EMAS

Reglamento (CE) nº 1221/2009, relativo a la participación voluntaria de organizaciones en un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS).

Eco-Management and Audit Scheme

EMAS es un sistema puesto a disposición de las empresas que, de forma voluntaria, deseen evaluar y mejorar su comportamiento medioambiental de manera continua. EMAS es símbolo de la excelencia en la gestión medioambiental.

EMAS. Vías para la adhesión voluntaria

I.

  • Realizar un análisis medioambiental de aspectos ambientales, conforme a los requisitos del anexo I y el punto A.3.1 del anexo II del Reglamento EMAS.

  • Implantar un sistema de gestión ambiental conforme a los requisitos del anexo II.

  • Realizar una auditoría interna conforme a los requisitos del punto A.5.5 del anexo II y en el anexo III.

  • Verificación por verificador acreditado o autorizado.

  • Preparar una declaración medioambiental con arreglo al anexo IV.

  • Validación por verificador de la declaración ambiental.

  • Inscripción en el registro EMAS de la Comisión Europea.

II.

  • Certificación del Sistema de Gestión Ambiental conforme a los requisitos de la norma ISO 14001:2004

  • Verificación y validación de requisitos específicos del Reglamento EMAS

EMAS. Requisitos adicionales para organizaciones certificadas según ISO 14001

  • Análisis ambiental inicial (en ISO 14001 es recomendación)

  • Participación e implicación activa del personal de la organización en la mejora continua del desempeño ambiental (en ISO 14001 la mejora está referida a la dirección)

  • La frecuencia de auditorías no deberá ser superior a tres años en el EMAS (ISO 14001 no especifica)

  • El Reglamento EMAS obliga a la realización de una declaración medioambiental expresamente para la información al público.