BC .
30 ~ ~ LEX SAENIA : animales Augustus crear nuevos patricios.
27 ~ ~ LEX DE IMPERIO : dio Augusto imperium durante 10 años (Dio 53 13.1.)
23 ~ ~ Una ley que da potestad tribunicia Augustus
(veto negativo sobre todas las actuaciones públicas en el interior de Roma)
22 ~ ~ [A propuesta (rechazada) para dar Augustus un consulado perpetuo.]
Una propuesta (rechazada) para hacer Augustus `Cuidador de la moral pública ']
[Una ley (negado) para hacer Augustus Dictador.]
18 ~ ~ LEX JULIA DE ADULTERIIS (ley sobre las regulaciones de adulterio y de matrimonio) LEX JULIA DE Ambitu (una ley para regular y sancionar la corrupción electoral) LEX JULIA DE MAGISTRATIBUS (también en censo senatorial) (Dio 54. 17.3)
12 ~ ~ LEX JULIA DE AUGUSTO PONTIFICE MAXIMO Creando
(Lépido murió en el 13. El 12 de marzo de Augusto electo jefe de los sacerdotes para la vida.) LEX JULIA DE MAGISTRATIBUS ET EQUITIBUS (Dio 54. 30.2)
11 ~ ~ LEX JULIA DE USU Aquarum: uso de acueductos regulada, y nombró una comisión de senadores como curatores aquarum . LEX JULIA DE SENATU HABENDO :.. de quórum, los requisitos para la asistencia (Gellius 4 10.1 Plinio . Epp . 5 13.5 y 8. 14,19)
8 ~ ~ LEX PACUVIA DE Mense AUGUSTO sextilis rebautizado en honor de los Princeps:
AD
2 ~ ~ LEX FUFIA CANINIA : regulado y restringido la participación y liberación de los esclavos
4 ~ ~ LEX AELIA SENTIA : regulaciones adicionales liniting la liberación de los esclavos
13 ~ ~ Una ley que concede TIBERIUS una acción con Augusto en la administración de las provincias (es decir imperium ), en el momento de la renovación periódica de los poderes de Augusto
(1) LEX JULIA maiestatis : la ley de traición: estableció un crimen 'cometido contra el pueblo romano y su seguridad. Esto incluye ahora la alta traición, sedición, atentado criminal contra un magistrado, deserción del ejército, etc El Princeps y su familia ahora se incluyeron específicamente en la ley por su nombre, junto con el Pueblo.
(2) LEX JULIA annonae : (18 aC?) contra los comerciantes elevar los precios de mercado de los productos alimenticios o que cometen prácticas desleales en la venta o el transporte de los alimentos.
(3) LEX JULIA DE MARITANDIS ORDINIBUS (18 aC?) disposiciones de las cuales a veces son inciertas, debido a los cambios realizados por el LEX PAPIA Popea (de AD 9). La Ley sobre el Matrimonio Julian ciertamente prohibía el matrimonio entre los senadores (y sus hijos) y libertas; entre las personas nacidas libres y personas de mala reputación y adúlteros. Promovió el matrimonio y la procreación de los hijos mediante la concesión de privilegios a los padres y la imposición de discapacidad en el soltero y sin hijos. Las mujeres casadas con 3 niños (libertas con 4) o más fueron excusados del requisito de la tutela legal. La Lex Papia Popea excluido del derecho a heredar en una voluntad a todos los hombres solteros mayores de 25 y menores de 60 años, y mujeres solteros mayores de 20 y menores de 50 años.
(4) LEX JULIA THEATRALIS (después de AD 5) admitió a las primeras 14 filas de asientos en los teatros sólo las personas nacidas libres cuyo padre tenía un patrimonio de al menos 400 000 HS (es decir, los miembros con suficiente propiedad para ser inscritos en el censo como miembros de la Orden Ecuestre).