en su proyecto educativo los procedimientos y criterios de evaluación comunes que ayuden al profesorado a valorar el grado de desarrollo de las competencias básicas y los objetivos generales de la etapa y facilite la toma de decisión más adecuada en cada momento del proceso evaluador.

  6. A tales efectos, deberá entenderse por criterios de evaluación comunes el conjunto de acuerdos incluidos en el proyecto educativo que concretan y adaptan al contexto del centro docente los criterios generales de evaluación establecidos en el Decreto 230/2007, de 31 de julio, en la presente Orden y en la demás normativa que resulte de aplicación.

  7. El alumnado tiene derecho a ser evaluado conforme a criterios de plena objetividad, así como a conocer los resultados de sus aprendizajes, para que la información que se obtenga a través de los procedimientos informales y formales de evaluación tenga valor formativo y lo comprometa en la mejora de su educación.

  8. Los centros docentes harán públicos los criterios de evaluación comunes y los propios de cada área que se aplicarán para la evaluación de los aprendizajes y para la promoción del alumnado.

  9. Los padres, madres o tutores legales podrán solicitar al maestro tutor o maestra tutora aclaraciones acerca de las evaluaciones que se realicen sobre el proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas o pupilos.

  10. Se fomentará técnicas e instrumentos de evaluación que faciliten la auto-evaluación, la coevaluación y la heteroevaluación de nuestro alumnado. Entendiendo siempre la misma como un proceso de mejora, que oriente dicho aprendizaje.

  11. Los proyectos educativos de los centros docentes establecerán el sistema de participación del alumnado y de sus padres, madres o tutores legales en el desarrollo del proceso de evaluación.

EVALUACIÓN DEL PROCESO DE APRENDIZAJE DEL ALUMNADO

  • Evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado:

La principios de la evaluación del alumnado se entenderán de la siguiente manera:

  • Debe ser Individualizada, centrándose en la evolución de cada alumno y alumna así como en su situación inicial de partida y particularidades.

  • Será Integradora, para ello se contempla la existencia de diferentes grupos, situaciones y la flexibilidad en la aplicación de los criterios de evaluación que se seleccionan.

  • Será Orientadora, dado que aporta al alumno o alumna la información precisa para mejorar su aprendizaje y adquirir estrategias apropiadas.

  • Debe ser Cualitativa, para ello deben apreciarse todos los aspectos que inciden en cada situación individual y se evaluarán de forma equilibrada los diversos niveles de desarrollo del alumnado, no sólo los de carácter cognitivo.

  • Debe ser continua, ya que atiende al aprendizaje como proceso, contrastando los diversos momentos o fases. Se contemplan tres fases o momentos:

      • Fase inicial. Proporciona datos acerca del punto de partida de cada alumno, proporcionando una primera fuente de información sobre los conocimientos previos y características personales, que permiten una atención a las diferencias y una metodología adecuada.

      • Fase formativa. Concede importancia a la evolución a lo largo del proceso, confiriendo una visión de las dificultades y progresos de cada caso.

      • Fase sumativa. Establece los resultados al término del proceso total de aprendizaje en cada período formativo y la consecución de los objetivos.

          • Debe tener en cuenta a los tres agentes evaluadores: heteroevaluación, autoevaluación y coevaluación.

  • Fases de la evaluación del proceso se aprendizaje del alumnado.

    • Durante la primera semana del cursos escolar, el tutor/a de cada grupo deberá realizar una lectura detallada del expediente académico del alumnado (informes personales, etc...) y recabar así toda la información necesaria para recibir a su grupo.

    • Durante el primer mes del curso escolar al comienzo de cada ciclo y siempre que los profesores los tutores y tutoras sean de nueva incorporación, se realizarán las pruebas de evaluación inicial al alumnado. Dicha evaluación incluirá el análisis de los informes individuales de la etapa, ciclo o curso anterior (en caso de que el docente sea de nueva incorporación) correspondientes al alumnado de su grupo, y que se completarán con otros datos obtenidos por el propio tutor o tutora sobre el punto de partida desde el que el alumno o alumna inicia los nuevos aprendizajes.

    • En el mes de octubre, y tras la Evaluación Inicial, los tutores realizarán una valoración de los resultados en reunión del equipo docente y posteriormente en coordinación con los Equipos de Ciclo, dondé se adoptarán las medidas de refuerzo, apoyo y recuperación para el alumnado que lo necesite.

    • Los procedimientos de promoción y evaluación serán dados a conocer a las familias en le reunión inicial que se realizará durante el mes de octubre. Estos criterios se encuentran públicos en al web del centro.

    • Durante el proceso de evaluación continua, cuando el progreso de un alumno/a no sea adecuado se establecerán medidas de refuerzo educativo o adaptación curricular y se adoptarán las medidas oportunas en cualquier momento del curso.

    • A lo largo del curso el Equipo Docente de cada grupo/nivel realizará 3 sesiones de evaluación (diciembre, marzo y junio) a las que se sumarán 2 sesiones más a lo largo del curso, una en el mes de Octubre para recabar la información sobre la evaluación inical y otra a medidados del 2º trimestre para la reorganización de las medidas de refuerzo y apoyo educativo que sea necesarias.

