02 Generalidades

En todas las Competiciones, las pruebas pueden tener formato diferente del que presenta el Reglamento Técnico de la IAAF, pero no pueden aplicarse normas que den más derechos a los atletas que los que obtendrían aplicando el presente Reglamento.

Un ejemplo sería poner en el reglamento que solo habrá dos intentos en Salto de Altura, o que se pueden hacer solo un número limitado de intentos en Altura o Pértiga, lo que no se puede poner es que los atletas dispongan de más de tres intentos por altura.

En el caso de eventos de participación masiva desarrollados fuera del estadio, este reglamento debería ser aplicado en su totalidad únicamente a aquellos atletas, si hay alguno, que se determina que están participando en la élite u otra sección definida de las carreras, tal como categorías de grupo de edad para las cuales hay clasificación para medallas o premios. Los organizadores de la carrera deberían reseñar en la información facilitada a los otros atletas qué otras normas se aplicarán a su participación, especialmente aquellas relativas a su seguridad.

Deja la puerta abierta a que en las competiciones fuera del estadio, como pueden ser carreras multitudinarias con gran participación de corredores populares, haya reglas particulares para estos, distintas de las que haya para atletas con licencia, y que podrían reflejarse en la relajación de algunas normas o en ponerles otras específicas.

El (Los) Delegado(s) Técnico(s), junto con los Organizadores, que les proporcionarán toda la ayuda necesaria, son responsables de asegurar que todos los preparativos técnicos están por completo conformes con las Reglas Técnicas de la WA y el Manual de la WA de Instalaciones de Atletismo. También tienen que decidir sobre cualquier cuestión que surja con anterioridad a la competición y que no haya sido prevista en este Reglamento (o cualquier normativa aplicable) o los planes para la competición, cuando sea apropiado en colaboración con los organizadores. Y (incluyendo cuando sea conveniente en colaboración cuando esté disponibles con el Juez Árbitro pertinentes y el Director de Competición) sobre cualquier cuestión que surja durante la competición y que no haya sido prevista en este Reglamento (o cualquier normativa aplicable) o los planes para la competición o que puedan requerir una alteración de las mismas para que la competición continúe por completo o en parte o para asegurar justicia para aquellos que están participando.

Se asume la imposibilidad de cubrir con el reglamento cualquier circunstancia que pueda surgir en una competición, y se faculta al representante federativo, que es el Delegado Técnico para que, por sí mismo o en colaboración con el Juez Árbitro, disponga lo que sea más conveniente y acorde al espíritu del reglamento.

Validez de resultados

Ningún resultado obtenido por un atleta será válido a no ser que se haya conseguido durante una competición oficial organizada de conformidad con el Reglamento. Los resultados en pruebas realizadas normalmente en el estadio, hechas fuera de las instalaciones tradicionales de atletismo (en una instalación temporal en la plaza de una ciudad, otro tipo de instalaciones deportivas, playas, etc.) o en una instalación montadas temporalmente dentro de un estadio pueden ser válidos y reconocidos a todos los efectos si se han realizado conforme a determinados requisitos a fin de igualar las condiciones con las instalaciones homologadas.