¿Debo decir en mi trabajo que soy diabético?

El artículo 35 de la Constitución Española establece que todos los españoles tenemos el deber de trabajar y el derecho al trabajo así como a la libre elección de profesión u oficio. En principio, cualquier persona con diabetes tipo 2 puede realizar cualquier trabajo siempre que exista un control de las situaciones de riesgo. La información médica de una persona con diabetes es confidencial. No existe obligación de declarar la diabetes a la empresa, pero el empleador tiene derecho a recibir información sobre la aptitud del empleado para el desarrollo de las tareas propias de un puesto de trabajo.