SOCIEDAD PARA LA TRANSFORMACIÓN COMPETITIVA-ERALDAKETA LEHIAKORRERAKO SOZIETATEA, S.A.
BOLETÍN OFICIAL DEL PAÍS VASCO Nº 12
jueves 17 de enero de 2013
El objeto del programa es que las pymes de menor dimensión, por su limitada estructura y capacidad de gestión, participen en los programas públicos de apoyo a las empresas y se impliquen en procesos de innovación y transformación competitiva de rápida ejecución e impacto, a través del «Cheque +Innova».
Este Programa se integra en el marco estratégico del «Plan de Competitividad Empresarial 2010-2013» y pone a disposición de las empresas un Catálogo de Servicios que potencian factores clave de la competitividad de las empresas y una relación de proveedores especializados en dichos servicios y homologados en sus prácticas por SPRI.
Se entiende como pymes las empresas que ocupan a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocio anual no excede de 50 millones de euros, o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros.
El «Cheque +Innova» es un mandato escrito de pago, de carácter virtual, para cobrar una cantidad a favor del beneficiario del programa y con posibilidad de endoso a favor del proveedor de servicios homologado por SPRI.
El programa pretende que exista la mayor rapidez posible entre la petición y la concesión de las ayudas, por lo que la adjudicación de las mismas se efectuará ordenadamente en función del momento en que el expediente esté completo, procediéndose, mediante resolución, a denegar las ayudas en caso de que éstas superen el importe total de ayudas a conceder.
Entidades beneficiarias.
Tendrán la condición de entidades beneficiarias de las ayudas contempladas en el presente programa las pymes industriales, transformadoras, productivas, de servicios técnicos ligados al producto-proceso y conexos a las anteriores, las del ámbito de la sociedad de la información y las comunicaciones y las de comercio mayorista.
Las entidades beneficiarias deberán cumplir los siguientes requisitos:
Disponer de un centro de actividad económica en la Comunidad Autónoma del País Vasco, y una plantilla mínima de 3 empleados.
Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social, así como de las obligaciones que mantenga con el Grupo SPRI y con el Gobierno Vasco.
No encontrarse en situación de prohibición o inhabilitación para la obtención de ayudas públicas o para contratar con la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, ni sujetas a una orden de recuperación de ayudas pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior, ni en situación de empresa en crisis (salvo que dicha situación se haya dado como consecuencia de la crisis económica y financiera global sobrevenida con posterioridad al 1 de julio de 2008), ni en situación de prácticas que puedan impedir, restringir o falsear el juego de la competencia, ni dedicadas a la producción, comercialización y financiación de armas.
No tendrán la consideración de beneficiarias empresas y organizaciones que hayan sido homologadas como proveedores de servicios en cualquiera de las actuaciones subvencionables descritas en este programa, ni entidades y sociedades públicas vinculadas o dependientes de las administraciones públicas, así como aquellas pertenecientes a la administración institucional, cualquiera que sea la Administración en la que se integren.
Actuaciones subvencionables.
Tendrán la condición de actuaciones subvencionables la contratación, mediante el apoyo de Agentes Intermedios, de proveedores homologados, personas físicas o jurídicas, especializadas en prestación de servicios de mejora competitiva e innovación a las PYMEs.
La prestación de servicios presenta tres modalidades de costo para la entidad beneficiaria en función del servicio contratado: 2.000 euros, 4.000 euros o 6.000 euros.
Existen 11 diferentes servicios especializados:
Soluciones avanzadas.
Gestión empresarial avanzada.
Branding.
Nuevos modelos de negocio.
Cooperación.
Propiedad industrial.
Vigilancia competitiva.
Innovación radical.
Soluciones prácticas y reflexiones orientadas a la acción.
Mejora competitiva a través de la innovación de productos y procesos. Apoyo al desarrollo de procesos y productos innovadores a través de avances y mejoras de los rendimientos de fabricación.
Capacitación financiera.
Análisis del riesgo de exclusión de mercado de productos.
Relación cliente-proveedor.
Identificación de proyectos de innovación y mejora competitiva a través de la intensificación de la relación cliente-proveedor, mediante metodología aprobada por SPRI.
Los servicios subvencionables están descritos en el «Catalogo de servicios» del Programa, disponible en la página web de SPRI.
Gastos elegibles.
Tendrán la consideración de gastos elegibles los honorarios que se deriven de la asesoría, acompañamiento o tutoría profesional realizadas por proveedores de servicios homologados directamente relacionados con la actuación subvencionable. No tendrá la consideración de gasto elegible el Impuesto sobre el Valor Añadido repercutido en factura.
Modalidad y cuantía de las ayudas.
El importe de cada «Cheque +Innova» es de 1.500 euros y permite acceder a la empresa beneficiaria a un servicio proporcionado por un proveedor homologado por SPRI, por valor de 2.000 euros.