    • A finalizar ciclo (2º, 4º y 6º) se realizarán pruebas globales durante el último mes del curso, en las áreas instrumentales, pudiéndose realizar en cualquier otra área a petición del Equipo Docente.

  • Procedimientos e instrumentos de evaluación del proceso de aprendizaje serán.

      • Observación sistemática: Escala de observación, Registro anecdótico personal.

      • Análisis de las producciones de los alumnos: Resúmenes, Cuaderno de clase (ver modelo de presentación de cuadernos por ciclos en documentos anexos), Textos escritos, Producciones orales.

      • Intercambios orales con los alumnos: Diálogo, Entrevista, Puestas en común, Asambleas.

      • Pruebas específicas: Objetivas, Abiertas, Exposición de un tema, Resolución de ejercicios.

      • El material elaborado por el alumnado que haya sido utilizado para la evaluación, cuadernos, pruebas escritas, cuadernillos, trabajos escritos,... se guardarán a lo largo del ciclo. Serán entregados a la familia al finalizar el mismo con la decisión de promoción. En el caso de no promoción el material será entregado a la Jefatura de Estudios, quien la custodiará y le hará entrega del mismo a la tutora o tutor del alumno o alumna en el curso siguiente.

  • Otros criterios comunes:

    • Cuando un alumno/a no pueda realizar una prueba escrita, la realización de ésta quedará a criterio del profesor de área según sea necesaria o no.

    • Las pruebas escritas serán llevadas por los alumnos a sus casas, y junto con el cuaderno de clase, las entrevistas, la agenda y la evaluación trimestral serán las vías de comunicación e información con las familias. Los padres devolverán firmados todas las informaciones que se les envíen desde el colegio.

    • Las faltas de ortografías se tendrán en cuenta de la siguiente forma:

      • 1º ciclo de Ed. Primaria

        • En dictados y bloques de ortografía se quitará:

          • 0,20 por mayúsculas y ortografía del tema.

          • 0,10 por las faltas de otros temas.

        • En otras pruebas se la e quita 0,10 por 1 falta grave y 0,1 por cada dos faltas lleves (que no o que sea de otro bloque anterior).

      • 2º ciclo de Ed. Primaria

        • En los dictados se quitará 0,1 por cada falta.

        • En preguntas y exámenes de cualquier área se restará 0,25 por cada 4 faltas (1 punto cada 16 faltas), hasta un máximo de 2 puntos.

      • 3º ciclo de E. Primaria

    • En los dictados se quitará 0,2 puntos por cada falta.

    • En las Pruebas Escritas de cualquier área se restará 0,1 punto por falta ( 1 punto cada 10 faltas), hasta un máximo de 2 puntos.

CRITERIOS DE PROMOCIÓN

A.- Comunes a los tres ciclos

  1. El alumnado promocionará al ciclo o etapa siguiente siempre que el equipo docente considere que ha alcanzado el desarrollo correspondiente de las competencias básicas, la consecución de los objetivos y el adecuado grado de madurez se accede al siguiente ciclo.

  2. El alumnado promocionará siempre que los aprendizajes no alcanzados no le impidan seguir con aprovechamiento el nuevo ciclo o etapa. En este caso, el alumnado recibirá los apoyos necesarios para recuperar dichos aprendizajes.

  3. El alumno o alumna permanecerá un año más en el mismo ciclo, cuando no se cumplan las condiciones señaladas en los apartados anteriores.

  4. Se accederá, asimismo, siempre que no habiendo alcanzado los aprendizajes necesarias ya haya permanecido un año más en el ciclo (promoción automática). En este caso, el alumnado recibirá los apoyos necesarios y suficientes para recuperar dichos aprendizajes.

  5. Los criterios de promoción han sido establecidos atendiendo a la adquisición de las competencias claves, la consecución de los objetivos generales del ciclo y a las posibilidades de progreso del alumnado.

  6. La decisión de promoción:

    1. La decisión de promoción de un alumno la tomará el equipo docente de forma colegiada. Para esta decisión, habrá que haber tomado especial consideración la opinión del tutor. Este proceso contará en todo momento con el asesoramiento del Equipo de Orientación.

    2. En la sesión de evaluación para la decisión de promoción, el equipo docente estudiará individualmente cada caso teniendo en cuenta la singularidad de cada alumno o alumna, atendiendo a la naturaleza de sus dificultades y analizando si éstas le impiden verdaderamente seguir con éxito el curso siguiente, así como las expectativas favorables de recuperación.

    3. El alumno/a podrá repetir una sola vez en E. Primaria y siempre en los cursos que finalizan ciclo. Esta medida se podrá adoptar una sola vez a lo largo de la E. Primaria e irá acompañada de un plan específico de refuerzo o recuperación.

    4. En el caso que fuera necesaria una segunda repetición (extraordinaria) en E. Primaria, será determinante el asesoramiento y decisión del Gabinete de Orientación del Centro.


B.- Criterios de Promoción por ciclo y área.