09 Descalificación

Si un atleta es descalificado de una prueba por causa de la infracción de cualquier Regla, deberá hacerse referencia al Artículo infringido en los resultados oficiales.

Si un atleta es descalificado en una prueba por infracción del los Artículos Técnicos, cualquier marca conseguida en la misma ronda de la prueba hasta el momento de la descalificación no será considerada válida. Sin embargo, las marcas conseguidas en una ronda precedente de la prueba serán consideradas válidas. Tal descalificación en una prueba no impedirá al atleta participar en futuras pruebas de esa competición. Se refiere a infracciones del tipo de salirse de su calle en curva, derribar una valla intencionadamente o no pasarla, entregar mal un testigo, marchar de forma antirreglamentaria, cometer salida nula, es decir, las que no comportan una conducta incorrecta por parte del atleta, sino simples fallos.

Si un equipo de relevos es excluido de la competición según el Artículo 125.5, será descalificado de esa prueba. Las marcas conseguidas en una ronda precedente de esa prueba permanecerán válidas. Tal descalificación no impedirá a cualquier atleta o relevo de ese equipo participar en pruebas posteriores (incluyendo pruebas individuales de Pruebas Combinadas, otras pruebas en las que esté compitiendo simultáneamente y los relevos) de esa competición. Es decir, que si un equipo de relevos es excluído, eso no es extensivo a todos los atletas miembros de ese equipo cuando actúan en pruebas individuales. Sin embargo, si el comportamiento de uno o más de esos atletas individuales es considerado suficientemente grave, se les puede aplicar la Regla 18.5 (descalificaciones por mal comportamiento) del Reglamento de Competición con las consecuencias aplicables.

Impreso que se usan habitualmente por parte de los Auxiliares del Juez Árbitro para comunicar infracciones y proponer descalificaciones.



La descalificación de una prueba por comportamiento antideportivo o inapropiado o conforme el Artículo 162.5 llevará al atleta a ser descalificado por el Juez Árbitro de su participación en el resto de pruebas (incluyendo pruebas individuales de Pruebas Combinadas, otras pruebas en las que esté compitierndo simultáneamente y los relevos) de esa competición. Si la infracción es considerada grave, el Director de Competición informará de ella al Organismo competente por si ha lugar a una acción disciplinaria adicional.

La descalificación excluyente no permite a un atleta participar en ulteriores pruebas en una misma competición, incluso en distintas jornadas. Así, un atleta en un campeonato, que reciba una tarjeta amarilla y luego roja del J.A. en una salida, luego no puede participar en un concurso ni al día siguiente en los relevos, está excluido en todo el campeonato.

Ejemplo de anotación de una descalificación en los resultados.