Las entidades beneficiarias deberán seleccionar el proveedor que deseen que les preste el servicio entre los proveedores homologados por SPRI, que se podrán consultar en el Catálogo de Servicios disponible en la página web de SPRI.
Las entidades beneficiarias podrán recibir anualmente un máximo de tres servicios.
Solicitud de ayuda.
Las entidades que reúnan las condiciones para acceder a las ayudas previstas deberán cumplimentar los formularios de solicitud de ayuda habilitados en la página web de SPRI, http://www.spri.es
La Solicitud de Ayuda habrá de presentarse acompañada de la siguiente documentación:
Declaración responsable del representante legal de la entidad.
Fotocopia del poder notarial del representante legal.
Plantilla de la empresa correspondiente a los dos últimos ejercicios.
Copia de alta en Impuesto de Actividades Económicas.
Prestación de servicios solicitada al proveedor homologado y presupuesto del mismo.
Plazo de presentación de las solicitudes de ayuda.
Las entidades beneficiarias deberán acudir a las oficinas de los Agentes Intermedios, que valorarán la necesidad e interés del servicio solicitado y el cumplimiento de las condiciones para ser beneficiario de la ayuda.
El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda se iniciará el 15 de abril de 2013 y finalizará, salvo agotamiento presupuestario, el 7 de junio de 2013.
Habiéndose producido, con fecha 18 de abril de 2013, el agotamiento de los fondos presupuestarios destinados al programa de ayudas «Cheque +Innova», se comunica el cierre anticipado del programa por agotamiento presupuestario (BOPV 30-04-2013).
Únicamente se admitirán solicitudes de ayuda correspondientes a contratación de servicios iniciados con posterioridad a la publicación de esta normativa. El inicio de la prestación de servicios deberá realizarse con posterioridad a la aprobación de la ayuda.
Procedimiento de evaluación y resolución.
La evaluación de las solicitudes de ayuda se realizará individualmente y por riguroso orden de presentación de solicitudes, en base a informes-propuesta elaborados por los Agentes Intermedios. Se establece un plazo de resolución de 60 días desde la fecha de recepción de la solicitud de ayuda completa. La falta de resolución en plazo se entenderá como resolución denegatoria. La citada resolución se dictará y se notificará a la entidad solicitante en un plazo máximo de 30 días desde la fecha de celebración de la Comisión Ejecutiva en que se resuelva.
Tras la recepción de resolución positiva la empresa deberá ponerse en contacto con el proveedor de servicios elegido y aprobado por SPRI para el comienzo de la prestación del servicio. No se podrá cambiar de proveedor sin la autorización expresa de SPRI.
El plazo máximo para la ejecución del servicio es de dos meses, contados desde la fecha de comunicación de la concesión de la ayuda.
Solicitud de liquidación. Plazo de presentación.
El plazo máximo para la solicitud de liquidación del servicio es de 10 semanas, contados desde la fecha de comunicación de la concesión de la ayuda. Las entidades beneficiarias deberán justificar la misma utilizando los formularios de Solicitud de Liquidación habilitados en la web de SPRI, http://www.spri.es
La Solicitud de Liquidación habrá de presentarse acompañada de la siguiente documentación.
Fotocopia de las facturas de los proveedores de servicios.
Justificante de pago de las facturas por entidad financiera.
Certificados, con un máximo de tres meses de antigüedad, que acrediten que la Entidad se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social.
Memoria del servicio realizado, según modelo proporcionado por SPRI.
Pago de los servicios al proveedor y recepción de la ayuda.
Una vez finalizada la prestación de dicho servicio, el proveedor enviará la factura a la empresa beneficiaria, según el servicio contratado. La entidad beneficiaria pagará de la siguiente forma:
Servicio de 1 Cheque. La empresa beneficiaria pagará 500 euros al proveedor de servicios más el IVA correspondiente a 2.000 euros, más el endoso del Cheque +Innova concedido por SPRI, por importe de 1.500 euros.
Servicio de 2 Cheques. La empresa beneficiaria pagará 1.000 euros al proveedor de servicios más el IVA correspondiente a 4.000 euros, más el endoso del Cheque +Innova concedido por SPRI, por importe de 3.000 euros.
Servicio de 3 Cheques. La empresa beneficiaria pagará 1.500 euros al proveedor de servicios más el IVA correspondiente a 6.000 euros, más el endoso del Cheque +Innova concedido por SPRI, por importe de 4.500 euros.
Presentación en SPRI, por parte del proveedor, de los «Cheques +Innova» endosados por la empresa beneficiaria, con la firma y sello tanto del proveedor, como de la empresa beneficiaria.
SPRI procederá al libramiento del pago de los cheques a la cuenta corriente del proveedor.