EMAS
Reglamento (CE) nº 1221/2009, relativo a la participación voluntaria de organizaciones en un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS).
Eco-Management and Audit Scheme
EMAS es un sistema puesto a disposición de las empresas que, de forma voluntaria, deseen evaluar y mejorar su comportamiento medioambiental de manera continua. EMAS es símbolo de la excelencia en la gestión medioambiental.
EMAS. Vías para la adhesión voluntaria
I.
Realizar un análisis medioambiental de aspectos ambientales, conforme a los requisitos del anexo I y el punto A.3.1 del anexo II del Reglamento EMAS.
Implantar un sistema de gestión ambiental conforme a los requisitos del anexo II.
Realizar una auditoría interna conforme a los requisitos del punto A.5.5 del anexo II y en el anexo III.
Verificación por verificador acreditado o autorizado.
Preparar una declaración medioambiental con arreglo al anexo IV.
Validación por verificador de la declaración ambiental.
Inscripción en el registro EMAS de la Comisión Europea.
II.
Certificación del Sistema de Gestión Ambiental conforme a los requisitos de la norma ISO 14001:2004
Verificación y validación de requisitos específicos del Reglamento EMAS
EMAS. Requisitos adicionales para organizaciones certificadas según ISO 14001
Análisis ambiental inicial (en ISO 14001 es recomendación)
Participación e implicación activa del personal de la organización en la mejora continua del desempeño ambiental (en ISO 14001 la mejora está referida a la dirección)
La frecuencia de auditorías no deberá ser superior a tres años en el EMAS (ISO 14001 no especifica)
El Reglamento EMAS obliga a la realización de una declaración medioambiental expresamente para la información al público.