diagrama 11.01.2012
La raya azul del diseño sigue mi trayectoria por el tiempo y el espacio (geografico).
A ver como compagina el Derecho laboral con la realidad efectiva:
Principio de primacia de la realidad
- La jornada es el número máximo de horas que un empleador puede exigir de un trabajador.
- El empleado recibe un salario a cambio de poner su trabajo a disposición del empleador, con independencia de que se le asignen o no labores concretas. Es ésta la
obligación principal de su relación contractual.
- El trabajador está imposibilitado de privarse, voluntariamente, de los derechos y garantías que le otorga la legislación laboral, aunque sea por beneficio propio. Lo que
sea renunciado está viciado de nulidad absoluta. Así, un trabajador no puede renunciar a su salario, o aceptar uno que sea menor al mínimo establecido por el
ordenamiento; si la jornada de trabajo diaria máxima es de 12 horas, un trabajador no puede pedirle a su empleador que le deje trabajar durante 18 horas.
Por antonomasia, si el empleado es imposibilitado renunciar, el empleador es imposibilitado apropiarse. Si el empleado es imposibilitado pedir a trabajar mas horas, el empleador
esta imposibilitado recibir algo que no es suyo, que no le puede pertenecer de una vez que la ley no permite que aparezca.